DIAN - Resolución 6358 de 10-11-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6358 de 10-11-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
Ne EA POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA j RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600358 (10 nov. 2022) o “Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria .. - a Petición de Cualquier Interesado ' ' o Ei (LA) JEFE ay DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN yA RANCELARIA |D E. LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | | En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la ] il Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes EN HECHOS. | Mediante tadicado No. 235410000000483 de 01 de septiembre. de 2022, el dejeS r. a - GUILLERMO -ALFONSO TOLEDO RONCANCIO, identificado (a) con Cédula de: al : Ciudadanía 70062603, apoderado (a) o mandatario (a), de la sociedad PRIORATTO SAS, con NIT 70.062.603, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente: como “TEJIDO PLANO CON BLUCLES (REVES)". - a El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: poder mandato en : dos (2) folios, formulario solicitud clasificación oficial en un (1) folio, consignación o: comprobante de pago en un (1) folio, Certificado Análisis en dos (2) folios. : : El (la) solicitante. pagó quinientos. treinta. y tres mil pesos “mícte ($ 533. 000 00) sógún dr
Consignación número 1025054833 de 29 de agosto de 2022 del banco de Bogotá al I Banco! l de Bogotá. o Ne 2% AS y Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) - - GUILLERMO ALFONSO TOLEDO RONCANCIO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) gtoledosterOgmail. com o por correo. en la dirección CR 35 2 SUR 67 AP 104 ED LOS MANGOS, en Medellín -- Antioquía NN E | FUNDAMENTOS DE DERECHO. | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su : - anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, o Acuerdo de Cartagena aprobado porr Colombia mediantee Ley ga de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600358 de 10 nov. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas, y textos de partida: Regla General Interpretativa po “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor :
indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 2 A) B) de subpartida de la Sección XI: b): “en los productos textiles. constituidos por un fondo y una superficie conn pelo o con. bucles, no se tendrá en cuenta el tejido de fondo;” Partida 58. 01: Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 o 58. 06. Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en lás subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de ] Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario ” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y Sus modificacionesartículos 303 a 306, : mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000483 de 01 de septiembre de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un :
tejido plano con fondo de hilados de distintos colores y bucles superficiales de color crudo; con las siguientes características: Producto: Tejido plano con » bucles (revés) Construcción: Satín 4x1 con hilo de extra-trama, formando bucles sin y cortar.
Composición porcentual: Integral: 68% Algodón, 32,5% poliéster (filamentos texturados), 1,5% elastano.
o ESA IIÓN Mime ancaseDencóón dee mbr 2022 Hoja No.3 e Continuación del acto administrativo porel cual ses expide una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Tejido de fondo: 78, 5% Algodón, 20% poliéster (filamentos texturados)_ y 111, 5% elastano. - Bucles: 98% Poliéster (filamentos texturados), 2% elastano. o o ER |. Acabado por color: .
Tejido de Fondo: Hilados de distintos colores.
Bucles: Crudo... 2% E ¿Ancho total: 1.46 m Z e - Masa por unidad de área: 370 g/m? - De acuerdo:con lo anterior, arancelariamente se establece que la mercancía corresponde E a un tejido plano. con bucles de terciopelo o felpa, de trama sin cortar, de fibras sintéticas, que conforme a las disposiciones de la Nota 2 A) B) b) de Subpartida de la Sección Xi yen: - virtud de la Regla General Interpretativa: 1 está comprendido en la partida 58.01 de la ñ
Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 5801. 31 00. .00 Del Arancel ide Aduanas: : Teniendo en cuenta que, para elc caso en » particular, el servicio de clasificación araricelaria E tiene un valor equivalente a Catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS m/cte. ($532000) o veintiocho (28) Unidades | de Valor Tributario -UVT, es decir, UN MILLÓN SESENTA Y CUATRO MIL PESOS m/cte. : ($1'064.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo afavor de Un Mil PESOS, ($ 1000), que podrá utilizar para presenta! una nueva solicitud, o E e en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefee (A) de la Coordinación de Clasin icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la. Pos subpartida 5801.31.00.00 del Arancel de Aduanas, como un tejido plano de felpa por trama |. con bucles sin cortar de fibras sintéticas, en aplicación de la Nota de subpartida 2 A) B)b) | de la sección Xl y de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado > texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021. y sus modifi icaciones.. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido. de la presente Los
Resolución al señor (a) GUILLERMO. ALFONSO TOLEDO RONCANCIO identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 70.062.603, a la dirección electrónica manifestada por (el) | o (ta) interesado: (a) gtoledosterGggmail.corn - de conformidad con lo establecido en. |. el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de | 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado. por el artículo 114 de la | : resolución 039 de 2021. De no ser. posible. la notif icación en: forma electrónica, el presente acto «adiniñistrativo se E “notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera. - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas | Nacionales en la dirección CR 35 2 SUR 67 AP 104 ED LOS MANGOS en Jedi Lado - Antioquia - de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que: contra el presente acto |. - administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual | deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad ñ Ñ ia
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600358 de 10 nov. 2022 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 201 9 y los artículos 74y siguientes de la Ley 1437 de 2011. o o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativop,or medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección | Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ias pEes L AN 2022-14. 10 /02:18:49 P.M... $e Fecha Acuse de Recibo e De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ANDRÉS FELIPE BECERRA ZARRATE Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ o ta.) LAS Coordinación de Noticacione: Ñ
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