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DIAN - Resolución 6319 de 10-08-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6319 de 10-08-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600319 (10 ag0.2029) “Por la cual. se expide una. Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA [D E LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Em uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la Resolución. | 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. NN HEC HOS Mediante" radicado. No. -235410000000848 de 18 de abril de 2023, el Sr. SILVIO. ANTONIO - | VILLACOB GUEVARA, identificado con cédula de ciudadanía 9.132.065, representante legal Il suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS HUBEMAR S.A.S NÍVEL1 , con NIT 890.403.0776, mandataria de la sociedad PAPELES NACIONALES S.A. con NIT 891 400. 378-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la o mercancía a denominada técnica y comercialmente como “LÍNEA DE EMPAQUE DE HIGIÉNICOS” El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos o (2) folios, descripción de la mercancía en cinco (5) folios, diagrama de flujo en tres (3) folios, catálogo len dos (2) folios, traducción oficial información máquinas empacadora y envolvedora en ocho (8)

folios, lista de equipos en un (1) folio, mandato aduanero en ocho (8) folios y comprobante de pago : enun (1) folio. o El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil. pesos mícte. ($ 1.188.000 ,00). según y transferencia No. 40 del 29 de marzo de 2023 de Bancolombia al banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No, 82023000100165398000228 del 23 de o mayo de 2023 este Despacho solicitó al usuario: aclarar algunos aspectos técnicos de las máquinasy de la forma como intervienen en el proceso descrito en la solicitud. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000225 del 29 de Junio | de 2023, con Cuatro A) folios, o renunciando al término restante del requerimiento, o 0 o - - Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique aa Sr. SILVIO ANTONIO VILLACOB - GUEVARA, a la. dirección electrónica manifestada por el interesado -: egutierrezQhubemar. com - eelguedo(Ohubemar.com; 0 por correo en la dirección Avenida Calle 26 96 J-66 OFC. 212 EDF. Optimus, en Bogotá, D. C. FUNDAMENTOS DE DERECHO o | Convenio del Sistema Armonizado de Designación” y y Codifici cación de Mercancías y su anexo, % aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante e Ley ge de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600319 de 10 ago. 2023 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida - correspondiente a la función que realice.” Partida 84.22: “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; - máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas,

sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías - (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificaciónde mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis : mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del | mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvodisposición en contrario.” Ñ Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000848 de 18 de abril de 2023 y E2023000100165398000225 del 29 de junio de 2023 la mercancía objeto de clasificación . arancelaria, se describe como una combinación de máquinas para empaquetar productos de papel de uso higiénico y doméstico, mediante el siguiente procedimiento:

Los rollos de papel higiénico o toallas papel de uso doméstico, provenientes de la cortadora sondepositados en la banda transportadora que los conduce por dos carriles a las envolvedorasencargadas de recubrirlos de manera individual con película plástica termosellable. A continuación, - N E ¡ -- RESOLUCIÓN NÚMERO 20230039806003d1e 91 0 ago. 2023 Hoja No.3.— - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado los productos en su empaque individual salen de las envolvedoras por cuatro carriles dee transporte - hacia la empacadora ensacadora para agruparlos en lotes de 12 unidades y posteriormente, en : - pacas por 4 paquetes de 12 unidades, cada una (pacas por48 unidades). En esta etapa del proceso, los rollos o toallas son agrupados y sobre envueltos, igualmente, con plástico termosellable. - Finalmente, las pacas se evacuan en estibas.. El conjunto de envolvedoras está en capacidad de formar 200 paquetes por minuto cada una, por su parte, la empacadora ensacadora puede conformar de 15 a 130 paquetes por minuto y el proceso se programa y controla mediante PLC : Las máquinas de la solicitud se detallan a continuación: | 4 Dos 2) envolvedoras equipadas internamente con selvomotofes bandas sélladorás. pintones, o] o “cadenas, sensores, guías y guardas; incluye: armario eléctrico y banda transportadora; máquina - multirrollo servo secuencial de alta velocidad, derecha, para envolver rollos de papel higiénico y

  • toallas de uso doméstico en formatos de capa simple con materiales termosellables PE o EPI, con entrada de producto automática desde 2 carriles y funcionamiento electromecánico / neumático, control electrónico mediante PLC y ejes de movimiento, velocidad mecánica de hasta 250 ciclos / minuto, tensión principal: 480 V 60 Hz tres fases y tierra, voltaje de control: 24 ..

VDC, potencia instalada: 40 kVA, potencia absorbida: 24 kVA aprox., cableado: de baja tensión, consumo de aire: 900 NL / minuto, presión de trabajo: 6 bar (0,6 MPa), calidad del aire: seco y . filtrado, con bastidor RAL 7037 gris oscuro, armario eléctrico: RAL 7035 gris claro, protectores - | de seguridad: aluminio brillante; para papel higiénico de 90 a 150 mm de diámetro y 90280 mm “de longitud y toalla de papel de 90 a 150 mm de diámetro, de 90 a 280 mm n de longitud, material e de embalaje: polietileno. o polietileno termosellable.

2. Una (1) empacadora ensácadora equipada internamente c con servomotores, bandas selladoras, - . pintones, cadenas, sensores, guías, guardas, incluye: armario eléctrico y banda transportadora; - - máquina automática, flexible de alta velocidad para agrupar y sobre envolver paquetes de rollosde papel higiénico y toallas de uso doméstico con núcleos horizontales y verticales, a partir de -- bobina simple de polietileno, con entrada de producto: automática desde 4 carriles, operación - -electromecánica/meumática y control electrónico por PLC y ejes de movimiento, velocidad

. mecánica: envolvedora hasta 130 ciclos/minuto; empaquetadora hasta 15 ciclos/minuto, tensión - - principal: 480 V 60 Hz, tres fases y tierra, voltaje de control: 24 VDC, potencia instalada: 25 kVA, potencia absorbida: 17. kKVA aprox., cableado: de baja tensión, consumode aire: 1400 NL / minuto, presión de trabajo: 6 bar (0,6 MPa), calidad del aire: seco y filtrado, bastidor de la máquina: RAL 7037. gris oscuro, armario eléctrico: RAL 7035. gris claro, protectores de seguridad: aluminio brillante, rango de dimensiones de! producto BRT (rollos de papel higiénico): : diámetro del rollo: 90+150 mm, corte de rollo: 90+130 mm, tolerancia de los rollos: + 1,5 mm, rango de dimensiones del producto HHT- (rollos de toallas domésticas): diámetro del rollo: 90-150 mm (opción: máx. 165 mm en 2 carriles laterales), corte de rollo: 180+300 mm, tolerancia : _de los rollos: + 1,5 mm, capacidad de la gama de envoltorios (dimensiones finales del paquete), ' ancho del paquete: 180+580 mm, , Profundidad del paquete: 180+560 mm, altura del paquete: : - 90+300 mm. Según lo anterior, las mercancías listadas en los numerales 1 yy 2 arancelariamente, corresponden a una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para envolver y empaquetar rollos y.

A toallas de papel con plástico termosellable... Por consiguiente, aa la mercancía le cotresponde clasifici carse en "la partida 84.22 de la Nomenclatura : Arancelaria, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla. General Interpretativa 1 y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la l - subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas de Colombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaría de la Subdirección Técnica Aduánera, RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600319 de 10 ago. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas para envolver y empaquetar rollos y toallas de papel, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al Sr. SILVIO ANTONIO VILLACOB GUEVARA identificado con cédula de ciudadanía No. 9.132.065, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS HUBEMAR S.A.S NIVEL

1 con NIT” 890.403.077-6, a la dirección electrónica manifestada por el interesado - cgutierrezOhubemar.com - eelguedofMhubemar.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. : De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario Avenida Calle 26 H 96 J - 66 OFC. 212 EDF. Optimus en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de

"1998. : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. : NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - . 1.) LAN Coordinación de Nuticació, POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA tivel Central Bonnts mn. - Se certifica que el Acto Administrativfous publicada TEN, DIAZ: OPICIAL, EDICION No De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600319 de 10 ago. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

  • Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

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