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DIAN - Resolución 6320 de 20-10-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6320 de 20-10-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

BZ > LAN eL POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA e RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600320 - (20 oct. 2022) Por la cual: se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado l ELJIJ EFE (A) DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA a SU BDIRECCIÓN TÉCNICA ADUAN ERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la o : Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS. | Mediante radicado No. 235410000000226 de 02 de mayo de 2022, el señor Rafael Gómez Pedraza, identificado con cédula de ciudadanía 79.903. 122, Representante Legal de la sociedad Agencia de Aduanas Roldan S.A.S Nivel 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario - de la sociedad Banco de Occidente con NIT 890. 300. 279-4, presentó una solicitud de. - resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la: mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL — PLANTA DE INCUBACION. - Y - NACIMIENTO - CON. SUS - RESPECTIVOS AMBIENTES CONTROLADOS”. | . El interesado adjuntó ; a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de - resolución de clasificación arancelaria en dos (2) folios, escrito con el proceso de la planta de incubación en tres (3) folios, ficha técnica del equipo X-StreamerTM 24S HD en dos (981

folios, ficha técnica del equipo X-Streamer'" 8H HD en dos (2) folios, catálogo del equipo X-StreamerTW en trece (13) folios, diagrama de flujo de la planta de incubación en tres SY). folios, plano en un (1) folio, fotocopia de mandato en ocho (8) folios y | comprobante de pago. p mediante transierencia bancaria en unn m) folio. -El solicitante pagó. un millón sesenta y cinco mil: pesos micte. (51. 065. 0000 0,00) según] transferencia número 231042221 160001: del 25 de abril de 2022 del Banco de Occidente al: Banco de Bogotá. Mediante. Requerimiento de Información. AdicionalRIA. No. S2022000100165398000281. - del 14 de junio de 2022, este Despacho solicitó al usuario: aclarar donde inicia el proceso de la unidad que solicita ser clasificada, resumir el proceso que realiza la unidad de acuerdo alo indicado en el numeral anterior; explicar cómo se conectan o acoplan: los diferentes | - equipos que intervienen en el proceso y conforman la unidad; explicar en qué consisten la unidad de tratamiento de aire y los elementos que la componen, el sistema OvoScan'" con 3 dispositivos de análisis, analizador CO2NTROLTM; anexar una tabla o cuadro. Excel. relacionando los equipos que conforman la unidad, especificando para cada uno nombre del equipo, cantidad, características físicas 0 técnicas, dimensiones y breve: resumen de su función. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600320 de 20 oct. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Con solicitud realizada en el sistema de fecha 13 de agosto de 2022, el interesado solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2022000100165398000470 del 06 de septiembre de 2022. El usuario responde mediante : radicado No. E2022000100165398000285 del 12 de septiembre de 2022, con 5 foliosrenunciando al término restante para responder. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al señor Rafael Gómez Pedraza, a la dirección electrónica manifestada por el interesado fsterlingOroldantogistica.com - drubiosHbancodeoccidente.com.co; o por correo en la dirección Carrera 100 No. 25 B - 40 en Bogotá D.C. : FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su : anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, o Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sS us modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y | otras disposiciones. “Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor

indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contranas a dos textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” 0 Nota 4 de la Sección XVI. “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables ' - eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, - comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”. Partida 84.36' “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o: apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos O térmicos Íncorporadosy las incubadoras y criadoras avícolas”. Reglá General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma a partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, : mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse 53 E RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600320 de 20 oct. 2022 Hoja No. 3 o o “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado -

“subpartidas del mismo nivel..A efectos de esta “Regla, también se aplican |l as Notas de dE Sección y de Capítulo, salvo disposición €e n contrario. ES e e Decreto. 1165 de 2019. del Gobierno Nacional y sus modificaciones - “artículos 302 a: 307, + mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasifii cación l : arancelaria a 2 petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y. sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. po CONSIDERACIONES DEL _DESPACHO | Según | la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000226 de 02 de : mayo de 2022 Y. E2022000100165398000285 del 12 de septiembre de 2022 la mercancia Objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema ambientado para facilitar la incubación y nacimiento de polluelos... A Con los huevos fértiles, seleccionados y limpios se> alimentan manualmente las maquinas o incubadoras con sus propias bandejas encarradas, estos huevos permanecen en la. máquina incubadora aproximadamente entre 18 a 21 días, a una temperatura de 24 grados dd centígrados, con humedad y oxigeno (C0O2) controlado mediante su unidad de tratamiento de aire para favorecer el desarrollo embrionario, pasado este periodo de tiempo, los huevos |: fértiles confirmados mediante ovoscopía (miraje) se trasladan a las maquinas nacederas o NS

  • (mediante proceso manual) donde permanecen durante 3 días en unas canastas especiales a temperatura de 24 grados centígrados con ambiente controlado de humedad, ventilación: | - y oxigeno (C02) en espera del nacimiento del polluelo, etapa en la cual finaliza e! l proceso Bl E que realiza la mercancía.

Posterior los polluelos pasaran al proceso , de selección para determinar si es hembra o bo macho y luego a la comercialización de aves de un día de nacidas. La planta se controla mediante un panel de contro! eléctrico. La planta para su funcionamiento está conformada por las siguientes máquinas y equipos: 3 de Seis (6) Incubadoras XStreamerTM XSTR248 HD OX: sus dimensiones son de 3 CONO : Ñ m de alto x 4,19 m de ancho x 7.04 m de profundidad; permanece a una temperatura de | ambiente de 24 grados centígrados, tiene una potencia de 19,4 kW. La carga única es | de 129.024 huevos en 24 carros, su función es incubar los huevos hasta el día de. transferencia o los 18 días. -2. Tres (3) nacedoras XStreamerTM XSTR- -8H HD ox: sus dimensiones son de 2, 75 m. - de alto x-3,36 m de ancho x 3,72 m de profundidad; permanece a una. temperatura - ambiente de 24 grados centígrados, tiene una potencia de 19,4 kW. La carga única es de 43.008 huevos en 8 carros, su función es permitir la eclosión del pollito, en esta. máquina los embriones duran 3 días. -3. Una (1) unidad de tratamiento del: aire. para incubadoras: se compone |d e una

o manejadora. con requerimiento electrico de 220 VAC - 60 HZ, un motor (interno) de 3 0 kW de potencia, filtro de aire tipo tapiz (interno), tipo de filtro para tamizaje de aire, | - ductos en lámina galvanizada, sus dimensiones son de 200, 450 y 630 mm de diámetro . --x.6.000 mm largo. Está unidad controla ambiental las unidades de tratamiento de aire y |. 3% las bombas que acondicionan. las salas incubadoras y nacedoras,

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600320 de 20 oct. 2022 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

4. Una (1) unidad de tratamiento del aire para nacedoras: se compone de una manejadora con requerimiento electrico de 220 VAC - 60 HZ, un motor (interno) de 1,8 kW de potencia, filtro de aire tipo tapiz (interno), tipo de filtro para tamizaje de aire, ductos en lámina galvanizada, sus dimensiones son de 200, 450 y 630 mm de diámetro x 6.000 “mm largo. Está unidad controla ambiental las unidades de tratamiento de aire y las bombas que acondicionan las salas incubadoras y nacedoras. eN

5. Un (1) panel de control eléctrico: con potencia de 3,2 kW, 220 VAC, 60 HZ; controla las - unidades de tratamiento de aire y bombas que acondicionan las salas incubadoras y - 'nacedoras. Tiene instalado un software con la programación automáticamente.

6. Una (1) bomba de elevación de la presión: con potencia de 1,5 kW, 3 x 220 VAC, 60 HZ; - son motobombas eléctricas cuya función es llevar el agua fría desde los tanques de enfriamiento hasta las unidades de tratamiento de aire y a las máquinas incubadoras y nacedoras, se controlan de forma autónoma con el tablero de control eléctrico.

De acuerdo a lo anterior, arancelariamente, la combinación de máquinas y equiposrelacionados en los numerales 1 al 6, conforman un sistema para incubar huevos fértiles y acoger el nacimiento de los polluelos conservando un ambiente, humedad, ventilación y oxigeno (CO2) controlado; que de acuerdo con lo establecido en la Nota Legal 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado se clasifica en la partida 84.36 del Arancel de Aduanas, y conforme a Ala d uR ae ng ala s . General interpret aat iva 6 se clasifica en la os ubpartida 8436.2 o1 .00.00 del Arancel de e “Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelariatiene un valor equivalente a veintiocho (28) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, UN MILLÓN SESENTA Y CUATRO MIL PESOS mí/cte. ($1'064.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL PESOS ($ 1.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, | e RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la . subpartida 8436.21.00.00 del Aranceld e Aduanas, como una máquina incubadora para la : - avicultura de acuerdo con las disposicionedse la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicaciónde las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. o o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor Rafael Gómez Pedraza identificado con cédula de ciudadanía No. 79.903.122, Representante Legal de la sociedad Agencia de Aduanas Roldan S.A.S Nivel 4 con NIT 811.001.259-7, a la dirección electrónica manifestada por el interesado fsterlingOroldanlogistica.com - drubiosdbancodeoccidente.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. o o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por córreo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera 54

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600320 de 20 oct. 2022 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado . subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas

  • Nacionales en la dirección Carrera 100 No. 25 B - 40 en Bogotá D.C., de conformidad con Jo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá | interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y Js artículos 74 y siguientes de e la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en , firme, copia del presente acto administrativo, por ql medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

| NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Mas Ñ — 2022-1920 /06:33:06 A.M. , ER ¡fecha Acuse de itecibo E “De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta 6 rma eléctrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: RAUL VARGAS 0% o a ; o Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ Ñ - Coordinación de NotificacionesPOR UNA COLOMA MÁS HÓNI2?7b

  • Mival Central Bogotá DC
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