🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 638 de 04-06-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 638 de 04-06-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

RESOLUCIÓN N° 000638 ( 04 de JUNIO de 2021 ) Por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de Dirección Seccional de Aduanas de Cali EL DIRECTOR (A) SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI En uso de las facultades legales, en especial las dispuestas en el artículo 39 del Decreto 4048 de octubre 22 del 2008, numeral 11 del Artículo 11 de la Resolución 0014 de noviembre 04 de 2008, Resolución 02648 del 26 de abril de 2021 y CONSIDERANDO: Que la jornada laboral en la administración pública comprende el periodo durante el cual los empleados se encuentran a disposición de la administración en desarrollo de las funciones que les corresponde ejercer. Su fijación es de origen legal, no solamente con el fin que el servicio se preste dentro de un determinado espacio, sino para que el empleado disponga de un tiempo razonable para su descanso. Que el numeral 11 del Artículo 11 de la Resolución No. 0014 de noviembre 04 de 2008, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados, para "Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público". Que el numeral 2 del Artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala como uno de los deberes de las autoridades en la atención al público, "Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio."

Que con la Resolución No. 000773 del 31 de mayo de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios de los grupos internos de trabajo de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Seccional, quienes prestan servicio 24, en 3 turnos, adicionales al turno único de 8:00 h a 17:00 h. Que con la Resolución No. 000981 del 09 de julio de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior. Que con la Resolución No. 001250 del 21 de agosto de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios de los grupos internos de trabajo de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Seccional, para la División Financiera y Administrativa para los funcionarios con Rol de conductores; y para el Grupo Interno de Trabajo del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior. Que con el propósito de asegurar el efectivo cumplimiento de las normas aduaneras, prestar un adecuado y eficiente servicio de facilitación y control a las operaciones y usuarios del comercio exterior, así como ejercer la facultad de control posterior, se considera procedente que, en la

Dirección Seccional de Aduanas de Cali, se tenga un horario unificado para los servidores públicos que actúan tanto en el control previo como simultáneo y posterior, por lo que con Resolución No. 00833 del 18 de septiembre de 2020 se estableció el horario laboral de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, la cual derogó la Resolución No. 001250 del 21 de agosto de 2019. RESOLUCIÓN NÚMERO 000638 de junio 04 de 2021 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _______________________________________________________________________________ Por lo anterior, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución No. 000833 del 18 de septiembre de 2020 y en su defecto, se establecerán los horarios de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, que se indican en la parte resolutiva de este acto administrativo para cada una de las Divisiones y grupos en ella relacionados, en razón a la respuesta del Subdirector de Gestión de Personal con Oficio No. 100206214 – 00857 del 27 de mayo de 2021, enviado vía correo electrónico en la misma fecha, atendiendo a las necesidades del servicio 24/7 que tiene la Seccional como una solución de carácter temporal a la contingencia del momento. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Director (A) Seccional de Aduanas de Cali R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°: Dejar sin efecto la Resolución No. 000833 del 18 de septiembre de 2020, a partir

del 08 de junio de 2021, por las razones expuestas en la parte considerativa de este proveído. ARTICULO 2°: Establecer a partir del 08 de junio de 2021, los turnos de trabajo para los servidores públicos que se encuentran ubicados en los Grupos Internos de Trabajo de Exportaciones, Viajeros, Zona Franca y Control Carga y Tránsitos de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así: DIVISION GESTION DE OPERACIÓN ADUANERA Para todos los funcionarios en general que se encuentren ubicados en la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, el horario laboral será de lunes a viernes de 8:00 h a 17:00 h, a menos que por necesidades del servicio, en razón a condiciones específicas como Paros Nacionales, alteración de orden público y cualquier hecho notorio dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del Cauca, se requiera la prestación del servicio apoyando una labor determinada por la Dirección Seccional, para lo cual cualquier funcionario de esta División que sea debidamente comisionado tendrá el horario laboral del Grupo Interno de Trabajo al que se comisione. Ahora bien, el horario laboral en los siguientes Grupos Internos de Trabajo será el siguiente, a menos que como se señala en el inciso anterior el funcionario sea comisionado a otro grupo de la misma División:

GRUPO INTERNO DE TRABAJO EXPORTACIONES

SALIDA DE MERCANCÍAS De lunes a viernes: Turno 1: 08:00 h a 17:00 h

ó Turno 2: 06:00 h a 14:00 h El turno 2 se autorizará por la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, cuando se presenten hechos notorios que afecten la alteración del orden público dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del Cauca y se requiera la prestación del servicio de manera presencial, cumpliendo con los lineamientos determinados por la Función Pública. Igualmente, la solicitud de servicio por parte de los usuarios, en horario diferente al establecido, estará sujeta a la aprobación del Jefe del GIT Exportaciones, con el visto bueno del Jefe de División de Gestión de la Operación Aduanera, para lo cual deben presentar la solicitud con la debida anticipación (un día antelación y en horario hábil) para garantizar la programación del mismo, indicando los motivos y el tiempo requerido para el servicio. ORIGEN De lunes a viernes RESOLUCIÓN NÚMERO 000638 de junio 04 de 2021 Hoja No. 3 Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _______________________________________________________________________________ Turno Único: 8:00 h a 17:00 h. Para la entrega de Certificados de Origen, se establecen dos (2) repartos así: Horario 1: Solicitudes radicadas en el SIE desde las 12 Meridiano hasta las 12 de la media noche del día anterior, se entregan los Certificados de Origen a las 11:00 AM del día siguiente. Horario 2: Solicitudes radicadas en el SIE desde las 12:01 A.M. hasta las 11:59 A.M. del mismo día, se

entregan a las 15:00 h. GRUPO INTERNO DE TRABAJO ZONA FRANCA ZONA FRANCA DEL CAUCA De lunes a viernes Turno Único: 07:00 h a 16:00 h ZONAS FRANCAS PACIFICO Y PALMASECA De lunes a viernes Turno 1: 08:00 h a 17:00 h ó Turno 2: 06:00 h a 14:00 h El turno 2 se autorizará por la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, cuando se presenten hechos notorios que afecten la alteración del orden público dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del Cauca y se requiera la prestación del servicio de manera presencial, cumpliendo con los lineamientos determinados por la Función Pública. Adicionalmente, la solicitud de servicio por parte de los usuarios, en horario diferente al establecido, estará sujeta a la aprobación del Jefe del GIT Zona Franca, con el visto bueno del Jefe de División de Gestión de la Operación Aduanera, para lo cual deben presentar la solicitud con la debida anticipación para garantizar la programación del mismo, indicando los motivos y el tiempo requerido para el servicio GRUPO INTERNO DE TRABAJO CONTROL CARGA Y TRANSITOS Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00 h Turno 4: 08:00 h a 16:00 h ó Turno 5: 06:00 h a 22:00 h El turno 5 se autorizará por la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, cuando se presenten

hechos notorios que afecten la alteración del orden público dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del cauca y se requiera la prestación del servicio de manera presencial, cumpliendo con los lineamientos determinados por la Función Pública. ó RESOLUCIÓN NÚMERO 000638 de junio 04 de 2021 Hoja No. 4 Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _______________________________________________________________________________ De lunes a viernes Turno 5: 07:00 h a 16:00 h Turno 6: 08:00 h a 17:00 h GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE VIAJEROS Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00 h Turno 4: 08:00 h a 16:00 h Turno 5: 16:00 h a 24:00 h ó Turno 6: 06:00 h a 6:00 h del día siguiente El turno 6 se autorizará por la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, cuando se presenten hechos notorios que afecten la alteración del orden público dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del Cauca y se requiera la prestación del servicio de manera presencial, cumpliendo con los lineamientos determinados por la Función Pública. ó De lunes a viernes Turno 7: 07:00 h a 16:00 h Turno 8: 08:00 h a 17:00 h ARTICULO 3°: Establecer a partir del 08 de junio de 2021, los turnos de trabajo para los

servidores públicos con licencia interna de conducción y que se encuentran ubicados en la División de Gestión Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así: Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 04:00 h a 12:00 h Turno 2: 12:00 h a 20:00 h Turno 3: 20:00 h a 04:00 h ó Turno 4: 05:00 h a 17:00 h Turno 5: 06:00 h a 17:00 h Turno 6: 14:00 h a 01:00 h del día siguiente Turno 7: 06:00 h a 6:00 h del día siguiente Los turnos 4 al 7 se autorizarán por la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, cuando se presenten hechos notorios que afecten la alteración del orden público dentro y fuera de la ciudad de Cali – Valle del Cauca y se requiera la prestación del servicio de manera presencial para labores de conducción y de forma no presencial o teletrabajo, este último para las actividades propias de reconocimiento de viáticos y comisiones, cumpliendo con los lineamientos determinados por la Función Pública. ó De lunes a viernes Turno Único: 08:00 h a 17:00 h RESOLUCIÓN NÚMERO 000638 de junio 04 de 2021 Hoja No. 5 Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _______________________________________________________________________________ ARTÍCULO 4°. Establecer a partir del 08 de junio de 2021, los turnos de trabajo para funcionarios

del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior, así: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00 h ó De lunes a viernes Turno Único: 08:00 h a 17:00 h ARTICULO 5°: La distribución de los funcionarios que laboran en cada uno de los turnos, así como la planeación de los mismos es responsabilidad de los Jefes de los respectivos grupos internos de trabajo y/o de los jefes de División. ARTICULO 6°: Los Jefes de los grupos internos de trabajo, el coordinador informal del grupo operativo y los Jefes de División de Gestión correspondiente serán los responsables de verificar y garantizar el cumplimiento del horario de trabajo que mediante la presente Resolución se establece. ARTICULO 7°: Enviar copia de la presente Resolución al corresponsal de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, para su publicación en la página web. ARTICULO 8°: Enviar copia de la presente Resolución al grupo interno de personal para ser comunicada por el LD a los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali ARTICULO 9°: La presente Resolución, rige a partir del 08 de junio de 2021. COMUNIQUESE Y CUMPLASE DAVID FERNANDO RODRÍGUEZ DORADO Director (A) Seccional de Aduanas de Cali

Aprobó: Revisó:

Victoria Eugenia Giraldo Castro Liliana Gómez López Jefe GIT Personal Funcionaria GIT Personal Dirección Seccional de Aduanas de Cali Dirección Seccional de Aduanas de Cali

Proyectaron: Carolina Lucia González Ruiz Betty Saavedra García Jefe División de Gestión de la Operación Aduanera Jefe de División de Gestión de Fiscalización (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali Dirección Seccional de Aduanas de Cali

Javier Eduardo Arana Rodríguez Jefe División de Gestión Administrativa y Financiera (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali

Consultar sobre este documento ...