DIAN - Resolución 6388 de 22-09-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6388 de 22-09-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
a - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600388 (2sep2. 20 23).
Por la cual se expide una Resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado..." o... : EL (LA) JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE La z SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de > las facultades legales que le confiere el numeral 3.3. 1 del artículo 2 de la EN Resolución 070 de 2021 y teniendo enn cuenta los siguiéntes ES aa E “Mediante radicado. No. 235410000000954. de 13 de junio de 2023, la Sra. CLAUDIA. - PATRICIA VIANA MONTOYA, - identificada con cédula de ciudadanía 43.726.577, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1, con NIT: :900,081.359-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición . - de. cualquier irsado. para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “CATÉTER ESPUMA" La interesada. adjuntó. a la solicitud los siguientes documentos: fi cha técnica del producto, en cuatro (4) folios y comprobante de pago en un (1) folio. La solicitante p| agó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte ($ 594. 000, 00) según transferencia número 99586 de 09 de j junio de 2023 del Bancolombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de información Adicional - RIA No: S2023000100165398000303 dei 26 de Junio de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: explicar el proceso de.
inseminación porcina utilizando este "catéter"; señalar el principio de funcionamiento ej: mecánico, electrónico etc.; e informar si el CATÉTER ESPUMA tiene que estar conectado ' - aotro aparato para que funcione, de ser así, informar el nombre del aparato, anexar la ficha técnica” y “adjuntar fotos. La -Usuaria : responde mediante escrito” radicado . No. E2023000100165398000253 del 21 de julio de 2023, con 2 folios, renunciando al término restante para responder, o . Según lo! señalado en el formato de la solicitud. se indicó que see notifici gue. a la Sra. CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada por la interesada dbaenaGGmagnum.com.co - Igallego(Q4magnum.com.co; o por correo en la dirección Calle | 16 No 41210 Ed. La Compañía Of 404, en Medellín - Antioquía Ml RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600388 de 22 sep. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, porel cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas : y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes. ' Partida 90. 18. “Instrumentos y aparatos d« e medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.” Regla General interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también see aplican las Notas de ' Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de diasificc ación arancelaria a petición de cualquier interesado. | : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi caciónn arancelaria
ca petición de cualquier interesado. : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000954 de 13 de junio | de 2023 y E2023000100165398000253 del 21 de julio de 2023 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un tubo plástico, en un lado una punta deE RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600388 de 22 sep. 2023 Hoja No. 3 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi cación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado — espuma, color naranja y en el otro: lado: un adaptador plástico, con las: , siguientes caracteristicas generales: Tubo: Material Polipropileno (PP) color transparente - y Punta: Material Copolímero EVA; unión punta tubo pegado 4 Adaptador: Material PVC; unión del adaptador al tubo pegado : l Presentación embalaje: caja de cartón porrugado, envasado > 800 Uds. ¿caja eenl bolsas de polipropileno (PP) nensperento dea 5 Uds. . El prádúcto se utiliza para lai inseminación de las cerdas, de forma manual: E extremo que - tiene la espuma se introduce en la vagina del animal hasta llegar al cérvix; una vez ubicado el tubo parcialmente dentro de la cerda, la botella o bolsa que contiene el semen se coloca en el otro extremo donde está el adaptador. Por último, se ejerce presión en la botella o bolsa para que el semen puéda bajar y atravesar el tubo hasta llegar al cérvix de la. cerda. :
De acuerdo con ta información anterior, arancelariamente. el producto corresponde a “un catéter de uso veterinario, que según lo establecido en la Regla General interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 90.18 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, Yo. con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se: clasifica en la subpartida l arancelaria 9018.39, 00.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto; el o la Jefe de la Coordinación de Clasif icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o RESUELVE. ¿ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la |. -subpartida 9018.39,00.00 del Arancel de Aduanas, como un catéter de uso veterinario, en . aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, : contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente. Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificada con cédula de ciudadanía No: 43.726.577, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML: SAS NIVEL 1 con NIT 900.081.359-1, ala dirección electrónica manifestada por la interesada dbaena(A4magnum.com.co - Igallego(Qmagnum.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 delDecreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado > por el artículo 114 de la resolución 039 ) de 20214: 0% De no ser posible la. notif icación en forma: electrónica, el presente aa cto administrativo s< e notificará por correo a la dirección procesal informada' por el usuario, o de manera - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Calle :16.No 41 - 210 Ed. La Compañía Of 404 en Medellín - - Antioquia de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 7/64 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCER - Informar alani nteresada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidacdon RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600388 de 22 sep. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación ' Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los articulos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo” 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119
de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica. Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con ta resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. -CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria ' ' Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: DIANA MARCELA GARAVITO AREVALO Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA So . . ed AM o, Coordinación de Notificaciones
o a - tuel Central Bogotá DC Se certifica que el Acto Administrativo 4f ue publicado