DIAN - Resolución 6235 de 23-05-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6235 de 23-05-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600235 (23 may. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA” SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el fuméral 3. 3. 1 del artículo 2 de la : Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los. siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000685 de 28 de diciembre de 2022, el Sr. HUMBERTOENRIQUE VISBAL SIERRA, - identificado con Cédula de Ciudadanía 79.143.032, Representante Legald e la sociedad COLGATE PALMOLIVE COMPAÑIAc,on NIT 890.300.546-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “Lamina blanco ' con barrera plástica de 150 ml” y comercialmente como “Laminado blanco PBL 150 me. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: comprobante de o consignación en un (1) folio y ficha técnica en cuatro (4) folios. El solicitante pagó quinientos treinta y dos mil. pesos n/cte. ($532. 000 ,00) según Consignación número 136705762 de 21 de diciembre de 2022 del banco > Colpatria al Banco | de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información oa -RIA No: E2023000100165308000061 del 06 de febrero de 2023 este Despacho solicitó al usuario: Informar cuántas capas tiene - ||
el producto y de qué material se compone a cada una de estas, especificar para qué se . utiliza el producto, describir el proceso de obtención del “Laminado blanco con barrera plástica de 150 ml; detallar las dimensiones y forma de presentación del producto, si viene en rollo, favor indicar su anchura; precisar si el producto objeto de solicitud de clasificación || arancelaria corresponde a una lámina de polímero de etileno u otra clase de polímero; : informar si la lámina es de plástico no celular y sin refuerzo, indicar si la lámina es autoadhesiva, allegar imágenes de la “Lámina blanco con barrera plástica 150 mP. Así 1 mismo se requirió aclarar que información decreta como conf dencial. El usuario dio respuesta mediante escrito el radicado a través del SIE SARP No. E2023000100165398000122 del 04 de abril de 2023, en 4 folios y no renunció al término restante. En la misma respuesta, el interesado autorizó incorporar información a la resolución con el fin de darle continuidad al proceso de clasificación arancelaria. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600235 de 23 may. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr HUMBERTOENRIQUE VISBAL SIERRA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado humberto _visbalOcolpal com; ana_onate(Ocolpal.com; o por correo en la dirección Carrera
1a. H40-108, en Cali - Valle del Cauca FUNDAMENTOS DE DERECHO - Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdode Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran la siguiente normatividad: Regla General interpretativa 1: - “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección, Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 39.21: | Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida 2sí como, - | mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse : subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición ene contrario”.
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. po Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi cación arancelaria a petición de cualquier interesado. :
CONSIDERACIONEDSEL DESPACHO
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600235 de 23 may. 2023 Hoja No. 3 Continuación del. acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según la. información suministrada con el radicado No, 235410000000685 de 28 de diciembre de 2022 y E2023000100165398000122 del 04 de abril de 2023 la mercancía y objeto de clasificación arancelaria, se describe como rollo laminado plástico de polímero de etileno. El laminado se realiza mediante proceso de extrusión de la película de polietileno, y luego . “se continua con el laminado de las películas (capas) interior y exterior mediante proceso térmico, es decir mediante calor. Finalmente se realiza el proceso de corte longitudinal de la bobina en el ancho, de acuerdo con la necesidad de la empresa.
Especificaciones Técnicas: El laminado se presenta €e n rollo de 123mm de ancho y 800m de largo: no es s autoadhesivo . y se compone de 3 capas de afuera hacia adentro así:
: -Capa externa: Compuesta por polietileno de alta densidad, color blanco, en la que se realiza la i impresión, o -Capa media: De polietileno transparente | -Capa interna que actúa como barrera entre el producto y las. capas de polietileno para : protegerlo. de condiciones externas y evitar la migración de sus propiedades esenciales - (sabor, humedad). Funciona como barrera de refuerzo, material Co Extruido EVOH.
Uso: El laminado PBL de 150 mi, cuya clasificación se Solicita, se utiliza e€ n la formación de “tubos para ser llenados con crema dental.
Acorde con lo anterior see tiene que el producto arancelariamente corresponde a una láminade plástico no celular con refuerzo y no es obtenida por estratificación con papel; que de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativas 1, se encuentra | comprendido en la partida arancelaria 39.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado yen aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifl ica en la subpartida arancelaria 3921.90. 90. 00 del Arancel de Aduanas - En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la. subpartida 3921.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como una lámina de plástico, en aplicación de del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 Y sus modifi icaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de marer anta. el contenido de la presente Resolución al señor HUMBERTO ENRIQUE VISBAL SIERRA identificado con Cédula de Ciudadanía No. 79.143.032, en su calidad de Representante Legal de la sociedad COLGATE PALMOLIVE COMPAÑIA con NIT 890.300.546-6, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: humberto visbalfMcolpal.com; ana _onatefOcolpal.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600235de 23 may. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021: artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera . subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 1a. 40-108 en Cali - Valle del Cauca, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con .
Jo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de : la Ley 1437 de 2011. ¿ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución -en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo - 319 de la Resolución 046 de 20109, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
e o e : Dl LE, Pl de : 2023-05-23 / 05:18:54 P, MM. De conformidad con ta resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . : :
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN - POR UNA COLOMBIA MÁS HowrIrA o - Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA o a A Lenta! Bogota Dto So cerca ua el Acto Administrativo tuo: tblicado EN aque SECTA: de pg Hs Sed e AXIAL [Zcda LAR pers IRA Mdlnas..