DIAN - Resolución 6234 de 23-05-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6234 de 23-05-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600234 - (23 MAY. 2023) Por la cual se expide una Resolución Anticipada d« e Clasificación Arancelaria. - EL (LA) JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE = CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE sl LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ON - Enuso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la: | | Resolución 070 de 2021 ty teniendo. en cuenta los siguientes ES
HECHOS.
Mediante r1 adicado No. 235410000000717 de 13 de enero de 2023, el (la) Sr. (a) OSCAR DAVID SALCEDO FORERO, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 1.022.389.219, Representante Legal de la sociedad ASISTENCIA TOTAL PARA LA UNIDADORGANIZACIONAL INTEGRALIS COLOMBIA S.A.S., con NIT 900.593.670-3, mandatario (a) de la Sociedad CONSORCIO GUAVIARE SOSTENIBLE con NIT 901.564.277-1, Ñ presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnicamente "INVERSOR DE BATERÍAS PARA SISTEMA DE ENERGIA SOLAR CON PANELES FOTOVOLTAICOS” y comercialmente ¿INVERSOR DE : BATERÍAS PARA SISTEMA DE ENERGIA SOLAR”. : El (la) interesado (a) adjuntó: a la solicitud copia de los siguientes documentos: formatosolicitud clasificación arancelariaen dos (2) folios, ficha técnica del producto en once (11) folios, información de la mercancía en ocho folios, descripción del producto en dieciséis (16)
folios, certificado del proveedor en un (1) folio, copia del mandato en tres: (3) folios y - comprobante de pago en un (1) folio. El (la) solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos mícte. ($ 1.188.000,00) | - según consignación número 104690693-2 de 13 de enero de 2023 del Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000048 del 31 de enero de 2023 este Despacho solicitó al usuario (a): ampliar el proceso mediante el cual la mercancía realiza su función; indicar como se programa y controla el producto a clasificar; señalar si cada máquina puede funcionar de forma individual; aclarar si el producto hace dos conversiones; especificar el tipo de energía que se obtiene con el proceso que realiza el inversor; indicar potencia generada y capacidad instalada del sistema en kVA; según la información aportada, la mercancía se distribuye fisicamenteen 3 contenedores, uno para los inversores (PCS) y los otros dos para las baterías; por loanterior, se solicita en un solo cuadro, confirmar los componentes del sistema, indicando para cada uno: cantidad exacta, características técnicas, función de los equipos y como se interconectan entre sí; adjuntar imagen donde se observen los diferentes componentes; - aclarar si la mercancía es para uso doméstico o industrial; y confirmar los datos (nombre, -_número de cedula y correo electrónico) del Representante Legal registrado en el RUT (Registro Único Tributario), a quien se le notificará el acto administrativo, en razón a que a
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Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria un agente aduanero no ess posible notificar. El o> (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2023000100165398000121 del 04 de abril de 2023, con 26 folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta. Con oficios Nos. 100165398-581 y 100165398-582 del 13 de abril de 2023, se consultó respectivamente a las Divisiones de Fiscalización Aduanera, Liquidación Aduanera yJurídica de todo el país y a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación : Externa, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación arancelaria, no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) MIGUEL ANDRES RAMOS PINEDA, a la dirección electrónica manifestada por el _ interesado (a integraliscolombiasasQoutlook. com miguel. ramosGintegraliscolombiasas. com, o por correo en la dirección Calle 12 4 7 - 32 OF 1111, en Bogotá, D.C. La notificación del presente acto administrativo se hace al señor OSCAR DAVID SALCEDO FORERO Representante Legal Principal de la Sociedad solicitante, de acuerdo a la información consignada en la respuesta a la solicitud y en el Registro Único Tributario (RUT), a las direcciones electrónicas informadas en el formato de solicitud.
| FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. me - Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobóe l Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida. Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la: sección xv “Cuando una máquina «o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos - -individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, - cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se -clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
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“Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Partida 85. 04 Ñ Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobínas de reactancía (autoinducción).”. Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y. de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sudss modifóacicies - artículos 298 a 302 yo 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones: anticipadas de clasifi icación arancelaria. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación l arancelaria. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000717 de 13 de enero de 2023, y E2023000100165398000121 del 04 de abril de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una serie de equipos y elementos agrupados en un contenedor, que actúa como inversor y guardan la energía solar; funciona de la siguiente manera:
El producto una vez conectado al flujo de energía del campo solar, toma el excedente de energía de los paneles solares y de los generadores diesel, (que no hacen parte de la solicitud), la pasa a través del inversor y la almacena de manera transitoria en las baterías; la energía es transformada de energía directa a energía alterna. Cuando hay escases de radiación solar, la energía guardada en las baterías del inversor es liberada al resto del sistema, estabilizando la generación y suministro de energía. La mercancía realiza conversión de energía en dos sentidos, una al almacenar la energía y la otra al liberar la energía; el producto cuenta con protocolo de comunicación y un tablero : de control con una programación predefinida de operación lo. que le permite tomar decisiones automáticas acorde con las variables que se presenten. Los componentes que hacen parte del sistema son:
1. Cien (100) baterías de los inversores; características: 8,76 kWh Cu, voltaje de 792 a 984 Vdc (nominal 984 Vdc), empaque diez (10) pallets (cada pallet, diez (10) baterías).
2. Diez (10) switch (unidad de protección eléctrica) función: el switch tipo palanca desconecta o conectar un rack de baterías a los ¡ inversores.
3. Cinco (5) partes de repuesto
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Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria
4. Un (1) sub-contenedor 10 pies; características: estructura en acero, muros en pane! tipo |
sándwich, compuesto por láminas de acero y espuma intermedia de alta densidad.
5. Una (1) HVAC unidad externa e interna (aire: acondicionado); características: sistema mini split (manejadora y condensadora) para estabilización de temperatura de baterias. -380/415 VAC 6.35 kW
6. Cuatro (4) inversores de baterías; características: un (1) pallet por 4 piezas, incluyetablero PCS para montaje, 104 kVA cada unidad (416 kVA en las 4 piezas), 60 Hz, 3P
480 +/-10% VAC, 840 a 1200 V DC (conexión a baterías). Función: recibe la energía - proveniente de los paneles solares para cargar sus baterías y posteriormente realizar el procesode descarga para atender los consumos (usuarios del sistema). Las baterías del inversor se encargan de acumular la energía que proviene de los paneles solares y de liberarla en horas de baja radiación solar. -
7. Un (1) PC para / interfase; características: computador de esoritorio con pantalla, torre y periféricos para monitoreo directo de la unidad funcional. -8. Cinco (5) rack tipo armario para baterías (preinstalado); caracteristicas: rack en acero, .
espacio para 10 baterías, desconectador DC superior. Función: organizador tipo armario para instalar las baterías del inversor.
9. Un (1) tablero de sistema contra incendios (preinstalado). _10.Un (1) tablero de distribución eléctrica (preinstalado). -11.Una (1) UPS (Uninterruptable Power Supply) más extensión de baterías (preinstalado); función: elemento que protege los elementos de control ante fallas: en el suministro de
energía. 12.Dos (2) campanas de aspersión sistema de extinción (preinstalado) 13.Un (1) BSPU -Tablero de desconexión (preinstalado); función: contiene el cableado y protecciones eléctricas e interconecta los componentes del inversor de baterías para permitir el flujo de energía de manera segura.
14. Una (1) partes de repuesto.
El interesado, señala que el producto está compuesto por dos Unidades Funcionales |. jguales; cada una se ubica en un contenedor y en su interior se encuentran los siguientes elementos: inversorde potencia, complemento de baterías, control electrónico, sistema de detección y extinción de incendios, aire acondicionado, UPS, sensores de humedad, presión y temperatura. Del análisis de la información anterior, se indica que se excluye el item No. 1. cien (100) “Baterías de los inversores”, usadas para funcionar en dos (2) contenedores, ya que en los documentos “Certificado Proveedor y “Ficha Técnica” aportados por el interesado, señalan ' que el “Sistema Miraflores” está compuesto por dos (2) unidades funcionales iguales y conformados por los mismos elementos; que cada unidad cuenta con 50 baterías que se : encuentran físicamente en un contenedor diferente. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600234 de 23 MAY. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de - Clasificación Arancelaria Dicho lo anterior, únicamente “50 Baterías de 8,76 kWh” harán parte de la clasificc ación, en razón a que la unidad funcional ubicada dentro de un contenedor requiere para funcionar 5
rack de baterías que albergan 50 baterías; por lo tanto, las 50 baterías restantes serán clasificadas por su propio régimen, ya que el pago de la clasificación arancelaria se : hace : - por una única unidad funcional. l Así mismo, se excluye el ítem No. 2 Diez (0)' “switch (unidad de protección eléctrica)”, en razón a que su función es desconectar o conectar un rack de baterías, y para el funcionamiento de los 5 racks que contiene la unidad funcional, se requiere 5 switch; por lo anterior solamente 5 switch harán parte de la unidad funcional a clasificar y los 5 switch . restantes serán clasificadas por su propio régimen. De igual manera, se excluyen los elementos citados en. los items Nos. 3 y 14 correspondientes a “partes de repuesto”, en razón a que los repuestos son elementos adicionales y no hace parte integral del proceso en la generación de corriente alterna, por : lo cual no hacen parte de la unidad funcional, deben seguir su 1 propio régimen y clasifi icarse enla subpartida arancelaria que les corresponda. o En virtud de lo señalado, se concluye que las mercancías descritas y relacionas en los numerales 4 al 13, corresponden a equipos y aparatos dispuestos en una carcasa común (contenedor) para trabajar conjuntamente, que realizan funciones complementarias, cuya función principal es la de convertir corriente directa en corriente alterna y posteriormente almacenar la energía en baterías, para luego liberarla para consumo, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General 1 están comprendidos en la partida 85.04 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en :
aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8504.40.90.90 del | Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8504.40.90.90 del Arancel de Aduanas, salvo las excepciones indicadas en las consideraciones, como los demás convertidores estáticos, en aplicación de la Nota 4 de la | Sección XV! y las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi caciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notifi icar de manera “electrónica, el contenido de la: presente Resolución al señor (a) OSCAR DAVID SALCEDO FORERO identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 1.022.389.219, Representante Legal principal de la sociedad ASISTENCIA - TOTAL PARA LA UNIDAD ORGANIZACIONAL INTEGRALIS COLOMBIA S.A.S. con NIT 900.593.670-3, a la dirección: electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) integraliscolombiasasQoutlook. com-- miguel.ramosQintegraliscolombiasas.com de | conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por - | el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019
modificado por el artículo. 114 de la resolución 039 de 2021. - De no ser posible la notif cación. en» forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección de procesal Calle 12 sd 7-32 OF 1111 en Bogotá, D.C. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600234 de 23 MAY. 2023 Hoja No. 6 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual - deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por |
medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
“Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ Na Coordinación de Notificacionos . POR UNA COLOMB3A MÁS HOMER CN Central Bogotá D n Se certifica QUE 1 HCtO aqministrativa fue publicado
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