DIAN - Resolución 6333 de 26-10-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6333 de 26-10-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
1421 POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA o - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600333 - (26 oct. 2022) Por la cual se > expide |u na Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE | LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | . En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS Mediante. radicado No: 235410000000370 de 14 dejulio de 2022. el da) sr. (a) FELIX ADRIAN HERNANDEZ TAMAYO, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 74.358.691, A Representante Legal de la sociedad MEDIREX BIC S.A.S, con NIT 830.091.676-9, presentó P Una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado . para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “PROGRAMADOR Y E TRANSMISOR HAKIM.” aL, cd El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha técnica e€ n seis E (6) folios, copia de registro sanitario en tres 6) copias y comprobante de pago en un (1 As folio. Zo o : El da) solicitante | pagó. quinientos. treinta. y dos mil pesos mícte. ($ 533. 000 ,00) Segúñ. : Transferencia número 280622 de 29 de junio de 2022 del Bancolombia SA. al Banco de:
Bogotá. l o Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. 82022000100165398000421. : del 23 de agosto de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): Describir el proceso de - instalación del programador y transmisor al paciente, indicar la vida útil, el rango de edad : del sistema y si la válvula lo lleva la propia persona o se le implanten para compensar an defecto o incapacidad. El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No.: E2022000100165398000282 del 09 de septiembre de 2022, con 2 folios. Renunciando al - término restante legalmente otorgado para la respuesta. . Según lo señalado en el formato de la solicitud. se indicó que se notifique a (el) o da) Sr a FELIX ADRIAN HERNANDEZ TAMAYO, a la: dirección: electrónica manifestada: por el interesado(a)felix.hernandezOmedirexsas.com,coord. comercióexteriorfAmedirexsas. com sE ; O por correo en la dirección Calle 85 a H2426, en 1 Bogotá, D. Cc
| O DE DERECHO .
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600333 de 26 oct, 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto :
único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y texto de partida Regla General interpretativa1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas : partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes. Partida 90.18 “Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o “Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 30a 230 6, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación ' arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas
“Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. O: - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000370 de 14 de julio de 2022, y E2022000100165398000282 del 09 de septiembre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un aparato que tiene como finalidad desviare l líquido cefalorraquídeo (LCR) de los ventrículos cerebrales en el tratamiento de la hidrocefalia, se utiliza con las válvulas Hakim.
Especificaciones técnicas: tensión de alimentación: 100-240 V AC, frecuencia de. alimentación: 50/60 Hz, fusibles de alimentación: T5AL 250 V CA (100/120 V CA) - entrada nominal: 100-127 VCA 0,43 A/6 A 50/60 Hz. .
A - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980800333 de 26 oct. 2022 Hoja No, so Continuación del acto administrativo por el cual se> expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ] Presentación €c omercial: programador compléto:. 100240 V CA suministrado con estuche E de transporte, transmisor y cable, no estéril.
El programador. y transmisor es: un “módulo electrónico. que contiene. los. circuitos . de 1% -. alimentación y de control. En el panel de control en la parte delantera el programador posee a una pantalla de información de programación y una representación de la parte programable de la válvula, El panel de contro! también contiene los botones utilizados para programar y
- transmitir el valor de la presión de la válvula, que facilita su posicionamiento adecuado sobre |. la válvula ee n la derivación del líquido cefalorraquídeo de los ventrículos cerebrales.
Del análisis de. la información anterior, se establece «q ue: el producto corresponde a un . aparato electromédico, que tiene como finalidad desviar el líquido cefalorraquídeo (LCR) de los ventrículos cerebrales en el tratamiento de la hidrocefalia, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 queda comprendido en la partida 90.18 de la Nomenclatura del. - Sistema Armonizado; según la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida E 9018.90.10.00 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta que, para el caso en , particular; el servicio de clasificación arancelaria . tiene un valor equivalente a 14 UVT acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir, quinientos treinta y dos mil pesos mícte. ($532.000), de acuerdo con el comprobante]. - aportado para el trámite queda un saldo a favor de mil pesos m/cte. ($1.000), que podrá | o utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. E En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (a) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, . o 0 RESUELVE. A ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la: mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida9018.90.10.00 del. Arancel de Aduanas, como los demás aparatos. electromédicos, que en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del:
mencionado texto arancelario, contenidas enn el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ,, - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la: presente - Resolución al señor (a) FELIX ADRIAN HERNANDEZ TAMAYO identificado (a) con Cédula - de Ciudadanía No. 74358691, Representante Legal de la sociedad MEDIREX BIC: ¿S.A.S con NIT 830091676, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) felix. hernandezOmedirexsas. com - -.coord.comercioexterior(4medirexsas.com de: - conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por. el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 0( 46 de 2019: o modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser»r posible la notificación e€ n forma electrónica, el presente cto administrativo se notificará: por. correoa la dirección: procesal informada por el usuario, o de manera - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas. | . Nacionales en la dirección Calle 85 a 1t24-26 en Bogotá, D.C. de conformidad con lo - establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, : ARTÍCULO TERCERO. - Informar. al interesado (a). que “contra el presente acto A administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual . deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad 3
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600333 de 26 oct. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, | NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-10-26 / 11:08:37 A.M. vn Fecha Acuse de Reciba ¿$ ÉS MMeA ss Firmado: De conformidad c« on la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en tados sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
Subdirección Técnica Aduanera
- Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA o Í£IIV - Coordinación de NotificacionesPOR UNA COLOMBIMAÁS EONITA al Central Bogotá D.O > ica que e) inistrativa fue publicado con a EA UCI WA tro