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DIAN - Resolución 6359 de 30-08-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6359 de 30-08-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

a l a NÍ RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600359 (30 ago. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 dela | Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes | HECHOS Mediante radicado No. 235410000000880 de 28 de abril de 2023, la Sra. XIOMARA ANDREA GARZON DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía 1. 013. 604.991, agente de aduanas de la AGENCIA DE ADUANAS PASAR LTDA. NIVEL 1, con NIT 860.061. 308-4, $ mandataria de la sociedad BOSTON SCIENTIFIC COLOMBIA LIMITADA con NIT 830.039.229-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “CATETER : DIGITAL” y comercialmente como "SPYGLASS DISCOVER DIGITAL CATHETER”. N La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes docunientós: ñ cha técnica del producto “SpyGlass Discover” en nueve (9) folios, catálogo de la mercancía denominada “Controlador Digital SpyGlass Discover” en veintiséis (26) folios, fotografía en un (1) folio, - comprobantes de transferencias bancarias en cinco (5) folios, mandato en cuatro (4) folios,

resolución No. 2015021618 del 4 de junio de 2015 del Invima en tres (3) folios, resoluciónNo. 2019011374 del 29 de marzo de 2019 del Invima en dos (2) folios, resolución No. 2021026239 del 28 de junio de 2021 del invima en dos (2) folios. : A La solicitante pagó seiscientos treinta mil pesos mícte. ($ 630. 000) según transferencias : Y bancarias con números de autorización 57868809 del 26 de abril de 2023 y 35848373 del A 28 de abril de 2023 del Banco de Bogotá. : Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 2023000 100 1659G8000DÁA - del 29 de mayo de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: aclarar para cuál producto se solicita la clasificación arancelaria, pues se aporta ficha técnica del dispositivo denominado - “catéter digital SpyGlass Discover” y catálogo del “controlador digital SpyGlass Discover”, pero en la fotografía anexa sólo se observa el catéter; indicar si el “Adaptador de punto de - acceso en Y” es opcional o no; señalar cómo se presenta empacada la mercancia a clasificar arancelariamente y enviar imagen del empaque; precisar si el uso normal de la : | mercancía exige la intervención de un profesional de la medicina. La usuaria responde - mediante escritos radicados Nos. E2023000100165398000231 del 5 de julio de 2023, con tres (3) folios y E2023000100165398000244 del 13 de julio de 2023, con un (1) folio, . RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600359 de 30 ago. 2023 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado indicando que la solicitud de clasificación es para el catéter y renunciando al término restante para responder. Se notifica el presente acto administrativo al representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS PASAR LTDA. NIVEL 1, Sr. FERNANDO CASTELLANOS CRUZ, identificado con cédula de ciudadanía 19.280.237 (según consulta del RUT hecha por esta | Coordinación), a la dirección electrónica indicada en la solicitud: xiomyg068QGhotmail.comxiomaragarzonOpasar.net; o por correo en la dirección: CRA. 102 AH 25 H - 45 OF. 206, . en Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y . otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Textos de partida: - Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas - y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas

partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 90.18: “Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidolsos de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. € RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600359 de 30 ago. 2023 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición dc e > cualquier iil nteresado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información y fotografías suministradas con el radicado No. 2354:10000000880 “del 28 de abril de 2023, E2023000100165398000231 del 5 de julio de 2023 y

E2023000100165398000244 del 13 de julio de 2023, la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria, se describe como un conjunto compuesto por un dispositivo médico y varios accesorios. La mercancía consiste en un dispositivo médico digital (catéter), de un solo uso, que permite el acceso y la introducción de accesorios en estructuras anatómicas y transmite video endirecto cuando se conecta a un controlador digital que sirve como fuente luminosa y procesador de imágenes para el catéter (el controlador no hace parte de la presente solicitud). ' El catéter dispone de los siguientes controles - Mango: para manipular el catéter. o - Perillas grande y pequeña de control: para doblar la articulación del catéter en 1 diferentes “sentidos. -- Palanca para bloqueo de la articulación: para bloquear las dos perillas de control de la articulación y la sección articulada del catéter. -- Punto de acceso del cana! de trabajo: es el punto de introducción de los accesorios; ahí también puede conectarse el adaptador en Y. -.- Punto de acceso de aspiración: es el punto de conexión de los tubos de succión y/o la - jeringa; incluye una válvula de control de flujo con conector de tipo “Luer”. : : - Cable del catéter: transmite la luz del controlador hacia el extremo distal del catéter y envía al controlador las señales de video que capta un sensor. -- Conector del cable: une el catéter al controlador, tiene una lengúeta de bloqueo. - Sección insertable flexible: consta de un tubo de varias luces y comprende un canal de Trabajo para accesorios/aspiración y dos canales para inyectar líquidos de irrigación.

  • Sección articulada: es la sección de la pieza insertable que se mueve al girar las perillas. de articulación. - Extremo distal: comprende los puntos de salida para el canal de trabajo y los canales de. irrigación.

Pinzas para tubos o cables: permiten juntar la sección de tubos de irrigación, la sección - de tubos de aspiración y el cable del catéter, para organizarlos. o - - Pieza insertable: comprende la longitud total de la sección que puede insertarse, incluida la sección insertable flexible pasiva, la sección articulada y el extremo distal. - Adaptador de punto de acceso en Y. Se puede acoplar al punto de acceso del canal de trabajo con un conector de tipo “Luer”, Cuando se acopla amplía el canal de trabajo para - incluir un conector “Tuohy- -Borst” de ingreso a los accesorios y ofrece un punto alternativo de ¡ inyección y aspiración para líquidos... A E Especificaciones: - Dirección de la vista: 0 grados (visión frontal) - Campo de visión: 120 grados en aire - Anchura de la punta distal: 3,5 mm

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600359 de 30 ago. 2023 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - Anchura máxima de la pieza insertable: 3, 6 mm - Longitud de trabajo: 65 cm - Anchura mínima del canal auxiliar: 1,2 mm -- Intervalo mínimo de angulación: 30 con el dispositivo auxiliar en el canal de trabajo.

El producto es para uso exclusivo por parte de profesionales de la salud; está ideado para permitir una visualización directa (en el controlador digital) y guiar dispositivos Ópticos y accesorios; se utiliza en aplicaciones diagnósticas y terapéuticas en intervenciones '“endoscópicas del sistema pancreotobiliar, incluidos los conductos hepáticos. Se puede introducir directamente en el conducto o a través de un punto de acceso laparoscópico, un acceso percutáneo u otro canal de endoscopio con o sin el uso de una guía. Se presenta empacado en una caja de cartón conteniendo una bolsa con contenedor - plástico con cobertor de papel, que contiene el catéter digital y el adaptador de punto de acceso en Y; se entrega esterilizado con óxido de etileno. Considerando lo anterior, se tiene que el producto corresponde a un instrumento de medicina (catéter), comprendido arancelariamente en la partida 90.18 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las Reglas Generales Interpretativas 1 del Sistema Armonizado, y se clasifica en la subpartida 9018.39.00.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, quinientos noventa y cuatro mil pesos mí/cte. ($594.000), de acuerdo con los comprobantes aportados para el trámite queda un saldo a favor de treinta y seis mil pesos m/cte. ($36.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución.

  • En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe de la Coordinación de Clasific:c ación

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución en la subpartida 9018.39.00.00 del Arancel de Aduanas, como un instrumento de medicina - (catéter), en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FERNANDO CASTELLANOS CRUZ identificado con cédula de ciudadanía No. 19.280.237, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS PASAR LTDA. NIVEL 1 con NIT 860.061.308-4, a la dirección electrónica indicada en la solicitud: xiomyg06GMHhotmail.comxiomaragarzonOpasar.net, de conformidad con lo - establecidoen el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del . Decreto 360 de 2021, artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informadean la solicitud: CRA. 102 Af 25 H-. 45 OF. 206 en Bogotá D.C., o de manera subsidiaria mediante avisoen el sitio web de la RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600359 de 30 ago. 2023 Hoja No. 5.

  • Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Dirección de Impuestos y| Aduanas Nacionales en la dirección de conformidad con lo. establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. e ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra e préstinta: acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la 9 Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1996. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por. medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - ¿Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con. la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y:

remplaza en todos sus efectos á la firma manuscrita. :

- CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

«Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ “ oR evi 0s ó: CLAU ADIA ALEJANDR AA JURADO ZAP ATA > 2! AN Coordininaacciióó n de de NoNtoit ificacionés os Fa eE] Pe a És e A Se certifica que el AGto Administrativo tue publicadoEN _ DIALÍO ALLI, IZA, NZoa n

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