DIAN - Resolución 6256 de 08-06-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6256 de 08-06-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600256 (08 jun. 2023) Porl a cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA o -. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : : - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución070 de 2021 Y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS | Mediante radicado No. 235410000000887 de 03 de mayo de 2023, el Sr. CAMILO: CORTES | DUARTE, identificado con cédula de ciudadanía 80.504.421, representante legal suplente de la: sociedad ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S. A., con NIT. 860.002.153-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesadopara la mercancía denominada técnica y comercialmente como “Conjunto de máquinas y aparatos - que forman una línea de peletizado para convierte materas plásticas recicladas en pellets" El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) folios, documento de comprobantede pago en un (1) folio, documento titulado - “diagrama de flujo” ent un (1) folio y documento titulado “ficha técnica” en tres (3) folios. El. solicitante pagó un millón ciento. ochenta y “ocho mil: pesos Mete. ($1.188.000 00) según transferencia número 0000000002 de 26 de abril de 2023 del Banco de Bogota. '
Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se noti ique al Sr CAMILO CORTES DUARTE, a la dirección electrónica manifestada pore l interesado: notificacionesQalmaviva.com.n .co -- macelisgGHalmaviva. com.co; o por correo en la dirección Carrera 7H 71 -21, en Bogotá, D. C.. ON FUNDAMENTOS DE DERECHO o Convenio del Sistema. Armonizado de Designación y Codifi icación de Mercancías y su anexo, . aprobado. por Colombia mediante Ley 646 de 2001, : Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley e" de 1973. : Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Aridína, mediante la cual se8 Bprobó. el Texto ú| nico N de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. . Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras | disposiciones. co O Para el caso en estudio ses > consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o dee los Subcapitulos solo tienen un valor indicativo, : ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de - Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo E Ñ con las Reglas siguientes” RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600256 de 08 jun. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoNota 4 de la Sección XV!: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” : Partida 84.77: “Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del. mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000887de 03 de mayo de 2023,
la mercancia objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas para la transformación de materias plásticas. : La transformación se realiza mediante el siguiente proceso: Usando un tornillo alimentador, el plástico reciclado y molido se carga en la tolva para ser llevado a ' la primera extrusora, donde es calentado y fundido para realizar un primer filtrado (primer filtro pistón) a fin de eliminar partículas grandes o contaminantes sólidos. Luego el material fundido pasa . a una segunda extrusora que se encargará de homogenizar y filtrar nuevamente (segundo filtro pistón) con el propósito de eliminar cualquier partícula remanente. : Al final de la segunda extrusora, un cabezal de salida se encarga de darle forma al plástico y : transformarlo en hilos gruesos tipo espagueti, que se hacen pasar por una cuba de agua y! unos . ventiladores o sopladores de aire que ayudan a refrigerar y solidificar el material. ' Luego un picador convertirá estos hilos en pequeños trozos del tamaño de una lenteja a los cuales “se les llama pellas y son enviados a un secador y vibrador donde se remueve las trazas de agua - « existentes. El proceso finaliza cuando el producto terminado es enviado a un silo de centrifugado para ser almacenado temporalmente. : Los equipos que hacen parte del sistema se describen así:
1. Un (1) tornillo alimentador: Capacidad de 500 ko/h. motores de 3 Kv y de 1,5 KW.
2. Una (1) tolva de alimentación: Motor 1,1 kW. o
3. Una (1) extrusora primera etapa: diámetro del tornillo: 100 mm, relación L/D: 38/1, velocidad
máxima de rotación: 120 rpm, zona de alimentación: HRC > 58 y zona de extrusión HRC60
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600256 de 08 jun. 2023 Hoja No. 3.
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación ON . Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoE 1. 7.zonas de calentamiento a 49 Kw aproximadamente. Resistencias infrarrojas en] cerámica con cubiertas de acero inoxidable y sistemas de refrigerado con ventiladores de. 2. aire 0,56 kW. Motor principal: AC 110 kW (WEG) y variador.
4. Una () caja de velocidades: Engranajes de aleación de NiMo, velocidad del eje: de entrada. 1480 rpm. La estructura principal está compuesta de acero al carbón. 0% Ñ - 5, Un (1) sistema de vacío: Bomba de vacío: 4 KW, eliminan vapores de agua existentes en el - material,
6. Dos (2) sistema de filtrado (primera y segunda etapa): doble pistón con área de filtrado de o
1200 cm?. Capacidad 2000 kg/h, poder de calentamiento: 10,2 kW, fuerza hidráulica: 3,750 KW, presión máx. 35 MPa y Temperatura máxima 350C. o
7. Una (1) extrusora segunda etapa: diámetro del tornillo: 120 mm, relación LID: 15/1, velocidad - : máxima de rotación: 92 rpm. Zonas de calentamiento 20 kW aproximadamente. Resistencias : infrarrojas en cerámica con cubiertas de acero inoxidable y. sistemas de refrigerado con.
ventiladores de aire 0,56 kW. --8. Un (1) sistema de peletizado estándar con refrigeración en cubetas de agua: dado del | cabezal: 38CrMOAIA Acero nitrurado. Un (1) juego de cubas de enfriamiento de5 metros en - acero inoxidable y juego de rodillos en nilón. UN -9.: Dos (2) juegos de sopladores de aire en acero inoxidable y poder de soplado de 2, 2 kW. Un: picador con motor de 4 kW y controlador de velocidades. Un (1) tamiz vibrador en acero y inoxidable con dos motores vibradores de 0,08 kW. -
40. Un (1) sistema de almacenamiento (soplador y silo): motor del soplador 3,0 kW, silo de almacenamiento con volumen de 700 L y tubería en SUS304 con aislamiento de sonido. 14, Una (1) cabina de control eléctrico: PLO con pantalla. táctil para controlar y monitorear el o Sistema. 440 V y 60 Hz. E o OS Acorde con lo anterior, se trata de unn conjuntó de máquinas que see emplean secuencialmente para. cel trabajo de materias plásticas mediante proceso de extrusión. l Del análisis de la información. que precede: se establece: que las maquinas. “enunciadas en los o numerales 1 a 11 corresponden a una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente y : conectadas entre sí para realizar el proceso de transformación de materias plásticas mediante extrusión; que de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV! y de la Regla General. interpretativa 1 queda comprendido en la partida 84,77 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado;
según la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8417. 20. 00. 00 del Arancel de Aduanas. - : : En mérito de lo anteriormente expuesto, el o: la Jefe (A) de la Coordinaciónde Clasificación l - Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o ÓN o A RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la: mercancía descrita €e n la presente resolución en la subpartida 8477.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente y conectadas entre si para realizar la transformación de materias plásticas mediante - un proceso de extrusión, acorde con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. a O e ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica. el conteniddoe la comió Resolución al señor CAMILO CORTES DUARTE identificado - con cédula de ciudadanía No. 80.504.421, representante legal suplente de la sociedad ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO: ALMAVIVA S.A., con NIT. 860.002.153-8, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: notificaciones(Dalmaviva. com.co - macelisafdalmaviva.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; “artículo 319 de la resolución. 046. de 2019 modificado por el articulo 114 de la resolución 039 de
2021. : : IS
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600256 de 08 jun. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De no ser posible la notificacióenn forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario en la Carrera 7 71-21 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 - - del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciódne la presente resolución en el | - Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la : Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la
Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - : NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE . | ¿==ETT (AN De conformidad don la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y. remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
ROBLES MARUM SONIA VICTORIA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LEONARDO RICO
“Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENÍTEZ
La.) LA NP Coordinación do N POR VRA COLOMBIMAÁS memes Mivej Central ” A Se certifica que eració Aaministrativo fue publicado o EN. DIALIS OFICIAL EdicicAal Ade 0 BELIGG, PAC AL Ma de, Aces Jrcionaro Y