DIAN - Resolución 6322 de 11-08-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6322 de 11-08-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
AL A -. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600322... (11 ago. 2023) “Por la cual se expide una Resode lClasuificcacióin Aóranncel aria - + aPetición de Cualquier Interesado
LA JEFE: DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA: o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o Ñ En USO o de las facultades legales que le confiere el humeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la: o Ñ Resolución 070 de 2021 y teniendo en Cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000879 de 28 de abril de 2023, la: Señora PAULA ANDREA: VELEZ OSPINA, identificada con Cédula de Ciudadanía 43.748.855, de la sociedad DERMAVAN S.A.S, con NIT 900.723.279-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancíadenominada técnicamente como REDUCTOR DE GRASA LOCALIZADA y comercialmente : como AQUALIX, La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud en dos | - (2) folios, ficha técnica en dos (2) folios, adjunto de fotografía en un (1) folio, registro .. sanitario en un (1) folio, certificado de análisis en un (1) ffeo lio, mandato aduanero enunn (1) Ñ folio y comprobante de pago en un (1) folio.
La solicitante pagó quiniéntos noventa y cuatro. mil pesos y micte. (S 594, 000 20 según Consignación número 1049371444 de 28 de > abril de 2023 del Banco de Bogotá.
o Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. $2023000100165398000254 e - del 30 de mayo de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: Aportar la composición cualicuantitativa del producto, indicar cual es el efecto quee l producto hace sobre la piel y - especificar en que parte del cuerpo se debe aplicar el producto y comose aplica. La usuaria : | responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000230 del 05 de > Julio de Ñ 4 2023, con 2 folios. Renunciando a términos restante para responder. o “Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Señora | PAULA ANDREA VELEZ OSPINA, a la dirección electrónica manifestada por el interesada compras(Odermavan.co - estefania(Mdermavan.co; o por correo en la dirección CR 43 9 SUR 195 OFF 1134, en Medellin -- Antioquia,
o FUNDAMENTOS DEDERECHO
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600322 de 11 ago. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Textos de Partida. Regla General Interpretativa 1. “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas . partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” : - Nota 2 de la Sección VI “2. Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 o 38.08, se clasifica en dicha partida y no en otra de la : Nomenclatura.” : Nota 1 e) del Capítulo 30 1 Este capítulo no comprende: 0 ) €) las preparaciones de las partidas 33.03 a 33.07, incluso si tienen propiedades terapéuticas o profilácticas;” (...) - Nota 3 del Capitulo 33 “3. Las partidas 33.03 a 33.07 se aplican, entre otros, a los productos, incluso sin mezclar - (excepto los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites
esenciales), aptos para ser utilizados como productos de dichas partidas y acondicionados para la venta al por menor para tales usos.” Partida 33,04 “Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto losmedicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.” Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada | legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600322 de 11 ago. 2023 Hoja No. 3 | - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Subpártidas del mismo nivel. A efectos d« e esta Regla, también :s e aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. Ñ Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y y sus modificacionesarticulos 303 a 306, , | - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún |l a información suministrada con el radicado No. 235410000000879 de 28 de abril de :
2023, y E2023000100165398000230 del 05 de julio de 2023 la mercancía objeto de. clasificación arancelaria, se describe como un líquido homogéneo sin partículas, con una solución micro gelatinosa, para aplicar en la piel sobre el tejido adiposo, su tratamiento espara reducir y esculpir la figura y es posible disminuir, pero no romper el adipocito. con la siguiente composición: Agua 96.5% CN -Desoxicolato de sodio 0. 75 Y Buffer fosfato salino 2.70 % Agarosa 0.05 %: o Presentación; caja de 10 viales, cada vial contiene Emi. Es una solución micro gelatinosa qq ue contiene micro cantidades de moléculas «c on acción adipocitolítica (derivada de desoxicolato de sodio) con una corta vida media capaz de modular e intensificar el efecto sobre el tejido adiposo de los ultrasonidos de media : frecuencia aplicados externamente, gracias a su fácil administración transdérmica con : ultrasonido, causa lisis celular con la liberación de residuos celulares y triglicéridos que se eliminan de manera progresiva por el sistema monocitomacrófago y se drenan en el sistema linfático. El producto es administrado mediante pequeñas inyecciones justo: en la zona donde tienes. grasa y un volumen mayor deseado. Con un único pinchazo el líquido traspasa los tejidos - .y actúa disolviendo adipocitos. Esta técnica se llama intralipoterapia y muchas veces es : utilizada como alternativa a la mesoterapia. Lo que hace realmente al entrar en contacto con el adipocito es licuarlo y el organismo, mediante los lípidos se encarga de eliminarlo de
Ñ forma natural a través del sistema linfático. | | Del análisis de la información anterior, se > establece quee l producto corresponde a una. preparación de belleza para mejorar el aspecto de la piel con adiposidad localizada, quede acuerdo con lo establecido en la Nota 3 del Capítulo 33 y en aplicación de la Regla Generalinterpretativa 1 está comprendida en la partida 33.04 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General interpretativa 6, 6 se clasifica en la subpartida 3304. 99. 00. 00 del Arancel de Aduarias. - En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe: de la Coordinación de Clasifi icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, 4 7 RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600322 de 11 ago. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 3304.99.00.00 del Arancel de Aduanas, cómo una preparación de belleza, para el tratamiento de la piel para reducir y esculpir la figura del cuerpo humano de la mujer, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 3 del Capítulo 33 y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente
Resolución a la señora PAULA ANDREA VELEZ OSPINA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 43.748.855, Representante Legal de la sociedad DERMAVAN S.A.S con NIT 900.723.279-5, a la dirección electrónica manifestada por la interesada compras(Wdermavan.co - estefaniaQQdermavan.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 43 4 9 SUR 195 OFF 1134 en Medellín - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. | ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo
319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-08-11 1 06:56:48 P. M. a
2. Pecha Souse de Reciba 2
SM Y RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600322 de 11 ago. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ ham) PA Coordinación de Notificacion: 1 POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Nivel Centro! Borat 4 muss Se certfica que el Acto Administrativo fue publicar”)