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DIAN - Resolución 6355 de 04-11-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6355 de 04-11-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

o POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA A RESOLNÚUMEROC 20I2200Ó3980N6003 55 (04 nov. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria l a Petición de Cualquier Interesado - EL (La) JEFE (8) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓNN ARANCELARIA DE : : LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ñ En uso de las facultades legales que le confiere el humeral 3.3.1 del artículo 2 de la EN Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes “HECHOS. | Mediante radicado No. 235410000000393 de 26 de júlio de 2022. el (la) Sr. (a) JHON | ALZATE HERREÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía 79.865.422, representante i aduanero de la sociedad HINO MOTORS MANUFACTURING COLOMBIA S.A.S., con NIT: 900.166.896-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición - de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “CABINA” yo comercialmente cc omo “CABINA HINO”. El (la) interesado (a)5 adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: fujograma. del - proceso de elaboración de cabinas en dieciocho (18) folios; diapositivas con fotografías, 3h dimensiones y equipamiento de diferentes cabinas en cinco (5) folios; catálogo de autopartes de cabinas con fotografías en dos (2) folios, consignación bancaria en un (1) folio, contrato de mandato aduanero en doce (12) folios. o

El (la) solicitante. pagó quinientos. treinta y: dos. mil pesos mí/cte. (s 532. 000) según consignación bancaria número 1 01443829-4 de 26 de julio de 2022 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No; S2022000100165398000411 del 22 de agosto de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): precisar para cuál de los |: modelos de cabinas, relacionadas en el catálogo y en la ficha técnica se solicita la || clasificación arancelaria; señalar qué información no es confidencial: aclarar si la mercancía a clasificar corresponde a una cabina totalmente terminada o a material CKD para ser [| ensamblado en planta, en este último caso precisar si todo el material corresponde a una || - cabina completa o terminada, o con las características esenciales de la cabina; si se trata de material CKD, adjuntar un cuadro en excel con los elementos que lo componen yla ho cantidad exacta de cada elemento; indicar cuáles son las partes y accesorios que incluye lo ta cabina elegida; señalar para qué tipo de vehículo se utiliza la cabina: especificar si la cabina se presenta con equipamiento. El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000284 del 12 de septiembre de 2022, con 8 folios, Y renunciando al término restante para responder. : | | 11 $ RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600355 de 04 nov. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) JHON ALZATE HERREÑO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a): comercioexteriorOhmmc.com.co, jalzateQhmmc.com.co; o por correo en la dirección: Parque Industrial Potrero Chico Vereda Vuelta Grande Lote H 6 Km.1.5 Vía Siberia-Cota, en Cota - Cundinamarca FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de lás Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un > valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 87.07: “Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 87. 01 a 87.05, incluidas las cabinas."

Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, | mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones del a Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000000393 de 26 de julio de 2022 y E2022000100165398000284 del 12 de septiembre de 2022 la mercancía objeto de 147 - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600355 de 04 nov. 2022 Hoja No. 33 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado clasificación arancelaria, se describe como una cabina completa pp ara un automotor, con sus partes y accesorios, la cual se obliene mediante el siguiente proceso: - . Soldado de los diferentes paneles (techo, aterals, puertas, capo, piso y espaldar) : Pulido de las soldaduras

=> Instalación de las puertas -- Pintura por inmersión - Trimado: se viste la cabina por dentro y por fuera con varias partes subensámbladas E y se instalan diferentes piezas (cubierta del espaldar, cubierta del miltaré, tapete del piso, cinturones de seguridad, vidrio panorámico y vidrio de la luneta trasera, sillas, espejo retrovisor, luces de cortesía, gancho de abatimiento de la cabina, espejos, E pasa ruedas, guarda barros, insonorizante aislante térmico en la parte inferior, tuberías de frenos, soporte de abatimiento frontal, capo, etc.).

Características: Modelo: 8300 Wide. == Construcción en acero soldado ' Techo al/t Aonch o angosto A - Abatimiento mecánico con asistencia de torsión - Sillas : -= - Vidrio panorámico laminado.

Silla de conductor ajustable, silla de pasajero fija o Cinturones de tres puntos conductor y pasajero, y dos puntos intermedios o -- Tapete de vinilo. o IAE, o Visor contra luz -= Con y sin A/C o Vidrios eléctricos o o -. Seguros mandos eléctricos Radio AM/EMIAUXIMPS Bluetooth | o Toma 24 y, | | Los asientos, “vidrios, arneses son nacionales. La mercancía se utiliza como , cabina de camión para transporte. de mercancía. Teniendo en “cuérita lo anterior, se establece gue. la. mercancía - corresponde : arancelariamente a una cabina para un vehículo automóvil para transporte de mercancía, que de acuerdo con la Regla General interpretativa 1, está comprendida en la partida 87. 07

de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; y en virtud de la Regla General Interpretativa: |. 6, se clasifica en la subpartida 8707. 90. 90. 00 del Arancel de Aduanas de Colombia ' Ñ En mérito de lo anteriormente expuesto, elo la Jefe (A) de la Coordinación de Clasiteación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la. mercancía descrita. en la presente resolución « en la : subpartida 8707.90.90.00 del Arancel de Aduanas; como una cabina para un vehículo automóvil para transporte de mercancía, en aplicación de del mencionado texto arancelario E contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600355 de 04 nov. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor. (a) JHON ALZATE HERREÑO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.865.422, representante aduanero de la sociedad HINO MOTORSMANUFACTURING COLOMBIA S.A.S. con NIT 900.166.896-1, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) ¡interesado (a): comercioexteriorohmmc.com.co, . ¡alzate2hmmc.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la

resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notif icación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección: Parque Industrial Potrero Chico Vereda Vuelta Grande Lote 4 6Km.1.5 Vía Siberia-Cota, en Cota — Cundinamarca, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1 165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo . 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por . medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. "uo. LAPS Coordinación de Notificacione 3 POB UNACOLOMBIA MÁS HQUTETA Mur Central Bonot4 DC Se fer lic e el pop 0fue publicado 2022-14-04 /06:01:29 P.M. En idiaz AE ie LA ES, cla El 20 2 Pat in ES De conformidad con la resolución No. 000019 del2 8 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene piena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera 200 - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600355 de 04 nov. 2022 Hoja No. .5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación | Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoProyecto: EDDIÉ FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZRevisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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