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DIAN - Resolución 6254 de 08-06-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6254 de 08-06-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

LAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600254 (08 jun. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN | DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA | - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución ; 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes e HECHOS | M Mediante radicado No. 235410000000875 de 27. de abril de 2023, el Sr. JUAN CARLOS o CARDONA DOMINGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía 71.599.119, representante legal (según RUT y mandato) de la AGENCIA DE ADUANAS MARIANO ROLDAN S.A. NIVEL 1 BIC, con NIT. 890.921.974-1, mandatario de la empresa BENTONITAS COLOMBIANAS S.A. S. con NIT, -821.001.379-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “SISTEMA DE .

GRANULACIÓN DE BENTONITA”.

E interesado adjuntó a la solicitud los siguiéntes documentos: fóimato' diligenciado en el aplicativo : SARP en dos (2) folios, copia de consignación bancaria en dos (2) folios, documento titulado “ficha : técnica” en seis (6) folios, plano en un (1) folio y poder o mandato en siete (7) folios. :

El solicitante pagó un millón: ciento ochenta y ocho mil: pesos Mcte. ($1. 188. 000, 00) según transferencia número 6915793 de 26 de abril de 2023 del Banco de Bogotá. OS Según lo señalado en el formadte ol a solicituds,e indicó que se notifique al Sr. JEFFERSON RESTREPO VARGAS, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: A. [restreepo(Omarol.com.cobogota(Qmaro!. com.co; O por correo en la dirección CL20CHA 77 + 54. e en Bello - - Antioquia. o FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y: su anexo, 3 aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único : de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. . . Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopte el Arancel de Aduanas y otras : disposiciones. o O e Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas generales interpretativas, Nota y texto de | partida: — : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600254 de 08 jun. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya :

que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglassiguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos, individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables | eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en : una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a lafunción que realice.” : Partida 84.74: “Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar . o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, ' formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materiasminerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición.” : Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente . - por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las : Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, mediante el: cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición ' de cualquier interesado. l e o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria E petición de: cualquier interesado. : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000875 de 27 de abril de 2023, : la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un arreglo de máquinas y - aparatos para realizar el proceso tratamiento de bentonita con la finalidad de obtener gránulos con ' tamaño de 2 a 4 mm. : El proceso se lleva a cabo como se describe en la siguiente secuencia. La bentonita es alimenta a plato granulador donde se transforma en esferas de 2 a 4 mm, luego son transportadas hasta el área de secado y enseguida llevadas al área de clasificación acorde con el: tamaño y, las que no cumplan son devueltas al proceso, aquellas que cumplan con los requisitos - de producción son llevadas a la etapa de recubrimiento para mejorar su apariencia y homogeneidad. : Los equipos para llevar a cabo el proceso son: | 1.. Un (1) plato granulador, diámetro: 2,5 m,> , profundidad del plato: 450 mn m, Velocidad: 14 rom, ángulo del plato: 35 - 50%, potencia del motor: 5,5 kW equipado con variador de frecuencia,

capacidad: 2 — 4 t/h, tipo de acero: Q235 acero al carbono y espesor de plancha: 8 mm. t | ASSprción NÚMERO 2023003980600254 ddle 08 jun. 2023 Hoja No.3. Continuación del acto. administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación. - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

2. Una (1) cinta transportadora, ancho de cinta: 500 mm, largo de cinta: 8 m, tipo de acero: -4235 acero al carbono, espesor de plancha: 5 mm, tipo de cinta: v, potencia: 3 kW equipado con variador de frecuencia. -+ 3. Un (1) secador, diametro: 1200 mm, largo: 12000 mm, ángulo de cilindro: 32 - 50, velocidad giratoria: 3 - 8 rpm, potencia del motor principal: 11 kW equipado con variador de frecuencia, potencia del ventilador: 11 kW, capacidad: 2 - 5 t/h, espesor de plancha: .12 mm, tipo de : acero: q235 acero carbono equipado con golpeador, incluye transmisión completa, filtro de. . ciclón, tuberías, cámara de combustible con ladrillo refractario y quemador. . 4, Cuatro (4) elevadores, tamaño de materia entrada: < 25 mm, velocidad: 1,4 m/s, capacidad: 21-145 Yn(T210), distancia entre tolva: 500 mm, potencia del motor: 3. KW, tipo. de acero: S q235, acero al carbono.

5. Un (1) tromel (chapas perforadas), diámetro: 1500 mm, largo: 6000 mm, ángulo oblicuo: 2

+ 2,5% velocidad giratoria: 16 rpm, potencia del motor principal: 7,5 kW equipado con variador | de frecuencia, capacidad: 26 uh, espesor de plancha: 3 mm, tipo de acero: q235 acero al. carbono.

6. Un (1) tromel (chapas | perforadas), diámetro: 1000 men, largo: 3000 men, , árigulo oblicuo: 20: -- 2,59 velocidad giratoria: 21rpm, potencia del motor principal: 3 kW equipado con variador eN de frecuencia, capacidad: 1 -4 t/h, espesor de plancha: 3 mm.

7. Una (1) máquina de revestimiento, diámetro: 1000 mm, largo: 4000 mm, inclinación: 3, - velocidad: 14 rom, capacidad: 2Sun, potencia: 4 KW, incluye sistema de pulverización de o A -íquiy dpoolvo . +. - 8. Una (1) cinta transportadora; ancho de cinta: 500 1 mm, largo de cinta: 11m, tipo de acero: - 4235 acero al carbono, espesor de plancha: 5 mm, tipo de cinta: v, potencia 3 KW equipado o con variador de frecuencia.

9. Un gabinete eléctrico, controla las cintas transportadoras, plato granulador, secador Y tromeles. ' De conformidad. con: lo “anterior: se > concluye que los equipos. listados e€ n los: humerales ta 9 Ñ corresponden arancelariamente a una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para realizar el proceso de tratamiento y clasificación por cribado de bentonita - «granular, principalmente; que acorde con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en 07

aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.74 de la | "Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General ! interpretativa 6 se clasifica enn la subpartida 8474, 10. 90. 00 del Arancel de Aduanas. N o En mérito de: lo anteriormente expuesto, elo la Jefe. (A) de la Coordinación. de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESU ELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8474.10.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que ' trabajan conjuntamente para realizar el proceso de tratamiento y clasificación por cribado de bentonita granular, principalmente, acorde con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las : Reglas Generales Interpretativas 1 y! 6 del mertcioniado texto arancelario, contenidas enel Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JEFFERSON - RESTREPO VARGAS - identificado - con cédula de ciudadanía No. 1.017.214.802, agente: de aduañas de' la AGENCIA DE ADUANAS MARIANO ROLDAN S.A. NIVEL: 1 BIC con NIT. 890. 921 .974-1, a la: dirección. electrónica manifestada por el. interesado: irestrepoOmarol. com.co -bogotaOmarol.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo

| . 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 | de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el breseñte acto administrativo. se notificará. - por correo a la dirección procesal informada por el usuario en la dirección CL 20 CH7754 en Bello RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600254 de 08 jun. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : - Antioquia, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciódne la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la' Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de

1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su' competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-06-08 / 11:56:07 A, M. " A ¿Fecha Acuse de Recibo, 4]y o > Firmado - ¿4 De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

ROBLES MARUM SONIA VICTORIA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LEONARDO RICO

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ o oo

N Coordinación de Notificaciones

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  • Se certifica qué el Acio Administrativo fu bli: EA DIBLD 0 cial E Para LA, . ., la: (2% ER 4 ve id O onda ,
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