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DIAN - Resolución 6397 de 28-09-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6397 de 28-09-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023
  • [RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600397 (28 sep. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria

coa Petición de Cualquier. Interesado A LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA Ñ SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o _ En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la. o Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o - HECHOS |. Mediante radicado No. 235410000000958 del 15 de junio de 2023, la Sra: LIANNA KATHERINE ROMERO DONCEL, identificada con céddeu ciludaadan ía 1:105.687,044,- representante aduanero de la AGENCIA DE ADUANAS GLOBAL CARGO S.A.S. NIVEL 2, con NIT 901.335.945-1, mandataria de la sociedad EATON INDUSTRIES COLOMBIA -S.A.S. con NIT 900.430.151-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación: arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente . como "TABLERO DE BAJA TENSIÓN TIPO SWITCHBOARD" y comercialmente como ll ¿PRLO”. lo La interesada adjuntó a la solicitud los ¿iguiéntes documentos: ficha técnica en ócho (8) folios, catálogo en treinta y cinco (35) folios, fotografías en nueve (9) folios, certificación de la sociedad Eaton Industries S.A.S. en un (1) folio, comprobantdee transferencia bancariaen un (1) folio, mandato especial en ocho (8) folios, acta de inspección No,

032023000022488 del 8 de]J unio de 2023 de la DIAN. en dos (2) fool ios. La solicitanté pagó “quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte. (s 594. 000) según | transferencia bancaria de 15 dej junio de 2023 de Bancolombia al Banco de Bogotá. o Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000325 | del 11 de julio de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: aclarar si la mercancía cuenta con interruptores o no; indicar cuáles y cuantos elementos componen el tablero, y especificar la función de cada uno de ellos; anexar una imagen de la mercancía con la. - identificación de cada uno de los componentes; adjuntar la ficha técnica de la mercancía, en la que se precise la potencia expresada en voltios. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000280 del 9 de agosto de 2023, con seis (6) folios, renunciando al término restante para responder. | Se notif ica el presente acto administrativo al representante legal de la sociedad | AGENCIA -DE ADUANAS GLOBAL CARGO S.A.S. NIVEL 2, Sr. RICARDO ALFREDO PADILLA CERVANTES (según consulta del RUT hecha por esta Coordinación), a la dirección eP RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600397 de 28 sep. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado electrónica manifestada en la solicitud: lianna0180O gmail.comcarolinasabogalWeaton.com; o por correo en la dirección: Calle 23 4 116-31, en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y | otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Textos de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor - indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 85.38: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una mísma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Regla General interpretativa 6

  • “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobiemo Nacional y suuss modificaciones - artículos 302 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria

  • a petición de cualquier interesado. . :

E

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600397 de 28 sep. 2023 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada. con el fadicado No. 235410000000958 del 15 de junio de 2023 y E2023000100165398000280 del 9 de agosto de 2023 la mercancía objeto de: clasificación arancelaria, se describe como un producto metálico con las siguientes. | dimensiones: ancho: 2 13 m, largo: 2,13.m, alto: 2 28 m. “Se compone de tres estiucturas, que luego: se “acoplan: no tiene instalados interruptores nio

equipos de potencia, solo compartimientos para que el cliente final instale los equipos que tenga disponibles. Incluye accesorios y tres (3)j juegos de barras de cobre con recubrimiento electro plateado (uno por cada fase eléctrica), con diferentes longitudes, las cuales ; sirven | para ayudar a distribuir la energía eléctrica por todo el tablero. El producto cumple con los siguiéntes valores máximos de diseño: Pia A - Corriente máxima: 4.000 amperios - Voltaje máximo: 480 voltios ACFrecuencia: 60 Hz _De acuerdo con lo anterior, el producto corresponde a un armario destinado a contener . diversos aparatos eléctricos, el cual arancelariamente queda comprendido en la partida85.38 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las Reglas Generales : interpretativas 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida 8538. 10. 00. 00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General interpretativa 6... En mérito de lo. anteriormente expuesto, la Jefe. de la. Coordinación de Clasifi cación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESU ELVE.

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la o -subpartida 8538.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como un armario de la partida 85.37, sin sus aparatos, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado : texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y: sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. “Notificar de manera electrónica, el contenido. de la E AS

Resolución al señor RICARDO ALFREDO PADILLA CERVANTES identificado con cédula |. de ciudadanía No. 1.047.461.162, representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS - GLOBAL CARGO S.A.S. NIVEL 2 con NIT 901.335.945-1, a la dirección electrónica manifestada en la solicitud: lianna018Hgmail.com - carolinasabogalfWeaton.com, de . conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por. | el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la. resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de | la resolución 039 de 2021. o De no ser r posible la notifioc ación en forma electrónica, el presenté a¿ cto administrativo se oo notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: Calle 23 + 116-31 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de | . impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763y |. 764 del Decreto 1465, de 2019. e RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600397 de 28 sep. 2023 Hoja No. 4 | Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con '

lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-09/ 1-2:2028:3 1 P. Mo o Pecha Acuse de Riacibaj E . De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA ARSN E cornctn esctecs | Ñ ASe certi fica ue el AcAto Administratio y cado

ERE E VIT

AS dina:

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