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DIAN - Resolución 6260 de 14-06-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6260 de 14-06-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600260 (14 jun. 2023) Por la cual «s ee expide uu na Resolución de Clasificación Arancelaria Ñ a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3, 3.1 | del artículo 2 de la _ Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes | HECHOS | Mediante radicado No. 235410000000739 de 04 de febrero de 2023, el Sr. JORGE ENRIQUE ROLDAN MONTOYA, identificado con Cédula. de Ciudadanía 71.662.865 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier: interesado para la mercancía denominada técnicamente como “SILICIO BIOASIMILABE" y comercialmente como "SILISUA”. El interesado adjuntó. a la solicitud los siguientes documentos: comprobante der pago en un (1) folio y ficha técnica « en un (1) folio. El solicitante pagó quinientos noventa y / cuatro mil pesos m/cte. ($594. 000 00) según: Transferencia número 249537 de 02 de febrero de 2023 del Banco de Bogotá. E Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000108 : del 07 de marzo de 2023 este Despacho solicitó al usuario: indicar la composición química al 100% del producto SILISUA; informar el modo de aplicación; precisar la forma de

| presentación del producto; informar la función que cumple cada componente; indicar cuál es el componente absorbible por la planta y enviar una imagen clara del producto. - El usuario dio respuesta mediante escrito el radicado No. E202300010016539800013d5el 19 de abril de 2023, en 3 folios y renunció al término restante para dar respuesta, 0 Según lo señalado en el formato de la solicitud, se > indicó que se notifique al Sr JORGE ENRIQUE ROLDAN MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado jorgeenrigueroldan(Mgmail.com; silisua4700 gmail. com; o por correo en la Girección CL 73 6924 BRR LAS FERIAS, en Bogotá D. C. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600260 de 14 jun. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOSDE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenciatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor ' indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” - Partida 31.05: “Abonos minerales o químicos, con dos o tres de los elementos fertilizantes: nitrógeno, ' fósforo y potasio; los demás abonos; productos de este Capítulo en tabletas O formas similares o en envases de un peso bruto inferior O igual a 10 kg.” - Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendidó que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición ee n contrario”. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - articulos 303 a 306, : mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria á petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000739de 04 de febrero

de 2023 y E2023000100165398000135 del 19 de abril de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto. en forma de suspensión para suministrar a las plantas por aplicación dirigida al suelo. | RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600260 de 14 jun. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una , resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o La composición química del producto al 100% see determina así: : Óxido de Potasio soluble + Óxido de Silicio total= 490 gramos/Litro (SIO2 soluble en agua= 480 gramos/Litro).

Componentes: Nitrógeno Total (N)= 0%.

Fósforo Total (P)= 0% Potasio Total (K)= 16 3% “Silicio (Si) Total= 49 Mo Silicio (Si) soluble en agua= 48,0% El contenido de los componentes del producto cotrésponde . a: Óxido de Silicio Total= 75 04% PIP= ¡Oxido de Potasio soluble Total= 24,96% Presentación: Se comercializa en envase > plástico con , tapa y con n forro de papel aluminio, en presentación de 1 litro, «c on un peso aproximado de 1,77 Kg.

Uso: Se utiliza como abono en la producción de frutas, caña de azúcar, café, arroz, flores, hortalizas, cereales, aromáticas, ornamentales, palma africana o de aceite, eto. o , Características: Es Silicio bioasimilable 100%,

El producto se obtiene mediante dióxido de silicio de alta pureza el cual se solubiliza con carbonatdoe potasio para que la solución se mantenga estable; el bien está libre de metales - pesados; tiene una alta. concentración de fertilizante totalmente soluble. Se puede - suministrar a las plantas y/o cultivos por riego, aspersión, microaspersión, goteo o diluido en agua. El Potasio actúa como nutriente importante en el crecimiento y desarrollo de las plantas, ya que participa en diferentes procesos bioquímicos y fisiológicos de los vegetales, mediante la activación enzimática, síntesis de proteínas, fotosíntesis, osmoregulación, actividad : estomática, entre otras. El Silicio ionizado soluble es un nutriente aportante de ácido Orto Silícico que desempeña funciones a nivel del suelo corrigiendo el aluminio intercambiable y metales pesados que afectan la fertilidad de los suelos, mejorando la disponibilidad de. nutrientes en las plantas. - Acorde con lo anterior se tiene que el producto arancelariamente corresponde a un abono con uno. de los elementos fertilizantespotasio, presentado en envase de un peso bruto inferior a 10Kg., que de conformidad con lo dispuesto en Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendido en la partida arancelaria 31.05 de la nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida . arancelaria 3105, 10. 00. 00 del arancel de aduanas. En mérito. de lo anteriormente expuesto, la jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600260 de 14 jun. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 3105.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como un abono con uno d ellos | elementos fertilizantes, presentado en envase de un peso bruto inferior a 10Kg; en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JORGE ENRIQUE ROLDAN MONTOYA identificado con Cédula de Ciudadanía No. 71.662.865, a la dirección electrónica manifestada por el interesado iorgeenrigueroldanG2gmail.com; silisua470(gmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario CL 73 69 24 BRR LAS FERIAS en Bogotá, D.C o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los

“artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE E. e: ¡AN " Coordinación de Nobicacin POR UNA COLOMBIA MÁS UM? 00N : l val Central” Poceas m 2023-98-14 / 02:46:53 P.M... Se certifica que el Acto Adminisirativo fue public: ) 5 Fecha Acuse de Recibo /Í EA) Dia rro Dic EDICION de Pe,

"o. > Firmado» SE EZLAET TACA Garde data a A >. r Funcionalia 0 Coura. a A De conformidad con ta resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. Di RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600260 de 14 jun. 2023 Hoja No. 5 o Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi cación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

- ROBLES MARUM SONIA VICTORIA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria e Subdirección Técnica Aduanera :

Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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