DIAN - Resolución 632 de 02-05-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 632 de 02-05-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA -- RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600032 (02 may. 2022) - Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria o a Petición de Cualquier Interesado ' ES pra EL( (LA)SJ EFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE o | | LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3. 1 del artículo 2 de la. e a Resolución 070 de 2021 y teniendo. en cuenta los siguientes E | Mediante radicado No. 2354100000001 15 de 14 den marzo de 2022, el (la) Sr. (a) THOMAS Ñ - CHRISTIAN PETERS RAUTE, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 80409542, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL: 1, con NIT 830003960-0, mandatario (a) de la Sociedad ESPUMAS SANTANDER S.A. S. con NIT 800089439-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada comercialmente como "UNIDAD FUNCIONAL + ij PARA: APERTURA DE FIBRA SILICONADA, RELLENO Y FABRICACIÓN | DE MN ALMOHADAS Y COJINES" o : : El (la) interesado ((aa ) adjuntó a la solicitud los siguientes dociimentos: manual de uu so de la - Unidad Funcional en dos (2) folios, ficha técnica en un (1) folio, tabla de capacidades de
producción en un (1) folio, diagrama de flujo en tres (3) folios, listado de componentes en un (1) folio, plano en un (1) folio, fotografías en dos 2 folios, mandato en cuatro 4) folios y copía del recibo de pago ee n unn m folio: IN El (la) solicitante pagó un 'millón sesenta. y cuatro" mil pesos m/cte (s 1. 064. 000 00) Según : Consignación número 1008045872 de 10 de marzo de 2022 del Banco de Bogotá. : Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que: see notifique a (el) o (la) Sr (a) . OLGA MOSQUERA BURGOS, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) olga.mosquera(Qcolmas.com.co; astrid.montanez(Ocolmas.com. co; 0 por. correo en la. dirección CARRERA 98 No 25610 INT 18, en Bogotá, D. C.. E ni FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de. Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o | Acuerdo. de Cartagena aprobado. por Colombia mediante Léy ga de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600032 de 02 may. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo deCartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” : Nota 4 de la Sección XV! “Cuando una máquina o úna combinación de máquinas estén constituidas por elementos . individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, . comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida . correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte : de este Capítulo.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancias en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis 'mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” :
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación . arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000000115 de 14 de marzode 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como equipos que : se encargan de la separación de fibras siliconadas de poliéster y el relleno de unas fundaspara formar almohadas y cojines. oo. La fibra siliconada compactada es alimentada por un operario en una banda transportadora, expandiéndola manualmente, para continuar hacia el rodillo abridor, que mediante rotación -. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600032 de 02 may. 2022 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | y por medio de unas aspas hace la apertura del material, dando como. resultado las fbras : Ñ abiertas o expandidas.
Un soplador succiona las fibras: y las dirige: ala bifurcación de las boquillas de salida, que consiste en dos conductos que se acoplan cada uno a una mesa, en esta parte, un operario -. toma una funda la ajusta a la boquilla para ser llenadas con el material, de acuerdo con el :
A peso programado, este proceso : se > repite alternadamente entre una mesa a y otra. El proceso de producción se realiza por medio de los siguientes « equipos: | 4. Una (1) banda transportadora en polietileno. y rodillos metálicos, dimensiones 62 Xx 113 0 centimetros; su función es transportar y alimentar con la materia prima: al abridor. Ñ . 2 Un a) todillo abridor, gira para separar 0 abrir la firma compactada, cuenta con una a (1) l + válvula de salida que controla el paso del material hacia la turbina...
3. Un (1) soplador, con motor de 4,0 Kw, succiona e impulsa la materia prima desde el : Cilindro. abridor hacía la válvula de salida; direccionándola a las boquillas de salida. . : 3. 1 Dos e controles de válvulas de salida, bifurcación de los conductos de salida a las boquillas. AS o o 3. 2 Dos 2) conductos de salida, permite el paso de la materia prima a abierta | 4. Un (1) gabinete de control, para controlar el proceso de los equipos, compuesto por: A, 1 Un (14) tablero de mando, integrado por uu na pantalla PLC de 7, , para la parametización ' y configuración de las partes electrónicas de la unidad, a o 4.2. Una (1) botonera, formada por botones e interruptores, que controlan el encendido y. apagado de las partes mecánicas y la activación de las válvulas de las boquillas. de salida. e l 5. Dos (2) boquillas de salida, de ocho centimetros de diámetro, en material metálico o con y ajuste. a la mesa, Permite la salida controlada de la fibra abierta. Ñ
6. Dos (2) mesas en material metálico, con placas de inóvimierito mecánico, ditnensiónes 130 Xx 70 centímetros, soportan y ajustan la funda durante el llenado cc on la fibra.
Ñ Tiene una capacidad de producción de 120 unidades de almohadas por hora. o 1500 cojines por hora. De acuerdo con lo anterior, arancelariaménte los equipos listados € en los numerales 1 a 6 ' Ñ corresponden a una combinación de máquinas que «trabajan conjuntamente en. la o: - fabricación de almohadas y cojines; que conforme con las disposicionedse la Nota 4 de la. |. Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 están comprendidos en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica por la subpartida:, 8479. 89. 90. 90. del -ArAneS dela o | Aduanas. o E En mérito de lo anteriormente expuesto, el 0 la Jefe (A) de la Coordinación de Clasif icación | Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600032 de 02 may. 2022 Hoja No. 4 - Continuaciódnel acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la - - subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como máquinas para la fabricación de
almohadasy cojines, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) OLGA MOSQUERA BURGOS identificado (a) con Cédulade Ciudadanía No. 51766115, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL 1 con NIT 830003960-0, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) ¡interesado (a) olga.mosquera(Wcolmas.com.co; . astrid.montanezOHcolmas.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CARRERA 98 No 25G-10 INT 18 en Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. e - % e os o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 . de la Ley 489 de 1998. O o o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE td AN
IS Coordinación de Notificaciones .'' irorunncofomeammoáwrs= 58] Central Bogotá D.C LM DATA) ) Acto Adrpinisptraadti vo p ftíicio!, h Pe) IO”, da ZA De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600032 de 02 may. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: MYRIAM INES CONSUEGRA CERPA
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ
ASE Coordinación de Notificaciones LFOR UBA COLOMBIA MÁS HONESTA Nivel Central Bogotá DC a ue elY eci o AAd inti rat Araio fleéop ublicadpou,bl icado, : mz L67 A 170 TIOS