DIAN - Resolución 6230 de 17-05-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6230 de 17-05-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600230 o (17 may. 2023) Por la cual se > expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria oa Petición de Cualquier InteresadoEL _ (LA) JEFE = (8) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE. a | LAA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ñ En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la: e - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS Mediante: radicado No. 235410000000743 de 14 de febrero « de 2023, la Sra. ANDREA A UNIVIO LOZADA, identificada con Cédula de Ciudadanía 52.817.055 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la. [mercancía denominada - técnicamente como: ¿GAFAS DE REALIDAD MIXTA" Yo Í - comercialmente como: “HOLOLENS 2” eN La interesada adjunta óla solicitud los siguientes documentos: Formato diligenciado en la. plataforma SARP en dos (2) folios, consignación O comprobante de pago en un (MA folio, ficha técnica en seis (6) folios. La solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos m/cte ($ 594. 000 00) según. Consignación número 1020913541 de 13 de febrero de 2023 del Banco de Bogotá. | “Mediante F Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000127o
del 27 de marzo de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: 1. Indicar si las imágenes observadas con el dispositivo pueden ser proyectadas sobre una superficie o solo sonproyectadas directamenteen el lente del dispositivy o2 . Precisarsi las accioneqsue pueden [| ser realizadas mediante el dispositivo pueden ser posteriormente visualizadas en | computador, O dar señales que pueden ser visualizadas en otros dispositivos, ejemplo editar un archivo por medio de un “teclado virtual”, visualizado mediante el dispositivo Hololens 2, que posteriormente pueda ser abierto en un computador para ver las modificaciones NU realizadas anteriormente mediante el dispositivo. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000120 del 01 de abril de 2023, con 3 folios, renunciando a términos legales restantes para dar la respuesta. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique <a la Sra ANDREA p UNIVIO. LOZADA, a la dirección electrónica manifestada por la interesada andrea. univiolQgmail. com; o por correo en la dirección CR 95 G 90 A 11 BRR MILLA CRISTINA, en 1 Bogotá, D.C. o o o A RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600230 de 17 may. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancelde Aduanas y otras disposiciones. : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapíitulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”. Nota 6 A) del capítulo 84: : “A) En la partida 84. 71, se entiende por “máquinas automáticas para. tratamiento o. procesamiento de datos las máquinas capaces de: : 1) registrar el programa o los programas de proceso y, por lo menos, los datos - - inmediatamente necesarios para la ejecución de ese 0 esos programas; 2%) ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario; 3”) realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario; y - 4%) ejecutar, sin intervención humana, un programa de proceso en el que puedan, por : decisión lógica, modificar su ejecución durante el mismo.” - Partida: 84.71: “Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; léctores magnéticos u Ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada
y máquinas para tratamiento 10) procesamiento de estos datos, no expresados ni comprendidos en otra parte.” : Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de. una misma partida está determinada ob legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, j mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido gue solo pueden compararse
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600230 de 17 may. 2023 Hoja No. 3 o Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifiicc ación o Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla. también : se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. ” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modif icaciones - - artículos 303. a 306, E mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación. arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus “modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasift icación arancelaria |. ca petición de cualquier interesado.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No, 235410000000743 de 14 de febrero . de 2023 y E2023000100165398000120 del 01 de abril de 2023 la mercancía objeto de : clasificación arancelaria, se describe como un dispositivo para uso en la cabeza que cuenta
con 4 cámaras, un visor que contiene sensores para seguimiento de ojos y cabeza y - pantallas del dispositivo a la altura de los ojos, banda de cabeza para ajustar el dispositivo al tamaño, botones de brillo, Volumen, encendido y puerto USBCc Dispositivo denominado gafas de realidad mixta, permiten la edición, creación e interacción o de datos; mediante por ejemplo teclados de entrada virtuales, documentos e imágenes - | virtuales para luego ser consultados en otros dispositivos como computadores, tiene funciones para diversos fines virtuales como el mapeo espacial y de profundidad, : reconocimiento: de objetos 3D para simulaciones y visualización de objetos 3D con capacidad para recordar modificaciones virtuales en el entorno para continuar trabajos preestablecidas, permite también guardar usuarios de trabajo realizando reconocimiento de : iris y de voz Para identifi icar al usuario.
Especificaciones: | Ópticas: Lentes holográficas transparentes o Resolución holográfica: Motores ligeros de 2K 32.
Densidad holográfica: >2.5 K radiantes Representación de ojo: Optimización de visualización para posición de ojos 3D Sensores: Seguimiento de cabeza. en 4 cámaras sde luz visible, de ojos « con 2 cámaras de. infrarrojos (IR), acelerómetro, giroscopio y magnetómetro además de cámara de video - 1080p30 de fotogramas 8MP, usa a micrófonos de 5 5 canales y: altavoces de sonidoo especial Ñ integrado. - Procesamiento y conectividad, integra chip de procesos Qualcomm Snapdragon 850 y ee n . o - imágenes integra una unidad de procesamiento holográfica personalizada de segunda |
generación, memoria DRAM de sistema LPDDR4x de 4.GB, 64 GB de memoria de almacenamiento, WIF!, Bluetooth y puerto USB. Opera con el sistema operativo MicrosoftOS, además es compatible con las plataformas de Microsoft incluido el sistema operativo Windows. Holographic, asistente virtual Cortana, conectividad Microsoft. Dynamics 365Remote Assist que permite a los técnicos colaborar y resolver problemas con colaboradores | remotos mediante Microsoft Teams o Dynamics 365 Remote Assist, interfáz gráfica deexploración de archivos guardados, visualización virtual de correo y calendario, explorador : Microsoft Edge, además. de fotos, Películas, One drive y juegos Si RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600230 de 17 may. 2023 Hoja No. 4 Continuacdeil óanct o administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Componentes: Usa un cargador de 18W. Incluye algunos accesorios, como la correa . superior, un bloque y cable de carga, un estuche portátil, un paño de microfibra y un manual del producto VR Expert. - De acuerdo con lo anterior, la mercancía descrita, arancelariamente corresponde a un dispositivo para tratamiento o procesamiento de estos datos, con una unidad central deproceso y una unidad de entrada y una de salida que, conforme con las disposiciones de la Nota 6 A) del capítulo 84 y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido : en lá partida 84.71 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la ReglaGeneral Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8471.41.00.00 del Arancel de Aduanas.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la - subpartida 8471.41.00.00 del Arancel de Aduanas, como un dispositivo para tratamiento o procesamiento de estos datos, con una unidad central de proceso y una unidad de entrada y una de salida, en aplicación de la Nota 6 A) del capítulo84 y de las Reglas Generales | Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. | ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el conteniddoe la presente | Resolución a la señora ANDREA UNIVIO LOZADA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 52.817.055, a la dirección electrónica manifestada por la interesada - andrea.univiolGOgmail.com - de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1185 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 048 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal CR 95 G 90 A 11 BRR VILLA CRISTINA en Bogotá, D.C., informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. de conformidad con lo establecido
en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019,e l artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o o o o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN, RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600230 de 17 may. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación. Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita,
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ANDRÉS FELIPE BECERRA ZARRATE Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ EJLAAINP coordinación de Noticaciones 190% uma COLOMMBÁS IA HOnts74 pie] Central Bogotá D 2
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