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DIAN - Resolución 6243 de 29-05-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6243 de 29-05-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

LAN - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600243 (29 may. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2> de la Resolución 070 de 2021 y teniendo « en cuenta los siguientes. HECHOS Í- Mediante radicado No. 235410000000819 de 28 de marzo de 2023, el (la) Sr. (a) MELISSA VIZCAINO SOLANA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 1. 020. 839.022, apoderado - (a) con tarjeta profesional número 394504, de la sociedad ACERIAS PAZ DEL RIO SA, con - NIF 860.029.995-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como "ACERO FIGURADO” y comercialmente como “FLEJES O ESTRIBOS. e El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos; ficha técnica en tres. (3) folios, poder especial en un (1) folio, resolución a petición de cualquier interesado No. 2022003980600012 de 2022 en un (1) folio, estudio de clasificación arancelaria en tres5 (3) folios, fotografía en cinco (5) folios y comprobante de pago en un 2 (1) folio. El (a) solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte ($ 594. 000,00) según e

Transferencia número 901 139615 del 23 de marzo de 2023 del Banco de Bogotá. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) MELISSA VIZCAINO SOLANA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) mvizcainoQaraujoibarra.com - osalamancaQaraujoibarra. com; o > por correo en la dirección Calle 98 $ 22-64, Of. 910, en Bogotá, D.C. ] FUNDAMENTOS DE DERECHO o Convenio del Sistema Armonizado de. Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Ñ Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. | [| Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual see aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600243 de 29 may. 2023 Hoja No. 2 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes reglas y texto de partida. Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor -. indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas

y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias « a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 73.08 “Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas), de : fundición, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06; | chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción.” o Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se. aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 306, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas . Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi cación arancelariaa petición de cualquier interesado.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000819 de 28 de marzo de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como manufacturas metálicas elaboradas en acero, presentadas en distintas formas de “S”, “C”, “U”, o formas poligonales como rectángulos, cuadrados, círculos, triángulos, etc. El acero figurado es un elemento obtenido a partir de barras corrugadas y/o rollos ' compactos de acero, cortados y doblados a medida, que permiten obtener las dimensiones, formas y ángulos requeridos por el diseño estructural. para refuerzo transversal y longitudinal de construcciones en concreto. Se utiliza como refuerzo transversal para vigas y columnas, utilizados en la construcción para el amarre o confinamiento de acéro de refuerzo, apto para recibir esfuerzos cortantes, | RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600243 de 29 may. 2023 Hoja No. 33 . “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado de torsión, impedir el pandeo del refuerzo principal y proveer confinamiento, consiste en - barras corrugadas, lisas (espiral) o grafiles, doblados en forma de S, C, U, o formas poligonales como rectángulos, cuadrados, circulos, triángulos, usados individualmente oen- - forma continua. Del análisis de la información anterior, se establece. que el producto corresponde arancelariamente a productos elaborados en acero, obtenidos a partir del alambrón, que

  • se presenta en diferentes figuras utilizados en construcción, que en aplicación de la ReglaGeneral interpretativa 1 está comprendida en la partida 73. 08 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 7308.90. 10. 00 del Arancel de Aduanas, En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación e

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE |

ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer personería Jurídica a , MELISSA VIZCAINO SOLANA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 1. 020. 839. 022, y tarjeta profesional 394504, enlos términos del poder conferido. ARTÍCULO SEGUNDO, Clasificar la mercancía dd escrita en la presente resolución e« n la subpartida 7308.90.10.00 del Arancel de Aduanas, como manufacturas de acero, obtenidosa partir del alambrón, preparados para la construcción, que en aplicación de las Reglas : - Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. l ARTÍCULO TERCERO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente. Resolución al señor (a) MELISSA VIZCAINO SOLANA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 1.020.839.022, apoderado (a) con tarjeta profesional número 394504, de la sociedad ACERIAS PAZ DEL RIO SA, con NIT 860.029.995-1, a la dirección electrónica :

manifestada. por (el) o (la) interesado (a) mvizcainoQaraujoibarra. com -. osalamancaQaraujoibarra. com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del - - Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo. 114 de la resolución 039 de : 2021, De no ser posible la notificación en forma electrónica,el presente acto administrativo senotificará por correo, o a la dirección procesal Calle 98 4 22-64, Of. 910 en Bogotá D.C, - informada por el usuario de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto. 1 165 de 2019. : ARTÍCULO CUARTO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de : la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600243 de 29 may. 2023 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO SEXTO. Remitir una vez en firme, copia del presente a¿ cto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en€ la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Bi PP. e LS :S

E No 2 Si: Di DÍ aer rmac oa recrea 229 1 F0:A4607 AM 0 Fecha Acused e Reciba. E . Firmado -.. Ñ cm ps De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta fiirr ma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RÓGER DARIO SUAREZ BOTET ÓN :

- Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BÉNITEZ o |) US ÓN

3 Coordinación de Notificación:: POR UNA COLOMBIMAÁS HONE<TA re ¡vel Central Bocotá DS o | ESSe ceErtcii ca qquuee el eLAAccttoo A'd óministtauo | fue, publicado ESTELAR ZA A MABIZO iS rs0 y/0 Co ordinado.

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