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DIAN - Resolución 6249 de 06-09-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6249 de 06-09-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

POR UNA COLOMBIA MÁs HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600249 + (06 sep. 2022) Por la cual see expide una Resolución de Clasificación Arancelaria oo a : Petición de Cualquier Interesado e - EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales quq e le confiere el numeral 3.3. 1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los ¡siguientes HECHOS e Mediante radicado No. 235410000000181 del 7 de abril de 2022, e> l (la) Sr. (e) JUAN LUIS Z ARISTIZABAL VELEZ, identificado (a) con cédula: de ciudadanía No. 2:774.008,- : representante legal de la sociedad CONSTRUCTORA CONCONCRETO S.A. EN. PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA, con NIT 890.901.110-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado parala mercancía denominada técnicamente como “PLANTA ASFÁLTICA” y comercialmente

como “PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA MARCA MARINI MODELO BETOWER 3000P”.

El (la). interesado (a) adjuntó a la solicitud los" siguientes documentos: catálogo. con. imágenes en veintiséis (26) folios, consignaciones bancarias en dos (2) folios, resoluciónde clasificación arancelaria No. 002072 del 20 de marzo de 2019 la DIAN en seis (6)

folios.. o Zo e El (a) solicitante pagó un millón. sesenta y cuatro mil pesos m/cte. (s 1.064. 000) según : - consignaciones números 90104017-3 del 1 de marzo de 2022 y 970066123 del 6 de abril de 2022 del Banco de Bogotá. Ñ - Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA $2022000100165398000206 del 12.E de mayo de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): explicar el proceso que desarrolla la planta; aclarar si los agregados son los mismos áridos; precisar qué es el “filler” e indicar. cómo se denomina en idioma español; ndicar qué es el Betún, cuál es su composición, - -cómo llega al proceso, y si se mezcla con tos finos recuperados y con el material “RAP”; adjuntar un cuadro en excel con los componentes de la planta, indicando para cada uno: cantidad exacta, nombre, función y cantidad de los elementos auxiliares que incluye; | especificar si el producto final que se obtiene en la planta es asfalto liquido: señalar qué es : - el asfalto “PMB”; indicar con precisión cuáles y cuántos elementos contiene la cabina de «mando y si desde ahí se opera y controla el proceso, o cada componente tiene su propio - tablero de control; aclarar para qué se requiere el tanque de combustible de contingencia (diésel), precisando cuál equipo. utiliza ese combustible, también aclarar por qué es necesaria una computadora industrial (Cód. D3P2011T08); indicar cuál es la función del compresorde tornillo; precisasi r la caldera de aceite para el calentamiento del asfalto

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600249 de 06 sep. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado líquido hace parte o no de los componentes a importar. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 14 de julio de 2022 El o (la) interesado (a) solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2022000100165398000336 del 15 de julio de 2022, El o (la) usuario(a) responde mediante radicado(s) No. E2022000100165398000211 del 25 dejulio de 2022, con 9 folios, renunciando al término restante para responder. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) JUAN LUIS ARISTIZABAL VELEZ, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a): comercioexteriorOHconconcreto.com, avargaslfdconconcreto.com; o por correo en la dirección: Carrera 43A 18 Sur-135 P. 4, en Medellín - Antioquia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley g de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto | único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, pore l cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. l - Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida. Regla General Interpretativa 1: - “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas -y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” l Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas porr elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” o Partida 84.74: “Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida (incluidos el polvo y lapasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear. combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición.” e Regla General Interpretativa 6

“La clasificación de mercancias en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, | RESOLUCIÓN MiNERO 2022003980600249 de 06 sep. 2022 Hoja No. 3 a Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo. nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de ab | Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307. _ mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación -. arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones . de la Dirección de Impuestos y Aduanas | - Nacionales mediante las cuales se reglamentan. las solicitudes de clasificación arancelaria : a petición de cualquier iir nteresado, o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - o o eS “Según! la información suministrada: con el radicado No. 235410000000181 del 7 de abril de : - 2022 y E2022000100165398000211 del 25 de julio de 2022. la mercancía objeto de |. | clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y equipos que trabajan en secuencia para producir una mezcla asfáltica (compuesta por agregados, E

pavimento asfáltico reciclado (RAP) y asfalto fíquido), mediante el ¡Siguiente proceso: Etapa 1: se alimentan las tolvas con agregados áridos. . Etapa 2: por una banda colectora se transportan los materiales para ser secados. “Etapa 3: en un tambor secador €c on quemador dual de combustible (puede usar “GLP"O o. _“Diésel”), se somete el material a secado (180 C). Se desprende “filler” (polvillo fino obtenido de la fracturación de los áridos en el secador) que es captado por un extractor : |. industrial con filtro de mangas. Etapa 4: como resultado de la combustión del quemador se produce vapor de: agua, el cual ! sale por una chimenea instalada sobre el filtro de mangas. - Etapa 5: los finos que se captan en el filtro de mangas se recuperan para reintegrarlos al “proceso y se depositan en un silo de almacenamiento. Los finos recuperados se pasan por : medio de un tornillo sinfín a un elevador. También se dispone de un silo para “filler” de aporte, que se adiciona al proceso cuando se requiera. Etapa 6: el agregado que sale caliente del secador: es llevado por uny elevador de cangilones E a la parte superior de la torre de mezclado. l Ñ Etapa 7: el agregado caliente ss e lleva a una criba o zaranda para clasifi icar. Etapa 8: los materiales separados se ! almacenan debajo de la zaranda, y una vez sonn o dosificados van a hacer parte de la mezcla asfáltica. Etapa 9: los agregados dosificados pasan al mezclador, donde se adiciona: asfalto líquido

  • (betún), material reciclado (RAP), finos Cn ller), recuperados o of ller”. de “aporte, para . producir la mezcla asfáltica. a Etapa 10: la mezcla asfáltica se almacena €e n un sio o tolva caliente para entregar. al medio. : de transporte.

Desde una cabina de mando un operario controla todas las operaciones de la planta. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600249 de 06 sep. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Componentes:

1. Un (1) sistema dosificador de áridos frios: compuesto por cinco (5) tolvas, una (1) cinta transportadora, un (1) vibrador de pared.

2. Una (1) cinta transportadora: montada sobre dos (2) rodillos, accionada por un (M motorreductor de 7,5 kW.

3. Un (1) tambor secador: con cilindro de 2, 2 m de diámetro y 9 m de longitud, chasis - soporte, ocho (8) soportes de apoyo, una (1) sonda de temperatura con termopar, una (1) tolva de descarga de áridos, un (1) conducto de conexión entre el secador yel elevador.

4. Un (1) quemador tambor secador: con un (1) inversor de frecuencia en el ventilador del quemador con potenciade 16,8 MW; incluye: control electrónico del quemador y componentes para el funcionamiento con gas licuado y con diésel. - 5. Un (1) filtro de mangas: con un (1) extractor, cuatrocientas (400) mangas en fibras

aramídicas y cestas en alambre galvanizado, un (1) preseparador para los finos más gruesos, un (1) sistema de regulación aspiración automatizada controlada por : - inversor de frecuencia, una (1) válvula de disolución de aire frío.

6. Una (1) chimenea en acero: con soportes de apoyo, bridas y uniones metálicas.

7. Un (1) silo tipo horizontal para almacenamiento de finos recuperados.

8. Un (1) elevador de finos recuperados y “filler” de aportación: con línea de elevación, motorreductor y canal de vaciamiento.

9. Un (1) silo de “filler” de aporte: con un (1) sinfín de conexión al elevador de finos, un - (1) sistema de integración para la línea de elevación del “filler” de aporte. 10.Un (1) elevador de cangilones: con un (1) motorreductor de 22 kW; incluye: . dispositivo antirretorno, cadena doble, amilos, cubos en acero. 11.Una (1) criba: con una (1) tolva bajo criba, de 21,2 tn, tubo de descarga de desechos, indicadores de nivel, 12.Un (1) sistema de mezclador de 3. 000 kg: con tres (3) tolvas de pesaje y una (1) sonda de temperatura. 13.Un (1) compresor de un solo tornillo para suministrar aire a los diferentes sistemas neumáticos de la planta (compuertas, cilindros neumáticos): con un (1) motor eléctrico de 15 kW, un (1) cuadro eléctrico de mando con contro! de fases, un (1 termostato de arranque automático.

14. Una (1) bomba de circulación con válvula de 3 vías y tubería (para el betún), con calefacción eléctrica. o 15.Una (1) cabina de mando: largo 5,9 m, ancho 2.3 m, alto 2,5m ; equipada con. . tableros sincronizados para distribución de energía, interruptor general trifásico con barras y cableado, convertidores de señal, reguladores de equipo, computadora industrial (pantalla de 24”, CPU, software), planta de emergencia de alta duración, dispositivos de arranque, alarmas sonoras y visuales. 16.Un (1) silo para almacenamiento de la mezcla asfáltica caliente, capacidad de 60 toneladas, dos compartimientos, descarga directa, aislamiento con revestimiento en chapa de aluminio, sonda de temperatura. 17.Un (1) dosificador para material reciclado: tolva galvanizada con capacidad de 11 mé, rejilla de protección superior, vibrador eléctrico temporizado, cinta transportadora de 20 metros de largo para “RAP”. 18.Un (1) elevador de canjilones para el “RAP”, 150 Un. con rampa de salida, una (1) tolva tampón, una (1) cinta transportadora de pesaje. -19.Un (1) tanque horizontal para almacenamiento de diésel con capacidad de 15 mí, : con tubería de conexión. —

20. Cuatro (4) tanques horizontales para almacenamiento del betún, con capacidad de 35 m, cuentan con calefacción eléctrica, resistencia booster 27 kW, agitadores 3 x 7,5 kW, aislamiento de lana de roca 110 mm, revestimiento de aluminio 1 mm,

| RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600249 de 06 sep. 2022 Hoja: No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. 0 componentes eléctricos, tubería doble, válvulas, | tubería 2 frontal por cada tanque, | “sensor de nivel, sistema de carga y descarga con bomba de engranajes, calefacción : o eléctrica con motor eléctrico acoplado, chasis. : -21.Un (1) sistema eléctrico para generación de energía: con interruptores trifásicos con protección magnetotérmica, barras distribución de caleado, convertidores, cableado eléctrico “CPR”, planta eléctrica, tableros detectores de señal, transformador de 100 : KVA. o o Se instalan escaleras de : acceso, pasarelas € con 1 pisos tipo rejila antideslizante y barandas para que el personal pueda transitar de manera segura. : : : De acuerdo con la información aportada, la combinación de máquinas, aparatos y equipos E trabajan en conjunto para mezclar diversos materiales y obtener una mezcla asfáltica. - Considerando lo anterior, se tiene que el conjurito. de máquinas, aparatos" y equipos relacionados en los numerales 1 a 21, queda comprendido arancelariamente en la partida 84.74 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la : - Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica. en la subpartida 8474,32,00. 00 del Arancel de Aduanas,

conforme a la Regla General interpretativa 6. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefeo (A) de la Coordinación de Clasif cación : Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resoluciónen la subpartida 8474,32.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina de mezclar materia mineral con asfalto, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto É 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar. de manera electrónica, el contenido: de la. presente Resolución al señor (a) JUAN LUIS ARISTIZABAL VELEZ identificado (a) con cédula de |. “ciudadanía No. 2.774.008, representante legal de la. sociedad CONSTRUCTORA - CONCONCRETO S.A. EN PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA con NIT - -890.901.110-8, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a): comercioexteriorOconconcreto.com, avargasiGOHconconcreto.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 “del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la: resolución 046 de 2019 modificado por el. artículo 114 de la resolución 039 de 2021. | - De no ser posible la notif icación en forma electrónica, el presente. acto administrativo se Ñ

notificará por. correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria: mediante aviso en -el sitio web de la Dirección de impuestos y AduanasNacionales en la dirección: Carrera 43A 18 Sur-135 P. 4 en Medellín - Antioquia, de |- UN conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto | administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad : con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y js artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. e RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600249 de 06 sep. 2022 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el articulo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-09-06 / 06:07: 35 P.M, se pz Acuse de Recibo /$ E á A, + Firmado: De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ 1) LAS . Coordinación de Notificaciones POR UNACOLOMBIMAAS HOT y antral Bogotá DL sravo pleno

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