DIAN - Resolución 6339 de 13-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6339 de 13-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
ga SAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 006339 - (13 AGO 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN - — TÉCNICA ADUANERA - En ejercicio de las facultades conferidas mediante el artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 - (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, | HECHOS Mediante radicado No. ESGTA2021001 37 y 000E2021902077 del 23 de marzo de 2021, el Sr. Jose Tomás Barreto Ramirez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.446.019, representante legal de la sociedad Saberex S.A.S., con NIT 901.402.240-5, presentó una solicitud de resolución de : clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la ' mercancía denominada : técnicamente "CAJA DE ESTERILIZACIÓN CORE” y comercialmente como “CAJAA BANDEJA) DE
ESTERILIZACIÓN".
El interesado adjuntó los siguientes documentos: Formato solicitud clasificación arancelaria FTA2354 en tres (3) folios, información del producto en siete (7) folios, imagen del radicado en el SIE. -enun (4) folio y copia del soporte de pago en un (1) folio. | E solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cinco mil pesos m/cte (s 455. 000) con recibo No. | 98078823-3 del 12 de febrero de 2021 del Banco de Bogotá.
Con Requerimiento de Información Adicional No. 100227342-926 del 23 de abril de 2021, radicado . No. 0002021903493 del 26 de abril de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario señalar paso a paso cómo se usa y se realiza la esterilización, en razón a que la descripción señala “Son utilizadas - en el campo de la medicina para la esterilización de dispositivos médicos por medio de vapor”; indicar si la mercancia es solamente para uso médico y en qué tipo de procedimiento se usa; describir plenamente el producto y remitir imágenes a color por varios lados del mismo; confirmar los nombres de los componentes del producto, material de construcción y su cantidad; e indicar si sé pueden utilizar por separado; en la gráfica adjunta en el catálogo: del producto, se observan puntos oscuros, señalar si es donde se debe colocar el instrumento médico, son orificios para que - ingrese el vapor, si es algún instrumento de agarre o antideslizante para sostener los productos, etc.; explicar a qué se refiere “La caja de esterilización debe envolverse con un envoltorio para -. esterilización validado antes de la esterilización, para mantener la esterilidad”, información -. registrada en el catálogo; indicar la capacidad; señalar si el producto tiene accesorios; describir - - como se presenta comercialmente el producto (embalaje, cantidad, etc.) y remitir imágenes del "mismo; así mismo se informa que el radicado electrónico ESGTA202100137 corresponde a un salto de numeración en el sistema SIE, por lo cual se atiende la solicitud de Clasificación Arancelaria bajo el radicado físico No. 0002021902077 del 23 de marzo de 2021. El requerimiento fue atendido con
escrito radicado No. 000E2021904321 del 23 de junio de 2021, renunciando al término restante para dar respuesta. La Dirección de impuestos y Aduánas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de . 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones ' administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y aqministrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — Ns) RESOLUCIÓNNUMERO 06339 “13 AGO 2021 "noz Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de solicitud se indicó que se notifique al Sr. José Tomás Barreto Ramirez, enla Carrera 57 No. 119 A 60 Torre 3 Apartamento 1212 con Provenza Imperial, en Bogota D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, “aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto únicode la Nomenclatura Común de los Países Miembrodse l Acuerdo de Cartagena. : Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Textos de partida:
o Regla General interpretativa 1: | a “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, : - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo . cenas. Reglas siguientes:” : Nota 1. del Capítuló 39 “1. En la Nomenclatura, se entiende por plástico las materias de las partidas 39.01 a 39.14 que, : sometidas a una influencia exterior (generalmente el calor y la presión y, en su caso, la acción de un disolvente o de un plastificante), son o han sido susceptibles de adquirir una forma por moldeo, colada, extrusión, laminado o cualquier otro procedimiento, en el momento de la polimerización oen una etapa posterior, forma que conservan cuando esta influencia ha dejado de ejercerse.” - Partida 39.23: “Artículos p[ ara el transporte O envasado, de plástico: tapones, lapas, cápsulas y demás dispositivos h de cierre, de plástico.” : Regla General interpretativa 6: La clasificación de mercancías en' las subpartidas' de una misma partida está “determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis . - mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo : disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 306, mediante el cual se dictan las :
disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a 2 petición de cualquier interesado. l Resoluciones 046 de 2019 y sus modifi icaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas | o AN ES
e RESOLUCIÓN RA | 006339 | - de 13 AGO 2021 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria ;a Petición de Cualquier Interesado _ CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir de 9 de junio, fecha enla que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de suspensión : hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en : meses o años. De acuerdo con la información aportada con radicados Nos. ESGTA202100137 y 000E2021902077 del 23 de marzo de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como unacaja con tapa de material plástico, de forma rectangular con pequeños orificios en sus paredes, en - su interior contiene una bandeja movible con varias cavidades. El producto se usa como envasepara esterilizar dispositivos médicos tales como endoscopios, cámaras para endoscopia y sus accesorios; entre otros. La mercancía está fabricada en radel polifenilsulfona (Plástico) siendo este un material termoplástico rígido, fuerte y resistente a altas temperaturas, y se usa de la siguiente manera: : Comienza al colocar en la bandeja los dispositivos médicos que se requiere esterilizar, -
- posteriormente se introduce la bandeja con los dispositivos dentro de la caja, esta es cerrada, para luego ser envuelta en papel crepado (papel grado médico), posteriormente, se procede a introducir la caja envuelta, dentro del equipo o máquina de esterilizar con vapor.
Una vez dentro del equipo esterilizador de vapor, el vapor atraviesa el papel crepado y entra, ala: caja de esterilización a travésde los orificios que esta tiene, una vez finalizado el proceso de : - esterilización, se saca de la maquina la caja, se abre la caja, extraen la bandeja, y retiran los dispositivos médicos ya esterilizados. Comercialmente el producto se presenta en una caja de : cartón y sus dimensiones son: 10,7 cm de alto. 25,1 cm de ancho. 38,1 cm de largo y Peso72,0 Kg. Tiene una capacidad de alojar 14 (catorce) dispositivos, para su esterilización, Pbro eb] - Del análisis de la información, se establece que la mercancía objeto de estudio corresponde a una l caja de plástico utilizada como envase para esterilizar dispositivos médicos a vapor, que en . aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 39,23 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 1. del Capítulo -39 y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 3923. 10. 90.00 del Arancel de Aduanas. Finalmente, y tenierido en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medío salario mínimo mensual legal vigente, el cual debe
ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro : mil pesos mí/cte ($454.000); de acuerdo con el comprobante de pago 98078823-3 del 12 de febrero de 2021 del Banco de Bogotá, aportado para el trámite, pagó la suma de cuatrocientos cincuenta ycinco mil pesos m/cte ($ 455.000), quedando un saldo a favor del solicitante por valor de mil pesos - mí/cte ($ 1.000); el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la : devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida : 3923.10.90.00 del Arancel de Aduanas, como las demás cajas de plástico utilizada como envase : para esterilizar dispositivos médicos a vapor, en aplicación de la Nota 1. del Capitulo 39 y de ' - acuerdo con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido. en el Decreto 21 53 de 2016 y sus IS O
RESOLUCIÓN NÚMERO - | 006339. de 43 AGO 2021 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición ded Cualquier Interesado e : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web
de la DIAN, al Sr. Jose Tomás Barreto Ramírez, identificado con cédula de ciudadania No. : 79.446.019, representante legal de la sociedad Saberex S.A.S., en la dirección Carrera 57 No. 119A 60 Torre 3 Apartamento :1212 con Provenza Imperial, Bogota D.C., de conformidad con los -: artículos 763 y 764 del decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 : modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021 - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de acuerdo cón lo . establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el articulo 314 de la . - Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de | 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución enel - - Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de - la Resolución 0046 de 201 9, artículos 65 de la Ley 1437 de 2011 y 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la
Coordinación del Servició de Aráncel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEAS AGO 2021.
“Proyectó: Caroll Ximena Duque Beltrán Revisó: Fidel Raúl Minotta Benítez - -. di Coordinación de Notifcacionis. Wival Central Bogota, D.C.