DIAN - Resolución 6345 de 24-08-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6345 de 24-08-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
10 AAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600345 (24 AGO. 2023) > - Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes | HECHOS Mediante radicado No. 235410000000948 de 06 de junio de 2023, la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52705817, - Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS S.A. NIVEL 1, con NIT 830.009.686-4, mandataria de la Sociedad ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P con NIT 860.063.875-8, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnicamente “Módulo hibrido. para bahía de línea de 145 kV” y comercialmente “Módulo híbrido”. La interesada adjuntó a la Solicitud copia de los siguientes documentos: mandato en cuatro (4) folios, comprobante de pago en un (1) folio y ficha técnica en dos (2) folios. La solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos Mete ($ 594. 000 00) según transferencia húmero 33506437 de 30 de mayo de 2023, del Banco de Bogotá. : Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000286
Ide 14 de junio de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: describir físicamente el producto, - anexar un diagrama en donde se identifiquen los elementos señalados en la ficha técnica, describir un ciclo de operación del producto y especificar cuáles de los componentes allí citados actúan tanto en la interrupción, como en el seccionamiento y la medida. Se responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000242 del 13 de julio. de -2023, con 7 folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta. o Posteriormente, mediante 'estrito radicado No. E2023000100165398000288 de 11 de “agosto de 2023 se hace un alcance a la respuesta al RIA señalado; la información allí contenida no puede tenerse en cuenta para los efectos de la presente resolución, por - cuanto esta ha sido radicada después de que la interesada renunciara a los términos para dar respuesta al RIA. | - Mediante oficios Nos. 1001653981076 y 1001653981077 de 23 de junio de 2023, se consultó a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera, de Gestión de Liquidación y de Gestión Jurídica de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín, de las Direcciones Seccionales de impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y Santa Marta y a las.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600345 de 24 AGO. 2023 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación, sin recibir información acerca de investigaciones relacionadas con dicho tipo de producto. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: directoracomexmircana.com - vargas_carolina(Hhotmail.com; o por correo en la dirección Calle 52B $ 72B -52, en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del' Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. ] Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas"
partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” (...) | Partida 85.37: “Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 85.35 u 85.36, para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del Capítulo 90, así como los aparatos de control - numérico, excepto los aparatos de conmutación de la partida 85.17.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, - mufatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” | Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600345 de 24 AGO. 2023 Hoja No.3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasifi icación Arancelaria Resolución 046 de 2019 y sus. modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación l | arancelaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000948 de 06 de junio
de 2023 y E2023000100165398000242 de 13 de julio de 2023, además de la obtenida en la reunión virtual a través de la plataforma TEAMS el día 21 de junio de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una carcasa de construcción metálica principalmente, que contiene diversos equipos de manejo de electricidad aislados en gas SFs (hexafluoruro de azufre) y que se conecta a diversos equipos en una subestaciónmediante seis (6) bujes de compuesto polimérico distanciados entre sí.al aire libre para: disminuir su interacción; debido a estos. dos tipos de aislamiento, el producto recibe la . denominación de “módulo híbrido”, tiene una altura aproximada de 4,2 m, ancho E aproximado de4my fondo aproximado de 3 m y su peso es 3. 100 kg. Este módulo se compone de seis (6) bujes (tres (3) de entrada y tres (3) de salida), tres (3) transformadores de corriente toroidales, tres (3) seccionadores tripolar fase— tierra, una (1) caja de mecanismo motorizado del seccionador, una (1) bandeja portacables, un (1) disyuntor tripolar, una (1) caja del mecanismo motorizado del interruptor y un (1) medidor de la densidad y presión ded l gas; incluye un (1) gabinete de contro! y se soporta en una (1) - estructura. O El módulo se conecta entre la línea “portadora de la energía eléctrica (115 4V) y la - subestación, y su trabajo consiste en garantizar el flujo, y gracias a la constante. medición
de las variables involucradas, puede interrumpir el paso de corriente; si se presenta una falla, los transformadores toroidales de corriente la detectan por la medición anormal del valor correspondiente, información que es suministrada a través de unas borneras hacia los controles externos que, ordenan la apertura del circuito, tarea ejecutada inicialmente por el interruptor o disyuntor que hace el primer corte y luego por los seccionadores; así mismo, se puede utilizar el módulo en operaciones de mantenimiento, reemplazo. de partes, etc. De acuerdo ( con la anterior información, se establece que la mercancía analizada consiste en un arreglo de aparatos eléctricos contenidos en una estructura común, formando un solo cuerpo, y trabajando sincronizadamente en un sistema de energía eléctrica de tensión superior a 1.000 V para la medición y desconexión del flujo cuando se identifica unacondición de falla, que de acuerdo con las disposiciones de la Regla General Interpretativa A queda. comprendido en la partida 85.37 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado ycon fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida | arancelaria 8537. 20. 00.00 del Arancel de Aduanas “En mérito de lo. anteriormente expuesto, la . Jefe de la Coordinación de Clasificación + Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8537.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como un ensamblado eléctrico en un - solo cuerpo, conformado por aparatos de medición, corte y seccionamiento, para tensiones
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600345 de 24 AGO. 2023 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria mayores a 1.000 V, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO identificada con cédula de ciudadanía No. 52705817, Representante Legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS S.A. NIVEL 1 con NIT 830.009.686-4, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: directoracomexWmircana.comvargas_carolina(QYHhotmail.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, Calle 52B 4 72B -52. en Bogotá, D.C, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con . lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2 JAR Coordinación de Notificaciones POR Un asen rs ne Mint Central Bogotá D.C Ss csrúífica que a Acto Admiistralivo fue co Prato OE, AL ADE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
47 e RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600345 de 24 AGO. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera