🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6397 de 06-12-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6397 de 06-12-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

756 DIAN,

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA

-- RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600397 (06 DIC. 2022) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria. EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE o LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA El En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes... a HECHOS | Mediante radicado No. 235410000000519 de 21 de septiembre de 202el 2(la,) S r. (a) ¡ CAMILO MEJÍA RAMOS, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 1.088.334. 387, | | Representante Legal de la sociedad COCOTEROS S.A.S, con NIT 901.619.096-3, presentó : [| una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía | denominada técnicamente “GRASS HEAD” y comercialmente como. «GROPI.” Mo 3 El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud copia de los siguientes dotumentós: f chia técnica : | en dos (2) folios, fotografías en dos (2) folios y comprobante de pago. en un (1) folio E El (la) solicitanté pagó quinientos treinta y dos mil pesos mícte ($ 532. 000 00) “según 0 Consignación número 1037714963 de 21 dee septiembre. de 2022 al Banco de Bogotá. o |

Mediante oficios Nos. 1001653981762 y 1001653981763. con radicado. virtual No. 000120229914138 y -00012022914145 del 3 de octubre de 2022, se consultó respectivamente a las Divisiones de Fiscalización Aduanera, Liquidación Aduanera. y: Jurídica, de todo el país y a las: Subdirecciones de Recursos Jurídicos y Representación: Externa, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en curso: para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación; no encontrándose información | sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. - Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) | CAMILO MEJIA RAMOS, a la dirección electrónica manifestada por. el interesado (a) | gropiworidHgmail.com - -acuerdolegalOkeypartners, biz; o por correo en ta dirección Cra 32 8 49 Edificio C13. oficina 506, en Medellín - Antioquia e a - FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificc ación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600397 de 06 DIC. 2022 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediantel a cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. :

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y l otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de Partida. Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 95.03 “Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas deruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos . reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de: cualquier clase.” | Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas dc e una misma partida está determinada i legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasif icación arancelaria . : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación -: arancelaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información" suministrada con el radicado No. -235410000000519 de 21 de «septiembre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto vegetal decorativo, hecho de lámina de coco, y semillas fertilizantes diseñado para : usarse como juguete lúdico, es fabricado con materiales orgánicos y amigables con elmedio ambiente. Partes y componentes para su proceso de fabricación: Sustrato de coco. Semillas de pasto (Grama Clima Frio). Basacote 6 m (nutriente de distribución lenta para la planta). - 157

  • RESOLUCIÓN NÚMERO cani de 06 DIC. 2022 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónn Anticipada de Clasificación Arancelaria Fibra de coco soporte enn base platico (polietileno) negociación con fibra de maíz recorte de tela pet 70 gr caja de cartón- (natural offset 200 gr). o AS Pegante líquido se Usa para adherir la tela en la fibra de coco. Es. un producto vegetal diseñado para usarse como un juguete lúdico decorativo, es un - contenedor de semillas de grass, hecho de lámina de coco, el producto además de contener semillas contiene también fertilizante 6 m y lleva adherida en una de sus caras exteriores una máscara de politex que le da rostro al producto, que al ser de origen vegetal tiene la capacidad de germinar cuando se somete a las condiciones descritas en las instrucciones,

dando como resultado una grama que crece por la parte superior, haciendo las veces de 'cabello'. el producto se compone entonces de un rostro (lámina politex), un cuerpo - (contenedor en lámina de coco) y cabello (pasto de invierno o grass ya germinada) - Especificación de producto terminado: el producto viene empacado en una caja por 20 unidades, dimensiones por unidad son: 8 cm por 8 cm por 12 cm. peso por unidad es 00. .83 gramos peso del prod ucto empacado: 105 gramos. _De acuerdo con lo anterior, se concluye. que arancelariamente la mercancía corresponde, ¡ a un muñeco lúdico de uso decorativo, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 95.03 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y de acuerdo con la Regla General interpretativa 6, se clasifici ca en llaa subpartida arancelaria 9503. 00.22.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasif ¡cación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución e€ n la subpartida 9503.00.22.00 del Arancel de Aduanas, como un muñeco lúdico para uso decorativo, que en aplicación de las Regla Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente

  • Resolución al señor (a) CAMILO MEJIA RAMOS identificado (a) con Cédula de Ciudadanía
  • No. 1.088.334.387, Representante Legal de la sociedad COCOTEROS S.A.S con NIT 901.619.096-3 a la dirección electrónica manifestada por (el) o (a) interesado

(a) gropiworldQgmail. com -- acuerdolegalOkeypariners.biz de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

Der no ser posible la: notifici cación. en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera: - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales en la dirección Cra 32 13 49 Edificio C13 oficina 506 en Medellín - Antioquia de - conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a). que contra el. presente acto - administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual: deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600397 de 06 DIC. 2022 Hoja No. 4 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de

Clasificación Arancelaria con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo; por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Ñ «Firmado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yo - remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita, l

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

- Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET Revisó: F ¿DEL RAUL MINOTTA BENiTEZ | o e

rta IS Coordinación de Notificaciones A Nivel Central Bogotá D, e

Consultar sobre este documento ...