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DIAN - Resolución 6356 de 30-08-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6356 de 30-08-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600356 (30 ago. 2023) Por la cual se expide uu na Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado. o EL (LA) JEFE DE LA CC OORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA an - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del articulo 2 de la o Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS | Mediante. radicado No. 235410000000889 de 04 de mayo y de 2023, el Sr. NESTOR Ñ JIMENEZ VERGARA, identificado con cédula de ciudadanía 79.139.220, agente aduanerode AGENCIA DE ADUANAS PROFESIONAL S.A.S NIVEL 1 - SIAP, con NIT 830,003.079- | Ñ 6, mandatario de la Sociedad CSP DE COLOMBIA LTDA. con NIT 900. 517.378-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como QUAKERCOAT 174 SEMI - BLACK RECUBRIMIENTO PROTECTOR" El interesado adjuntó a la “solicitud los siguientes documentos: certificc: ación composición | química en un (1) folio, ficha técnica en diez (10) folios, formulario solicitud de clasificación - arancelaria en dos (2) folios, boletín técnico en dos (2) folios, mandato en dieseis (16) folios A

y comprobante de pago en un (1) folio, El solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte ($ 594. 000 ,00) según | consignación húmero 868492671 de 28 de abril de 2023 del Banco de Bogotá. e Ñ Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000217 del 13 de mayo de 2023 este Despacho solicitó al usuario: Composición porcentual (%) de - los componentes del producto denominado técnicamente como QUAKERCOAT 174 SEMI- - BLACK RECUBRIMIENTO PROTECTORy comercialmente como QUAKERCOAT 174 - SEMI-BLACK RECUBRIMIENTO PROTECTOR; describir el uso del producto e informar aspecto físico y tipo de embalaje. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000197 del 14 de junio de 22 023, con 2 folios, renunciando al término restante para responder, o Por medio del formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. BLANCA CIELITO CAÑON : CUERVO, la. dirección - electrónica . manifestada por. interesado ccanon(Osiap. com.co - e ecabogo?2 Qsiap. com. co; O por. correo enn ta dirección Call 259 100. P -24, en Bogotá, D. C. aS RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600356 de 30 ago. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su

anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas - - partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 32.09 “Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos O : disueltos en un medio acuoso Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación

arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000889 de 04 de mayo - de 2023 y E2023000100165398000197 del 14 de juniode 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un líquido opaco gris oscuro, diseñado para ser utilizado como recubrimiento inhibidor de corrosión sobre metales, particularmente la | RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600356 de 30 ago. 2023 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado superficie externa de tubos y tuberías, de acuerdo con la respuesta al requerimiento de Al información adicional, la composición del producto es como sigue:

Composición: Nombre Químico Porcentaje% Resina acrílica estirenada - 20-35% Etilenglicol monobutil éter... 5-10%.:. - Aditivo (Secadores calcio). .:.1-5% - Inhibidores de corrosión... ...<5% Amoníaco 0% "Carbón negro. (Tinte). o 2 <% Agua (Balance): : cri 2 05% Este producto no contiene ee n su formulación aceites de petróleo o material bituminoso. ES

Propiedades: Propiedad. io Cn Et Valores Tipicos a

Densidad (015. 50) Dd 1.02 gími %Sólidos (Volumen). o 29.6% Punto de Inflamación (TCC) E Se Viscosidad (Copa Zahn2) ...... 30 segundos (a 25%) VOC (excluyendo el agua). it a BB Rendimiento (8 1.0 mil Dry Film: 475 ftZ/gal... PH (producto puro) o a o AB El producto se presenta ee n tambores (64 gal/462 lb) o> contenedores e galíz, 736 lb) a | todos los contenedores se llenan al volúmen por peso. e Del análisis. de. la información, se establece. que la mercancía - objéto deestudio corresponde a un producto a base de polímeros acrílicos y otros componentes, en un medio . acuoso, que se utiliza para evitar corrosión sobre metales, particularmente la superficie externa de tubos y tuberías, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 32.09de la Nomenclatura del sistema armonizado y | - acorde con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 3209.10.00.00.. | -En mérito de lo anteriormente expuesto. el o la Jefe: de la Coordinación de Clasif cación Arancelaria de e Subdirección Técnica Aduanera, Zo 3% - RESU ELVEARTÍCULO. PRIMERO . Clasificar la mercancía descrita « en la presente resolución en la ] - subpartida 3209.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como un producto a base de polímeros acrílicos y otros componentes, en medio acuoso, para evitar la corrosión sobre metales, en:

aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, - contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. o o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de. la eo ' Resolución a la señora BLANCA CIELITO CAÑON CUERVO identificada con cédula de: ciudadNao. n5í2.0a78 .195, representante legalde la sociedad AGENCIA DE ADUANAS RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600356 de 30 ago. 2023 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado PROFESIONAL S.A.S NIVEL 1 - SIAP con NIT 830.003.079-6, a la dirección electrónica manifestada por el interesado ccanonfsiap.com.co - ccabogU2(Msiap.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Calle 25g 100-24 en Bogotá, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con fa resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria - Subdirección Técnica Aduanera too) | EN NP Coordinación de Notificaciones POR UIA COLA “mt fFentral Bogotá D.C

" Proyecto: DIANA MARCELA GARAVITO AREVALO + Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA Se certifica que el Acto Administrativo fue publicado EN Diablo OFICIAL, EDICIÓN Nos IAREMZA AA able AUMEEL Y. uncionarig fo Coordinador

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