DIAN - Resolución 6312 de 14-10-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6312 de 14-10-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
. POR UNÁ COLOMBIA MÁs HONESTA. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600312 (14 oct. 2022).
Por la cual sé expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado OS EL (LA) JEFE o) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DEE | _LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA — En uso de las facultades legales q« ue le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Ñ Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. HECHOS Mediante radicado No. 235410000000377 de 18 de julio de 2022. el (la) Sr. (a) SANTIAGO -.RENGIFO MORENO, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 91.110.596, en calidadagente de aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ALADUANA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 830.010.905-4, apoderado (a) o mandatario (a) de la Sociedad COMPAÑIA NACIONAL DE CHOCOLATES S.A.S QUE PODRA UTILIZAR PARA. TODOS LOS + EFECTOS LA DENOMINACION "CNCH, O " NACIONAL DE CHOCOLATES S.A.S" con NIT. 811.036. 030-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente - como "SISTEMA DE CONVEYORS (BANDAS DE TRANSPORTE)” PA E El (la) interesádo (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: oras general 1
en diez (10) folios, catalogo del producto en ocho (8) folios, copia del poder o mandato en 4 en siete (7) folios y comprobante de pago en un (1) folio. : El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mícte ($ 064. 000 .00) según E Transferencia número O de 15 de julio de 2022 del Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá. E Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000420 a del 23 de agosto de 2022, este Despacho solicitó al usuario: (a): Aclarar. si las bandas transportadoras su sistema de transporte es continuo, indicar el tipo de banda si es de “correa, cintas, etc., confirmar el tipo de banda, confirmar los componentes del sistema de : equipos, relacionar, cantidad, características físicas o técnicas y función, indicar como son. distribuidas las cajas en las bandas para su posterior distribución a los diferentes clientes. Elo (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000266 . del 30 de agosto de 2022, con 3 folios. Renunciando al término restante para dar respuesta. . Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se > notifique a (el) o (la) Sr (a) - SANTIAGO RENGIFO MORENO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) IbernalGaladuana.comsrengifoQaladuana. com; O por correo. en sa, dirección Carrera o - 103 No. 25b86 piso 3, enn Bogolá, PD, C. a
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600312 de 14 oct. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó - el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de : Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y: otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, . cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente
definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.28 “Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores", escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos).” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus OdÍRCácionis - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria - apetición de cualquier interesado. 82 o RESOLUCIÓN NÚMERO q onSNRPEb02N2 se ve set. 2028 Hole 3 ses Continuación del acto administrativo por el. cual se expide una: resolución de Clasif icación: l Arancelaria a Petición de > Cualquier Interesádo Ml - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - “Según llea información suministrada don el radicado No. 23541 0000000377 de 18 de julio de
2022, y E2022000100165398000266 del 30 de agosto de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema de transporte compuesto por una | - serie de bandas para transportar cajas del producto t1 erminado o y está comprendida por los ¡ o siguientes pasos.
1. Primer paso, en el proceso: de alistamiento de “pedidos las cajas: son:p uestás enn diferentes puntos de los transportadores, especificamente en transportadores ubicados sobre el mezanine in rack que tiene 4 niveles y transportadores en cada uno de los E niveles, para poner las cajas (inducción de cajas. al sistema de transportadores)... - 2. Segundo paso, las cajas son transportadas hacia el sistema de clasificación automática, 0 ES - las cajas contienen una etiqueta, la cual, tiene la información para ser dirigida hacia t de las 4 salidas que tiene el sistema de clasificación, está información es capturada por --3 lectores de códigos de barra y por medio del software y la automatización, las cajas E Son desviadas por el sorter a la salida correspondiente.
Los componentes que hacen parte del sistema son los siguientes: EN Una (1) Banda: ancho 24”, largo 22” o" superficie impreghada. : N . Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 18” 0” acero al carbono: A «Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 3” 0” acero al carbono. ES R - Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 18” 0” acero al carbono. A - Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 2” 9” acero al carbono.
D Una (1) Banda: ancho 18” largo-116” 6” superficie impregnada. - Una (1) Banda de acumulación: ancho 24" largo 3” 0” acero al carbono. Y n Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 21”-0” acero al carbono. o o S Una (1) Banda: ancho 18 largo 96” 3” superficie impregnada.: o : 10. Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 18” 0” acero al carbono. --11.Una (1) Banda: ancho 18” largo 96” 3” superficie impregnada. on 12.Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 18” 0” acero al carbono... -13.Una (1) Banda: ancho 18” largo 96” 3” superficie impregnada. o -14.Una (1) Banda de acumulación: ancho 24” largo 18” 0” acero al carbono. 15, Una (1) Banda para separación: ancho. 24” superficie impregnada.. : - 16.Una (1) Banda para separación de cajas ancho 24” 12” 0” acero al carbono.
17. Una (1) Banda para separación de cajas automáticas ancho 30" largo: 99 2" superficie o impregnada. -18.Una (1) Banda de acumulación: ancho 30" largo 6 0” acero al carbono. -19.Una (1) Banda: ancho 24” largo 70” 9” superficie impregnada...
- 20.Un (1) Transportador de rodillo con acumulación de contacto ancho 24 largo 65" o o acero al carbono. - --21.Un (1) Transportador de rodillo MDR: áncho 24 largo 15" S” acero al carbono. 22.Un (1) Transportador de curva de rodillo: ancho 30” acero al carbono: 23.Un (1) Transportador de curva de rodillo: ancho 30” acero al carbono. -24.Un (1) Transportadodre curva de rodillo: ancho 30” acero al carbono. -: - 25.Un (1) Transportador de curva de rodillo: ancho 30” acero al carbono. 26.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 30” largo 28” 9” acero al carbono: 27.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 30” largo 28” 9” acero al carbono... : -28.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 30" largo28 ” 9” acero al carbono. 29.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 30” largo 28” 9” acero al carbono. 30.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 18” largo 29” 0” acero al carbono. << 34.Un (1) Transportadorde gravedad de rodillo: ancho 18” largo 53" 0” acero al carbono...
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600312de 14 oct. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 32.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 18” largo 53” 0” acero al carbono. 33.Un (1) Transportador de gravedad de rodillo: ancho 18” largo 53” 0” acero al carbono. Del (análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los : - numerales 1 a 33 corresponden a una: combinación de máquinas que trabajan - conjuntamente en el transporte de mercancia de acción continua, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV! y de la Regla General Interpretativa 1 queda comprendido en la partida 84.28 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General Interpretativa 6 se e clasifica en la subpartida 8428.39,00.00 del Arancel de Aduanas. - En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasiñoi cación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8428.39.00.00 del Arancel de Aduanas, como los demás aparatos transportadores, de acción continua para mercancia de acuerdo con la Nota 4 de la SecciónXVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 ys sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica; el contenido de la presente Resolución al señor (a) SANTIAGO RENGIFO MORENO identificado (a) con Cédula de
Ciudadanía No. 91.110.596, Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANASALADUANA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 830.010.905-4, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) lbernalGaladuana.com - srengifoWaladuana.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se . “notificarpáor . correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 103 No. 25b - 86 piso 3 en Bogotá, D.C. de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del DecretoJ á 165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437: de 2011. o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o ARTÍCULO QUINTO. E Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600312 de 14 oct. 2022 Hoja No. .5Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier IIr nteresado NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
o FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA |
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET.— “Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA e IAN "Coordinación de Notificaciones , : E POR UNA COLOMBIA MÁS HANE?A ue) Central Bogotá D Cc A blas .
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