DIAN - Resolución 626 de 28-04-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 626 de 28-04-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁs HONESTA - - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600026 | (28 abr. 2022). a Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | EL (LA) JEFE (8) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE Ss , LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | | | En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 4 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000106 de 08 de marzo de 2022, el da) Sr. (a) SAUL GILINSKI GROSMAN, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 8669361, de la sociedadC.I, FARMACAPSULAS S.A.S., con NIT 890105927, apoderado (a) o mandatario (a) de la . “Sociedad C.l. FARMACAPSULAS S.A.S. con NiT 890105927, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como "LAS DEMÁS MÁQUINAS CON FUNCIÓN: PROPIA, - PARA LA MANUFACTURA DE CÁPSULAS DURAS VACÍAS DE GELATINA: PARA EL. - ENVASADO Y DOSIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS" y comercialmente como "UNIDAD
FUNCIONAL PARA LA MANUFACTURA DE CÁPSULAS DE GELATINA VACÍAS. PARA
. ENVASAR MEDICAMENTOS" El (la) interesado. (a) adjuntó. a. la solicitud los. siguientes documentos escrito: solicitud o clasificación en seis (6) folios, fichas técnicas en noventa y dos (92) folios, listado de equipos en un (1) folio, plano en un (1) folio, mandato en un (1) folio, copia de la Resolución DIAN 00879 del 15 de febrero de 2021 en siete. (7) folios y copia del recibo de pago enun : (1) folio. o : El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil py esos m/cte (s 1 064. 000,00) según Consignación número 1022724194 de 11 de febrero de 2022 del Banco de Bogotá. - Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique. a (el) o (la) Sr (a) SAUL GILINSKI GROSMAN, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) : apardoOfarmacapsulas.com; hjimenez(Ofarmacapsulas. com; o por correo en la dirección Calle 798 No. 78C-21, en 1 Barranquilla -- Atlántico - : o FU NDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado. de. Designación y Codificación « de Mercancias Y| su. anexo,>, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600026 de 28 abr. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y . otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos lo) de los Subcapítulos solo tiénén un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas : partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, : cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente : definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada ' - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Rega, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas . “Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000106 de 08 de marzo de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y equipos que trabajan conjuntamente én la producción de : cápsulas duras de gelatina vacías, para envasar medicamentos, mediante el siguiente proceso: e RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600026 de 28 abr. 2022 Hoja No. 3 | Continuación del.acto administrativo por el cual « se expide una resolución de Clasif cación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado La materia prima (gelatina farmacéutica calidad NF) ee s llevada a un tanque mezclador, con. una bomba se suministra vacío, se le agrega agua u otros líquidos como elemento sellante, - - se funde hasta obtener una solución líquida, que alimenta las máquinas productoras de
- cápsulas, que disponen de dos bandejas, una para fabricar las tapas y otra para los cuerpos. En estas bandejas se introducen los moldes o “pin bars set, en los cuales se forma una pelicula de gelatina. : La película es. “sometida a un proceso de sécado bajo condiciones controladas de | temperatura y humedad; luego de salir de las unidades productoras, se le efectúa un secadoadicional, para lo cual se utilizan ventiladores centrífugos. Posteriormente las partes son : Unidas mecánicamente por la máquina, para formar una cápsula dura de dos piezas. - El aire que se utiliza en el proceso es acondicionado mediante un deshumificador que utiliza : un líquido absorbente (cloruro de litio), que cuenta con un intercambiador de enfriamiento que por medio de agua fria/helada enfría la solución, que al entrar en contacto con el aire - -se encarga de bajar la humedad hasta niveles adecuados para el. proceso productivo, también intervienen en este procedimiento un intercambiador para calentamiento.
Para realizar el trarisporte de los moldes el equipo cuenta con actuadores neumáticos, por Jo que un compresor suministra alre comprimido a algunos de los sistemas de control, comoel de apertura de válvulas para el paso de agua fría; requiriéndose también de un secador, - que reduce significativamente el contenido de humedad en el aire del ambiente, antes de - llevarlo al proceso con un sistema de fi tración para asegurar que el aire comprimido cumple las características de contenido de humedad y libre de ¡ impurezas. e o -Para la verificación del producto se utilizan máquinas del inspección automáticas, para por .
- medio de cámaras de video, detectar posibles defectos en las cápsulas. e : Los equipos que intervienen en el proceso son los siguientes:
1. Una (1) bomba de vacío, con motor de 3 HP, de anillo líquido, rotativa, utiliza agua u otros líquidos compatibles con el proceso como elemento sellante, produce vacio en la: preparación de la solución. : o : o 2, Dos (2) hriáquinas. productoras de cápsulas. de gelatina vacías para. envasar - medicamentos - MPCD, capacidad de producción de 90.000 cápsulas hora y 2.115.000 al día, componentes: dos (2) inmersión de siete barras, 3. 228: barras de pinés: moldeadoslados tapa y cuerpo. . 3, Un (1) deshumificador de aire, tamaño de la unidad 1. 800 FV, flujo de aire mínimo., 0, 000 : CFM, 16.990: m/h, flujo. de aire. máximo:20.000: CFM, 33.980 rm/h; utiliza un líquido : absorbente (cloruro de litio) retira el| agua del medio ambiente que: se ha gvaporado en el ] proceso de secado de la cápsula. : os o NS AA Un (4) enfriador de agua industrial, enfría el agua por condensación de ¿a ire, eficiencia de : refrigeración 0,6269 kw/t, con compresores semiherméticos tipo: tornillo, capacidad: de : - enfriamiento de 175 a 450 toneladas, cuenta con microprocesador de pantalla de cristal «líquido y teclado para manejar automáticamente las funciones del equipo. Suministra agua
fría al sistema de refrigeración de la planta, funciona mediante la compresión de un gas refrigerante y su circulación por un intercambiador de calor, el. agua es llevada a - temperaturas cercanas a 42” F, el agua enfriada se almacena en un tanque diseñado para conservar su temperatura: y luego ess utilizada por las unidades manejadoras. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600026 de 28 abr. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
5. Un (1) compresor de aire, capacidad 345 CFM, 460 V - 60 Hz - 3 PH, suministra aire - comprimido a algunos de los sistemas de contro! de variable, como el de apertura deválvulas para el paso de agua fría.
6. Un (1) secador de aire, capacidad 450 CFM, 220 V60 Hz - 3 PH, reduce el contenido de humedad en el aire del ambiente.
7. Dos (2) ventiladores centrífugos, dan un secado adicional a las cápsulas, luego de salir de las máquinas productoras de cápsulas duras.
8. Dos (2) máquinas de inspección automática, velocidad 100.000 a 120.000 cápsulas por hora, potencia 3 kW, precisión 0,05 mm, detecta por medio de cámaras de video defectos visibles de las cápsulas.
9. Dos (2) bombas centrífugas, caudal máximo 4.500 m'/h, temperatura líquido 25” C a 150” - C, transforma la energía mecánica de un impulsor en energía cinética; transporta el agua,
ya sea caliente para las unidades secadoras o fría para los sistemas de enfriamiento de aire. De acuerdo con lo anterior, arancelariamente los equipos listados en los numerales 1 a 9, corresponden a una combinación de máquinas que conectadas unas con otras trabajan conjuntamente en la obtenciónde cápsulas de gelatina, pará envasar medicamentosq;ue conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtua de la Regla “General Interpretativa 1 están comprendidos en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 8479,89.90.00 del Arancel! de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como máquina para la elaboración de cápsulas de gelatina, para el envasado de medicamentos, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución. al señor (a) SAUL GILINSKi GROSMAN identificado (a) con Cédula de - Ciudadanía No. 8669361, RepresentanLtegeal de la sociedad C.l. FARMACAPSULAS S.A.S. con NIT 890105927, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado
(a) apardoOfarmacapsulas.com; hjimenezODfarmacapsulas.com de conformidad con lo : establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera “subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Calle 79B No. 78C-21 en Barranquilla - Atlántico de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600026 de 28 abr. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado _ ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que. contra el presente acto “administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución - en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo
319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por .. --medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | . De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y : remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita, :
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: MYRIAM INES CONSUEGRA CERPA “ Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA p |i y r ado 14
L OMA MÁY S HO MES" ' Coo Nr id vi eln ac Ci enó tn r ald e BN oo gf o6t tf ái ca Dc .i Co nes Se certifica que el Acto Administrativo ffuu e publicado.
EN, QUARO. OFICIAL SL
204%, 2630