DIAN - Resolución 6275 de 15-09-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6275 de 15-09-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
Ñ A E A | 2 POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600275 (15 sep. 2022) Por la cuál se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria DS a Petición de Cualquier interesado A | EL (LA) JEFE (A) DE LA. COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la : - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS Mediante radicado No. 235410000000460 de 24 de agosto de 2022, el da) Sr. (a) HECTOR STEVENS RODRIGUEZ PARRA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 80085757, de || la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GRANANDINA LTDA. NIVEL I-— EN REORGANIZACION, con NIT 860.078.039-2, “apoderado (a) o mandatario (a) de la 4 - Sociedad BOLD.CO S.A.S con NIT 901.281 5724, presentó una solicitud de resolución de || clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada 1]. técnicamente “Dispositivo móvil inteligente: bold Smart — D20” y comercialmente "BOLD SMART”. o El (ta) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud. de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica en un (1) folio, catálogo de la
mercancía en un (1) folio, fotocopia de mandato en cuatro (4) folios y copia de soporte de pago en dos (2) folio. | El (la) solicitante pagó újuinientos mil pesos mícte (s 500. 000 00) según Consignación - húmero 1011588045 de 22 de agosto de 2022 del banco de bogota al Banco de Bogotá y treinta y dos mil pesos mí/cte ($ 32.000,00) según Consignación número 871 102713 de 24 0 de agosto. de 2022 del banco de Bogotá aal Banco de Bogotá. CN Según lo señalado en el formato «d e la solicitud, se indicó que: se notifique : a (el) o (la) Sr (a y - - HECTOR RODRIGUEZ PARRA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado o (a) hector. rodriguezOgranandina. com - ¿hector757G hotmail. com; O por correo en Ja ab dirección Cra. 42 24a 36, en Bogotá, D. G. - Bogotá D.C.. E - : FUNDAMENTOS DE DERECHO a “Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codif icación de Mercancías y su dl anexo,> , aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.. o eE RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600275 de 15 sep. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o o E Para el caso en estudio se consideran las siguientes reglas y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “os títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas ' y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 6. A) del capítulo 84: “En la partida 84.71, se entiende. por máquinas automáticas para tratamiento O procesamiento de datos las máquinas capaces de: 1%) registrar el programao los programas de proceso y, por lo. menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecución de ese o esos programas; | 2”) ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario; o 39) realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario; yo 4”) ejecutar, sín intervención humana, un programa de proceso” Partida 84.71: ¡ “Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresados ni comprendidos en otra parte” : Regla General Interpretativa 6: Ñ
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectosde esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” . Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600275 de 15 sep. 2022 Hoja No. 3. a Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cuaiquier Interesado ' Resolución 046 de 2019 y sus modifi icaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas |. - Nacionales mediante las cuales se reglamentan | las solicitudes de clasificación arancelaria o el petición dee cualquier interesado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000460 de 24 de agosto E de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un aparato tecnológico «q ue está. diseñado para procesar diferentes tipos de datos de manera automática. o : | Según la información suministrada, el dispositivo tiene las siguiéntes características: a) Permite la instalación y ejecución de diferentes tipos de aplicaciones que pueden ser a EN descargadas desde la tienda de aplicaciones.
b) Contiene aplicaciones pre-instaladas como - APP bold: Aplicación diseñada para que los usuarios inicien sesión con su usuario. de bold, puedan procesar pagos con |. tarjetas con. contacto, sin contacto y por medio. de banda, ver el historial de |. transacciones, reenviar comprobantes de ventas por correo o sms y contactar al centro de ayuda de bold, entre otros - Explorador web opera: permite la navegación E en internet, búsqueda de páginas web, etc. - APP de calculadora integrada. con la que puede realizar cálculos aritméticos EL usuario puede escoger si usar la configuración de conexión Wifi ¡0 a través de red q móvil colombiana por medio de una Sim card... : e - El equipo Bold Smart internamente ejecuta procesos | necesarios en 4 segundo plano para el funcionamiento de las aplicaciones y procesos propios del dispositivo. _El dispositivo bold smart cuenta con la capacidad necesaria y suficiente para el | procesamiento de todos. los procesos anteriores sin necesidad de utilizarr algún o dispositivo 0) ayuda adicional, “Características técnicas: Dimensiones 129 mm x x 68. 5 mm Xx 17. 4 mm. 0 . / Peso1689.. : . . Sistema operativo Android 10. . . - Procesador integrado a 1.8 GHz de 32 Bits. / | . - Memoria RAM de 1 Gb e interna de 8 Gb... . 0 . - Pantalla táctil 4.0” 480x800 IPS. s Capacidad Bluetooth y Wifi, GPS. 0 Cámara 0.3 Mpx. dl idad 6 lector de tarjetas de chip EMV/PBOC bandas s triples, PCI PTS Bx -SRED'
0 4 EMV L18L2, Contactless L1, Visa. Paywave, MasterCard Paypass, Amex: 0 . Expresspay, Discovery D-PAS, Rupay . qSPARC,: PBOC L18 L2, UnionPay o QuickPass, QPBOC L1, 8L2, PCI PIN Security MasterCard TOM o -NFC. o .. Batería 2450 mAh de lones de Litio. Ñ Incluye 1 adaptador de corriente y cable tipo Cc. . - Puertos periféricos: 1 tipo C (OTG); 1 Naño SIM + 1 SIM estándar /11 SAM estándar. E 4. ranura a para tarjeta Micro SD, admite hasta 32 GB 16. : o ES RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600275 de 15 sep. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado La mercancía arancelariamente corresponde a máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador, que de acuerdo con sus componentes, sirve para procesar diferentes tipos de datos de manera automática además de realización de pagos, ingreso a internet y calculos aritméticos, que acorde con la Nota 6. A) del Capítulo 84 y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.71de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y conforme a la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8471.30.00.00 del Arancel
de Aduanas. UN o o o En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8471.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina automática para “tratamiento o procesamientdoe datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador, en aplicación de la nota 6 A) del capítulo 84 y de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenidode la presente Resolución al señor (a) HECTOR RODRIGUEZ PARRA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 80085757, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GRANANDINA LTDA. NIVEL iEN REORGANIZACION con NIT 860078039, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) hector.rodriguezWHgranandina.comhector757(O hotmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Cra. 42 24a 36 en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. — de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. A RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600275 de 15 sep. 2022 Hoja No.5 |
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación. - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE NN - Firmada- - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ANDRÉS FELIPE BECERRA ZARRATE
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ IAN Cosrinación de tacones
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