🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6295 de 17-07-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6295 de 17-07-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

Ar _ | o | NJ RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 (17 jul. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y tentendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 2354:10000000859 de 24 de abril de 2023, el Sr. JHON FREDDY el ALZATE HERREÑO, identificado con Cédula de Ciudadanía 79. 865. 422, Representante : Aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AVIATUR S.A. NIVEL 1 con NIT. 830.002.571-4, mandatario de la Sociedad HNO MOTORS MANUFACTURING COLOMBIA : S.A.S. con NIT 900.166.896-1 conforme lo indica el mandato concedido, presentó unasolicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para - la mercancía denominada técnicamente como “SISTEMA DE SUSPENSIÓN DELANTERA” - y comercialmente como “SISTEMA DE SUSPENSIÓN DELANTERA HINO SERIE! 300 5778 NARROW. mo El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud de clasificación arancelaria SARP en dos (2) folios; copiade catálogo en dos (2) folios; ficha técnica en cinco (5) folio; carta con aclaración en dos (2) folios; copia de declaración de

importación en dos (2) folios; resoluciones de clasificación arancelaria No.450 de 2022 expedida por la DIAN en cuatro (4) folios; copia de mandato aduanero en diez (10) folios. y copia de comprobante de pago en un (1) folio. El solicitante pagó dos millones novecientos setenta mil pesos M/cte: ($ 2.970. 000) según comprobante número 906699381 del 20 de abril de 2023 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. $2023000100165398000224 - del 23 de mayo de 2023, este Despacho solicitó al usuario: adicionar en el documento - || denominado “catálogo”, una fila que indique el número de unidades para cada elemento asociado, esto no aplica para elementos como: “tuercas, tornillos, arandelas. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000194 del 09 de junio dc e 2023, en tres (3) folios renunciando al término restante para responder, | Notificar el contenido de la presente resolución a la Sra. DIANA CAROLINA TOVAR AZULA,o Representante Legal Suplente de la AGENCIA DE ADUANAS AVIATUR S.A NIVEL 1 de acuerdo a la información consignada en el Registro Unico Tributario (RUT) a las direcciones electrónicas agenciadeaduanasQWaviaturcarga.com.co; notificacioneshino(dhmmc.com.co y jalzateohmmc.com.co o por correo en la dirección Calle 24B No. 10222 en Bogotá, conforme al mandato conferido. : l o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 de 17 jul. 2023 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y | otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes s Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas - partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 3 Sección XVII “En los Capítulos 86 a 88 la referencia a las partes o a los accesorios no abarca a las partes o accesorios que no estén destinados, exclusiva o principalmente, a los vehículos O artículos de esta Sección. Cuando una parte o accesoria sea susceptible de responder a las especificaciones de dos o más partidas de la Sección, se clasifica en la partida que corresponda a su utilización principal.” Partida 87.08: “Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.”

Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, . mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mísmo nivel. A efectos de esta Regla, fambién se aplilacs aNonta s de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” . . Regla General Interpretativa 3 b): “3, Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como (.) RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 de 17 jul. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual see expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materiales diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionadas para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse | aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fueraa posible determinarlo;” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307,-: - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier: interesado. . CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministradcoan el radicado No. 235410000000859 de 24 de abril de2023 y E2023000100165398000194 del 09 de junio de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una estructura metálica. sobre la cual se ensamblan de forma permanente los siguientes elementos. >

1. Un ( 1) eje rígido elaborado en acero encargado de soportar los componentes dels sistema de suspensión y parte de los sistemas de dirección y frenos. 2 Dos (2) nudillos de dirección que permiten el giro de las ruedas delanteras.

3. Dos (2) brazos de dirección encargados de recibir en movimiento generado en la cajadedirección y los transmite a los nudillos, adicionalmente, realizan la unión entre los nudillos de dirección y la barra de alineación, l

4. Dos (2) pasadores nudillos de dirección que son la unión entre el eje rígido y! los nudillos de dirección. 5, Dos (2) espaciadores g« uía “sello para aceite que corresponden al asentamiento del : rodamiento interno.

6. Dos (2) conjuntos de ' “caliper o mordaza de freno” compuestos por: cilindros de frenos, pastillas y su respectiva carcaza y soporte. 7 Cuatro (4) rodamientos de cónicos que soportan cargas combinadas y permiten el movimiento de rodadura sin deslizamiento de los. rodillos sobre las pistas de los aros : exteriores e interiores.

8. Dos (2) sellos de lubricación pará aceite que cierran los espacios entre los componentes estáticos y en movimiento y ayudan como elementos de retención de fluidos lubricantes.

9. Dos (2) conjuntos denominados cubo disco, conformados cada uno por: un (1 cubo : rueda, una (1) campana o tambor de rueda, dos (2) pistas de rodamientos cónicos, un (1) anillo ABS, que permiten a las ruedas girar o detenerse al momento de accionar el pedal del freno.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 de 17 jul. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

10. Una (1) varilla o barra de dirección; que permiten graduar la divergencia y convergencia de las ruedas delanteras de manera que ambas ruedas estén de forma paralela, incluye dos (2) rotulas de dirección que guían el movimiento de la caja de dirección hacia las ruedas de manera controlada para evitar que la transmisión de movimiento sea muy rígida.

11. Dos (2) pines de seguridad que se utilizan en conjunto con tuercas ranuradas evitando que estas se suelten por la vibración.

12. Dos (2) sensores de velocidad ABS.

13. Dos (2) amortiguadores que absorben la energía cinética que genera la ballesta controlando los movimientos de la suspensión y mantener el vehículo estable.

14. Dos (2) resortes de ballestas que apoyan al vehículo contra impactos por baches.

15. Cuatro (4) sujetadores metálicos que sujetan las balletas al eje rígido.

16. Dos (2) mangueras para realizar la transmisión del líquido de frenos. - 17. Tuercas, tornillos y arandelas que permiten sujetar y unir las piezas antes mencionadas.

Conforme a lo indicado por el usuario, la estructura metálica más los. elementos mencionados conforman el sistema de suspensión delantera de vehículos tipo camión, utilizados en el transporte de mercancías y se utiliza para dar estabilidad y protección al - mismo contra golpes en terrenos accidentados permitiendo su adecuado funcionamiento. Acorde con lo anterior, se concluye que arancelariamenteel producto corresponde a un conjunto de partes dispuestas de forma permanente sobre una estructura metálica utilizada para ensamblar vehículos destinados al transporte de mercancías de la partida 87.04, visto lo anterior, el producto en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, se clasifica en la - partida 87.08 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado. Ahora bien, para determinar la subpartida arancelaria se toma en consideración que el conjunto está conformado por la unión de diferentes partes, entre las cuales se incluyen (partes del sistema de dirección y frenos y del sistema de suspensión), que en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 y en concordancia con la Regla General interpretativa - 3b se confiere el carácter esencial al sistema de suspensión, por lo que el producto se clasifica en la subpartida 8708.80.90.90 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir,

Quinientos noventa y cuatro mil pesos M/cte. ($594.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de Dos millones trescientos setenta y seis mil pesos M/cte., ($2.376.000.)qu,e podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. - En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8708.80.90.90 del Arancel de Aduanas, como un sistema de suspensión RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 de 17 jul. 2023 Hoja No. 5

Continuación del a: cto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. delantera, para vehículo tipo camión de acuerdo con-la Nota 3 de la Sección XVII y las Regla General Interpretativas 1. y 6 (en aplicación mutatis mutandis de la Regla General interpretativa 3 b) del mencionado texto arancelario, contenidas enn el Decreto 11 881 de 2021 : y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución Sra. DIANA CAROLINA TOVAR AZULA, lidentificado con Cédula de Ciudadanía No 52.868.540 Representante Legal Suplente de la AGENCIA DE ADUANAS AVIATURA S.A . 935051, con NIT 830.002.571-4 a las direcciones electrónicasagenciadeaduanasOMDaviaturcarga.com.co; notificacioneshino(Ohmmc.com.co; - jalzateOhmmc.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto : - 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la - resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolució0n39 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica,e l presente acto administrativo se : notificará por correo a la dirección procesal informada en el mandato conferido Calle 24B

  • No. 102-22 en Bogotá D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la : Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección de conformidad con lo. establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1 165 de 2019, ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con . lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos de y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución | enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo - 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en fii rme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SS I ú

A UNA COL( O N NIN Coordinación da Notificaciones sel Pantraj Barcia De ss E_SNe cDeor ttiecsa que ePl EAcAto e e Admiinistsratt a pal Y fran z : de) | De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. :

ROBLES MARUM SONIA VICTORIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600295 de 17 jul. 2023 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto; SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL

Revisó: LEONARDO RICO

Consultar sobre este documento ...