DIAN - Resolución 6396 de 06-12-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6396 de 06-12-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600396 (06 dic, 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado El JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la | Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000401 de 27 de julio de 2022, la Sra. CLAUDIA. PATRICIA HENAO BERNATE, identificada con Cédula de Ciudadanía 51.770.861, en su calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1, con NIT 860.536.003-3, mandataria de la Sociedad HISENSE COLOMBIA S.A.S. con NIT 901.514.7138, “presentó una. solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente “TELEVISOR LASER INTELIGENTE 4K”. - La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes. documentos: mandato en ocho (8) folios, ficha técnica ee n ocho (8) folios y comprobante de consignación en un (1) folio. La solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos mícte ($ 532. 000 00) : según Transferencia número 88971019 de 03 de junio de 2022 del Banco de Bogotá al Banco de
Bogotá. ON Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 52022000100165398000481 del 09 de septiembre de 2022 este Despacho solicitó a la usuaria: Explicar en qué consiste la expresión indicada en la solicitud “tecnología de proyección de alcance ultracorto del: 156”; indicar como realiza el aparato la función de recepción de televisión; informar si el aparato es de televisión o de radiodifusión, grabación o reproducción de. sonido. o imagen incorporada; que tipo de tecnología emplea: precisar cómo funciona el “televisor láser inteligente”, adjuntar catálogo de la mercancía y remitir imágenes. del producio. : La usuaria responde mediante escrito radicado con el No. E2022000100165398000358 del 21 de octubre de 2022, con 22 folios y renunció al término restante para dar respuesta: Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que ses notifique a la Sra. CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE, ala dirección electrónica manifestada por la interesada phenao(abcrepecev. Com - iclavijoQUabcrepecev. com; O por correo en la dirección A calle |. 24 No. 95-12 Bd 45, en Bogotá, D.C. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600396 de 06 dic. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su
anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cua! se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regia General Interpretativa 3D): "Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes O constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos 0 surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efecíuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible detonmnano; Partida 8528: | "Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión; incluso con aparato receptor de radiodifusión o grabación o reproducción de sonido 0 imagen incorporado.” Regla General Interpretativa 6: "La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpertida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecios de esta Regla, también se aplican las Notes de Sección y de Capitulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 048 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. 77 RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600396 de 06 dic. 2022 Hoja No. 3Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000401 de 27 de julio ddie | 2022 y E2022000100165398000358 del 21 de octubre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un aparato e lectrónico con varias funciones de acuerdo a las siguientes características:
Serie: 15
Modelo interno: 100L5GE.
Modelo comercial: 100LSF/100L5GGolar: Negro, gris Resolución: 4K Tecnología de pantalla DLP Superficie de visualización: Flat Fuente de luz: Láser Potencia de salida de sonido: 215w o Peso del producto incluido soporte: 11.5Kg Dimensión del producto (LxDxH)547x346x158mm'.
Pantalla ALR (Ambient Light Rejection) | Material de la pantalla: PET y telas sintéticas | Altavoces: integrado
Pantalla: 1007
Tiene Transmisión en red (DLNA) Tiene audio digital inalámbrico (Bi uetootn)
Potencia de salida de sonido: 215w | Tiene reproductor multimedia (video, audio, foto) | Interfaz de usuario: VIDAA U4
Cuenta con aplicaciones como: Neflix, You Tube, Prime Video (Amazón)
Navegador Web: VEWD 4.20
Aplicación para celular: Remote NOW Sintonizador digital y analógico: DVB-T2/T ¡cIs2/S Cuenta con control parental Clasificación de canales: Incorporado y exportable para edición de PC (CHSORT) Lista de canales favoritos: 4 o El aparato cuenta con las siguientes opciones de conectividad: interfaz común (Cl+)V.14.
Cuatro entradas HDMI. Puerto USB... Salida S/PDIF.. Sintonizador RFEntrada compuesta AV. Entrada VGAVGA UR Audio (mini jack) Entrada de Audio (L/R).- Puerto Ethernet RJ45 TS Soporte de adaptador de LAN inalámbrica Tecnología WIFI e Soporte y perfiles Bl luetooth Puerto de servicio — 1 auricular RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600396 de 06 dic. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De acuerdo a la información aportada por el solicitante, el bien objeto de estudio lo describe como un Televisor Láser Inteligente Resolución 4K de 100” con tecnología de proyección que usa un módulo laser de alcance ultracorto para visualización en 100” a una distancia de 24,1 cm entre el Proyector y la pantalla ARL (Rango de Tiro) para lograr la tecnología
de proyección de alcance ultracorto. El lente de tiro ultracorio; está compuesto por un grupo de lentes ópticas, cuyos materiales son principalmente vidrio y resina. El bien realiza la función de recepción de televisión LaserT V mediante la visualización compuesta por tres partes: sistema óptico (equivalente a la retroiluminación del panel), sistema Smart TV (similar al sistema LED Smart TV) y una pantalla ALR (equivalente al panel). En su funcionamiento, para el flujo del sistema de procesamiento de señal de imagen de la placa principal se utiliza un sintonizador para recibir señales de alta frecuencia enviadas por un satélite, un cable CCTV o una antena exterior, luego las señales de TV y las señales de otros puertos se procesan en el SOC integrado en la placa de IV. El Sistema óptico se compone principalmente de dos partes, una es el módulo de fuente de | luz y la otra es el sistema de imágenes. El sistema de fuente de luz de 100L56 utiliza una fuente de láser para emitir láseres. El módulo de fuente de luz emite láseres y en el sistema DLP, el chip DMD es el componente central de imágenes de la proyección, las señales ópticas se reflejarán en la pantalla a través de los lentes. Para su funcionamiento utiliza una fuente de luz láser y tecnología DLP, diferente de Plasma o LCD. El televisor láser inteligente significa que utiliza un sistema operativo inteligente en el SOC basado en ARM, por lo que se puede conectar a internet y se pueden preinstalar diferentes aplicaciones como las que comúnmente trae preinstaladas un televisor convencional. El Laser Tv Hisense procesa su imágenes en su Hardware utilizando el láser y el Procesar DIMP las
cuales luego atraviesan el bloque óptico con los Lentes y se ven proyectadas en la pantalla ARL una esto acompañado de un Sistema Operativo (VIDAA) el cual permite tener la interacción con la conexión a internet mediante wi-fi, ofrece diversos servicios digitales, transmisiones digitales en streaming, interactuar, de diversos modos, con los canales de telovisión a través de distintas aplicaciones, etc. El láser de corto alcance tiene una | funcionalidad de seguridad que permite interrumpir su funcionamiento cuando se interpone un-obstáculo que puede afectar el usuario. De acuerdo con la información anterior, la mercancía se presenta para la venta al por menor , en conjunto un receptor de televisión y pantalla de proyección, que corresponden a dos partidas diferentes 85.28 y 90.10; es decir, los dos productos se complementan, pero el equipo que le da el carácter esencial es el receptor de televisión. Adicionalmente el equipo receptor de televisión presenta entradas MHDI y VGA, por las cuales se puede incorporar un dispositivo de visualización “display” o pantalla de vídeo, que en aplicación de la Regla General interpretativa 3 b), se encuentra comprendido en la partida 85.28 de la: Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8528.72.00.90 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, | 174 RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600396 de 06 dic. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpertida 8528.72 .00.90 del Arancel de Aduanas, como un aparato receptor de televisión, en aplicación de la Regla General Interpretativa 3 b) y la Regla General interpretativa 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE identificada con Cédula de Ciudadanía No. 51.770.861, en su calidad de Representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV 5.A.S. NIVEL 1 con NiT 860.536.0033, a ladirección electrónica manifestada por la interesada phenao(Mabcrepecev.comiclavijo(Babcrepecev.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a ta dirección procesal informada por la usuaria, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Av. calle 24 No. 92-12 8d 45 en Bogotá, D.C. de conformidad
con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos Yá y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1163 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 419 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y COMA SN Ñ Coordinación de Notificaciones POR UNA COLO M0 t4 a ds Ñ totFantral1 Bogotá D e p 2 TD ar que Era son pito ELZET paa, Y. a WELETS ( : UNCION [3 / i . De conformidad conla resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica ene plena validez y
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita, FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria