DIAN - Resolución 6351 de 25-08-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6351 de 25-08-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
IAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 (28 ago. 2023) Por la cual see expide una Resolución de Clasificación Arancelaria : | a Petición de Cualquier Interesado Ñ . LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS - Mediante radicado No. 235410000000868 de 27 de abril de 2023, el Sr. HECTOR ENRIQUE CANIZALES TORRES, identificado con Cédula de Ciudadanía 79726.882, como [condición de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SCHRYVER DE (COLOMBIA) S.A.S NIVEL 2, con NIT 901.588.266-4, (Calidad que se informaen el mandato aportado), mandataria de la Sociedad CHINA ENERGY INTERNATIONAL í GROUP CO.,LTD, SUCURSAL COLOMBIANA con NIT 901.616.953-7, presentó una - - solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como CYG y comercialmente como ¿UNIDAD CABINA PARA CONTROL DE GENERACION FOTOVOLTAICA”. - El interesadoo adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato en siete (7) folios; recibo de consignación en un (1) folio; anexo 2 en doce (12) folios; anexo 8 en dos (2) folios;
anexo 5 en ocho (8) folios, descripción de la unidad funcional en veintinueve (29) folios; anexo 6 en trece (13) folios; anexo 3 en dieciocho (18) folios; anexo 9 en tres (3) folios; | anexo 12 en dos (2) folios; anexo 13 en un (1) folio; anexo 7 en tres (3) folios; anexo 4en E veintinueve (29): folios; anexo 1 en un (1) folio y anexo 10 en dos (2) folios. - El solicitante pagó un milión ciento ochenta y ocho mil pesos mícte. (61 1. 188. 000,00) según Transferencia número 901588266 de 26 de abril de 2023 del Bancolombia $. A. al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100185398000256 | - del 31 de mayo de 2023 este Despacho solicitó al usuario: explicar cómo inicia el proceso en la cabina de control, describir en forma detallada la función que cumple la cabina paracontrol de generación fotovoltaica, presentar un diagramade la unidad funcional objeto de solicitud, e identificar los sistemas y equipos que se encuentran en la cabina, revisar los - documentos aportados que se encuentran en idioma extranjero (anexos) y allegar en idioma Il español solamente los pertinentes para la descripción de la mercancía objeto de solicitud - de clasificación arancelaria, informar que tensión en V. maneja la cabina de control, allegar el listado de equipos y elementos que vienen instalados en el contenedor al momento de la RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado importación, con la siguiente información: cantidad, nombre del equipo, características físicas y técnicas y función dentro de la UF. El usuario dio respuesta mediante escrito radicado bajo el No. E2023000100165398000239 del 12 de julio de 2023 y renunció al término restante para dar respuesta. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr HECTOR ENRIQUE CANIZALES TORRES, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: hector.canizalesQaa.schryver.com; tatiana.garavitoMaa.schryver.com; o por correo en la dirección AV CL 24 95 A 80 OF 307 1, en Bogotá, D.C. - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes disposiciones normativas: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos O de los Subcapítulos solo tienen un valor. indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas
y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas - partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVE “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se - clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.71: “Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresados ni - comprendidos en otra parte. | Regla General interpretativa 6: RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de | Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional yy sus s modifiicc aciones - - artículos 303 a 307, !
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan | las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 23541 0000000868 de 27 de abril de - 2023 y E202300010016539800023d9el 12 de julio de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una serie de elementos destinados recibir ycontrolar datos procedentes de un sistema de generación de energía fotovoltaica, : : realizando el siguiente proceso: Comienza a través del sistema virtual SCADA o control de la planta de energía fotovoltaica (recibida a través de paneles solares), el cual está conformado por varios dispositivos tanto . dentro como fuera de la cabina de control, mediante señales de entrada y salida de datos . que ingresan de los sistemas de autorización y control en campo a la sala de control o cabina primaria, mediante el sistema SCADA, se monitorea y recopila información de datos de la planta de energía fotovoltaica. Los principales flujos de comunicación y control de sistema SCADA son: El primero, mediante unidad de control basada en Relé (que corresponde a interruptores eléctricos que se puede usar para controlar dispositivos y sistemas que usan voltajes más altos), el cual se encuentra en instalado en la cabina primaria de 34.5kV con alimentación de entrada en : baja tensión y una salida de 34.5kV. Los datos de estos paneles o tablerós son recogidos
- por dos controladores de estación que envían información al sistema mencionado, a través de cable de red y controlan el equipo primario.
En el ségundo flujo de información, Los datos de la planta fotovoltaica de inversores, transformadores, interruptores, etc., son recopilados por un registrador de elevada potencia ' y son enviados al sistema SCADA a través de un cable de datos de fibra óptica y cable dered a través del conmutador, monitoreando y controlando el funcionamiento de la planta fotovoltaica en general. El sistema fiene como función principal, la adquisición de datos de la planta fotovoltaica, el monitoreo del estado de operación de la planta y el control del equipo de la misma. El - SCADA recopila los datos de inversores, transformadores, interruptores automáticos que a - través del registro de datos. Los datos se : pueden almacenar en vel SCADA para generar informes posteriormente A y RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De acuerdo con lo manifestado en la solicitud, la cabina para control corresponde a un contendor estándar de 40 pies de alto el cual se acondicionará como oficina equipándolo de elementos tomo: control de alarmas, control de incendios, alumbrado, entre otras, “(actualmente no se ha instalado ningún dispositivo y se instalará en el sitio colombiano)”. Así mismo, como se informa en la lista de elementos, las estaciones meteorológicas, que se encuentran ubicadas en la parte externa del contenedor “no instalada en cabina”,
cumplen la función de medir la temperatura, presión y humedad. El sistema está compuesto de los siguientes elementos: V.- PANEL DE CONTROL PPC, integrado por: 1.- Un (1) panel de contro! PPC, compuesto de: el servidor, pantalla, el software del sistema, un (1) interruptor y un (1) dispositivo de conversión de protocolo. Sirve para ajustar y ' controlar la potencia activa, la potencia reactiva, el voltaje y otros parámetros de la planta de energía. También ajusta la generación de energía para cumplir con los requisitos de la . red eléctrica. 2.- Un (1) Servidor PPC, con voltaje de1 00-240 VCA, 50/60 HZ y Potencia nominal de 300W 3.- Un (1) “Mostrar “Voltaje: 100-240 VCA, 50/60 HZ, Potencia nominal de 23W 4.- Un (1) software del sistema SCADA -5.- Un (1) “UTR” Voltaje: 120 VCC, Potencia nominal de 25W 6.-Un (1) Conmutador de red, con voltaje de voltaje: 120 VCC, potencia nominal igual 35W 7.- Un panel VI.- SISTEMA DE ALIMENTACION SAI, compuesto por: -8.- Un (1) sistemade alimentación SAI 9.- Un (1) Gabinete de energía UPS con entradaAC208V/60HZ, 125VDC y salida- . AC120V/60HZ 10.- Un (1) Panel de carga y alimentación de CC con entradaAC208V/60HZ, 125VDC. Y. Salida-DC125V . - VILSISTEMA SCADA, integrado por: 11.- Un (1) Sistema SCADA, recopila los datos de inversores, transformadores e
interruptores 12.- Un (1) servidor con voltaje: 100-240 VCA, 50/60 HZ y potencia nominal de 300W 13.- Un (1) Mostrar Voltaje: 100-240 VCA, 50/60 HZ, Potencia nominal de 23W 14.- Un (1) Software del sistema SCADA, Certificado 1EC61850 Y RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 15.- Un (1) altavoz de alarma le CABINA SECUNDARIA, consiste en. -46.- un (1) contenedor de 1219224402896mm 11.- DISPOSITIVO DE CABINA, compuesto por: - 17.- Un (1) Panel de control de alarma contra incendios, con voltaje de entrada, potencia. nominal: Máximo 240W (Alarma), Mínimo 36 W (arena), Voltaje de salida: 24 VCC. 18.- Tres (3) puntos de llamada manual digital con “unidad de rotura de cristal Voltaje de funcionamiento: 24 VES, Potencia: Max, 0.0432W. 19.- Tres (3) Luces estroboscópica con sirena inteligente, consiste en , alarma audible yo visible, con Voltaje de funcionamiento: 24 VCC, Potencia: Máx. O. 084W. . -20Tres (3) Detectores de humo y calor con un 1 Voltaje. de funcionamiento: 24 VCC y Potencia: Máx. 0.0432W y o, -M.- SISTEMA DE ALUMBRADO Y ALUMBRADO DE EMERGENCIA: integrado por:
21Una (1) Caja de distribución de energía de 443 cm de largo Xx 380cm de ancho x 99 cm de alto : 22 Tres (3) Luces LED (Normal) instaladas en el techo, voltaje: AC120V/60HZ, 0.15A, 16W 23.- Cuatro (4) Luces LED (Emergencia) instaladas en el techo, voltaje: AC120V/60HZ, O. 15, 16W 24.- Tres (3) Enchufes, voltaje: 125V/60HZ, 158. -25.- Ocho 6) Interruptores de pared, voltaje: 125V/60HZ, 158 NN mw. OTROS DISPOSITIVOS EN CABINA, Compuesto pp or: 26.- -Dos (2) Aires acondicionados integrados, voltaje: 220 VCA, 50/60 HZ, potencia: 1100w, ajusta los valores de temperatura y humedad de trabajo27.- Una (1) entrada de aire, Instalación empotrada de baja altura, con tapa protectora en interior de cabina. 28.- Un (1) ventilador de ventilación de ¿ aire, Instalación empotrada en altura, con tapa : protectora interior cabina, voltaje: 115 VCA, 50/60 HZ, potencia: ASSÓw. e . 29.- Tres (3) Luces de salida de emergencia de 120 V CA, de 5 w vil - ESTACIONES METEOROLÓGICAS, compuesta de los siguientes elementos: | 30.- Un a) Piranómetro (GHI), voltaje 12 VCC. | -31.-Un (1) Piranómetro (POA) voltaje 12 vc : a RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 32.- Un (1) Piranómetro (albedómetro) voltaje 12 VCC 33.- Un (|1) Medidor de temperatura, presión y humedad para medir Temperatura ambiente, Presión atmosférica, Humedad relativa. 34.- Un (1) Anemómetro, voltaje 12 VCC 35.- Una (1) Veleta de viento, voltaje 12 VCC 36.- Un (1) Termómetro para módulos fotovoltaicos, función: Termorresistencia para - módulos fotovoltaicos 37.- Un (1) Registrador de datos, voltaje 12 VCC 38.- Un (1) Pluviómetro, voltaje 12 VCC 39.- Un (1) Sistema de verificación de caída de polvo, voltaje 12 VCC40.- Una (1) Caja de registro de datos, voltaje 12 VCC - 41.- Un (1) Soporte y soportes. 42.- Una (1) mesa de operaciones 43.- Una (1) Una silla 44.- Un (1) escritorio de oficina Se hace necesario aclarar que arancelariamente el alcance de la Nota 4 de la Sección XVI, se da para las máquinas y aparatos que realizan conjuntamente una función netamente definida comprendida en una de las partidas 84 u 85 que para el caso que nos ocupa corresponde a dispositivos que se instalaran dentro de un contenedor acondicionado como un recinto de trabajo para monitorear y controlar datos procedentes de un sistema de generación de energía fotovoltaica, por consiguiente, los elementos y que no forman parte
del sistema en mención , por cuanto no intervienen en el proceso de transmisión y control - | de los datos o información que se genera y que se encuentran listados en los items 16 a 44 no contribuyen a la función netamente definida, por ende, deben seguir su propio régimen, es decir, clasificarse en la subpartida arancelaria que le corresponde. En virtud de lo anterior, de análisis de la información que precede. se establece que los equipos y elementos relacionados en los numerales 1 al 15 están dispuestos para trabajar conjuntamente con el fin de recopilar datos, procesarlos, para poder realizar monitoreo en un tipo de aplicación mediante señales que recibe para control de información sobre la energía proveniente de paneles solares, que conforme a la Nota 6 A), B) y C) del Capítulo 84 y en virtud de la Regla General 1 están comprendidos en la partida 84.71 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8471.49.00.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, | SOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No.7 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación -' - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo la excepción indicada en la parte considerativa del presente acto administrativo, en la subpartida 8471.49.00.00 del arancel de aduanas como máquinas para el tratamiento o
procesamiento de datos presentadas en forma de sistemas, conforme a la Nota 6 A), B) y C) del Capítulo 84 y en virtud de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor HECTOR ENRIQUE CANIZALES TORRES identificado con Cédula. de Ciudadanía No. 79.726.882, en su condición de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SCHRYVER DE (COLOMBIA) S.A.S NIVEL 2 con NIT 901.588.266-4, — a la: dirección electrónica manifestada por el interesado. -: hector.canizales(Maa.schryver.com; tatiana.garavitoQaa.schryver.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la: resolución 039 de 2021. De no serr posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se: notificará por correoa la dirección procesal informada por el usuario: AV CL 24 95 A 80 OF 307 Ten Bogotá, D.C o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección: «de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos -763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá.
interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con. - lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 201 9 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución: en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por: medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinaciónde Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. e
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600351 de 28 ago. 2023 Hoja No. 8 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
“Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ o LA NP o Coordinación de Notiicacionés |
POR UNA CM: Arama e Mio!0 Feantralal
Bl Bogotá 3 D.C Se certifica que el Acto Adrninistrativo fue publi EN DIAL a PY EDIC) ue publicado. : EL.532,. PA: €, 79, ib: (atorols [fdunavzé ÑO / / cionano y/o tador