DIAN - Resolución 6308 de 12-10-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6308 de 12-10-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
A DIMAS,dE POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA CC RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600308 - - (12 oct. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: SS a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERAEn uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la | - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000000348 de 01 de julio de 2022, la señora Melby Cecilia - Bernal, identificada con cédula de ciudadanía 52.296.650, Representante Lega! Suplente i o de la Agencia de Aduanas Andina de Aduanas S.A.S Nivel 2, con NIT:830.004.745-8, mandatario de la sociedad The Elite Flower S.A.S C.l con NIT 800.141.506-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como MEZCLADORAS DE SUSTRATO | yo comercialmente como MEZCLADORA DE SUSTRATO MC4 120. La interesada adjuntó. a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica de la máquina en dos (2) folios, fotocopia de mandato aduanero en cuatro (4) folios y copia de comprobante de pago con :
- transferencia en un (1) folio. o Ñ E La. solicitante pagó quinientos treinta - y. dos. mil pesos mícte ($ 532. 000 00). según transferencia número 30323756 del 11 de] junio de 2022 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000412 del 22 de agosto de 2022 este Despacho solicitó a la usuaria: explicar cómo funciona la máquina e indicar cuáles son las materias primas utilizadas en la mezcla y cuáles producto E final obtenido. La usuaria responde mediante escrito radicado No. -E2022000100165398000293 del 13 de septiembre de 2022, con dos (2) ffeo lios, renuriciando a al término restante para responder, : Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que s« e notifique a la señora , Melby : Cecilia Bernal, la dirección - electrónica manifestada por - la. interesadajefecomexQinterandina. com - dianaosorioGinterandina.com; o > Por correo en la dirección . carreraa 13 No. 28.- 01, Oficina 402, en Bogotá [D . £.
| CUNDAMENTOS DE DERECHO |
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600308 de 12 oct, 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto . único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. - Para el caso en estudio se consideran las siguientes ñocias y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1 | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: "(..) Partida 84. 36: “Las demás máquinas y aparatos para la aoricultura, horticultura, silvicultura, avicultura O - apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados : y las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus moditéaciones - artículos 302 a 306,
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. l Resolución 046 de 2019 y sus modificacionedse la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición dee cualquier interesado. : : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | - Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000348 de 01 de juliode 2022 y E2022000100165398000293 del 13 de septiembre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una máquina que mezcla materiales minerales y orgánicos sólidos diferentes al suelo. : La máquina mezcladora permite unir de manera homogénea los diferentes componentes para obtener una mezcla perfecta en la elaboración de sustrato el cual conforme con la | An RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600308de 12 oct. 2022 Hoja No. 3. o Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado información aportada no tiene las propiedades de 'un abono. internamente el mezclador Presente Un rotor oscilante de dos espirales que se constituyeenn el corazón de la máquina. E Para la operación de la máquina se adiciona turba que consiste en un musgo spagnum la cual mediante el sistema giratorio de los espirales va desprendiéndola y desmoronándola, posteriormente se adicionan los demás componentes - como son perlita, vermiculita, agregados orgánicos (cortezas de pino, orugo, etc.) y agua que al continuar con el accionar
giratorio de los espirales va mezclando todos los elementos en forma homogénea hasta: E obtener el sustrato. La máquina mezcladora MC1120 cuenta con una tolva cc on capacidad máxima de 1. 150 yoo capacidad operativa de 900 l; un rotor oscilante de doble espiral en acero de alta resistencia, | -.con diámetro de 800 mm, 23 rpm y un motor que juntos entregan una potencia de 4 kW; : puerta corredera de carga; sistema de descarga que puede ser manual o automático, con sensor de nivel, equipo de humidificación manual o automático, sistema de lubricación: E rápida; accesorios como ruedas para desplazamiento, sistema de pesaje electrónico, cinta | de salida extendida, panel de control equipado con pantalla para pesaje electrónico. Además. la mercancía cuenta con un sistema denominado “PRESSATORBA" que cuendo alos la máquina trabaja en 1 automático realiza tacos de turba prensada listos para la siembra. De acuerdo con la anterior información, se establece. que: la mercancía aranceláriamente : consiste en una máquina mezcladora de productos para la agricultura distintos de los abonos, que de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1, está comprendida en la. partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla |. General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.80.90,00 del Arancel de : Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución enla.
subpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como una mezcladora para la agricultura, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado . o texto arancelario, contenidas. en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente E - Resolución a la señora Melby Cecilia Bernal identificada con cédula de ciudadanía No. 52.296.650, Representante Legal Suplente de la Agencia de Aduanas Andina de Aduanas S.A.S Nivel 2, con NIT 830.004.745-8, a la dirección electrónica manifestada por la interesada: jefecomexQinterandina.com - dianaosorioQinterandina.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo -137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el o artículo: 114 de la: resolución 039 de 2021. De no serr posible la notificación: en forma electrónica, el presénte acto administrativo se - notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, o de manera: - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas RESOLUCIÓN NÚMERO 202200398060030d8e 12 oct. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Nacionales en la dirección Carrera 13 No. 28 -- 01, Oficina 402 en Bogotá D.C., de
conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la ¡ey 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-10-12 103:01:15 P. M.
NErimato ES Firmado: : De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. :
- FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: RAUL VARGAS . 0) Y PS a A Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA AEA N homer Sid e SNooatnitfái caDciOon.es Se cerca que el Acta. Admin trativo fue ubica o ENT .
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