🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6398 de 28-09-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6398 de 28-09-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

D I A N -. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600398 (28 sep. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria” - a Petición de Cualquier Interesado o Las JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE La o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA e En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes CS | HECHOS Mediante radicado No. 235410000001036 de 26 de julio de 2023, la Sra. DIANA CAROLINA TOVAR AZULA, identificada con Cédula de Ciudadanía 52.868.540, en calidad de : - Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AVIATUR S A NIVEL 1., con NIT 830.002.571-4, mandataria de la Sociedad ESPECIALIDADES OFTALMOLOGICASS.A con NIT 800.213.511-9, presentó una solicitudde resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como: MULTIAREDS (R) SUPLEMENTO DIETARIO EN EMULSION Y comercialmente . como: "Multiareds” La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato e« n dieciochoc ae folios; comprobantes de consignación en un (1) folio; hoja de > seguridad del producto en doce (12) folios y ffi icha técnica en tres (8) foliós. o 0% o La solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte.. ($ 594, 000 00) | según

Consignaciones números 1046232191 de 13 de julio de 2023 y No. 1023000285 del 18de julio de 2023, ambas del Banco de Bogotá. . Según lo señalado e« n el formato de la solicitud, : se y indicó. que se notifique al Sir ca GIOVANNY ACOSTA GIL, a la dirección electrónica manifestada por el interesado o ventasMophtha.com.co; direccion.administrativaQophtha.com.co;- O por: correo en. Ja dirección CR 37A CL 2 sur 104, en Medeliín -- Antioquia F| UNDAMENTOS DES DERECHO | Convenio del Sistema Arítionizádo de Designación y. Codificación de Mercancias y su. : anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o o Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley g de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600398 de 28 sep. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación ' Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto ' único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas

y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” : Partida 21.06: “Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de: -Sección y de Capítulo, salvo disposición ee n contrario”. : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001036 de 26 de julio de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto líquido alimenticio, de apariencia homogénea, libre de partículas extrañas, con olor y sabor característicos. Cada 10 mil contiene los siguientes componentes: Luteína 10 mg Zeaxantina 2.0 mg Omega 3: + 1000 mg Vitamina E 400Ul

Vitamina C 500 mg Cobre (óxido de cobre) 2 mg Zinc (óxido de Zinc) 40 mg Agua purificada 6.6559 y

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600398 de 28 sep. 2023 Hoja No. 3. - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado cmMc | 50.0 mg

(Carboximetilcelulosa) A - Sucralosa 26 mg - Peg-40 Aceite de ÓN - 039 - Castor Hidrogenado' - o Sabor artificial 40.0 mg Sorbato de Potasio... 20.0mg - Omega 6 (Ácido : e - 772.8 m9 .Linoleico) . : o o Omega 9 (Ácido ATL MG Oleico) O o e El producto se presenta comercialmente en frasco de 60 mi, con tapa dosif cadora; se > puede. ingerir una vez al día con las comidas. (10 mi)... De acuerdo con lo anterior se concluye que el producto arancelariamente corresponde a: una preparación a base ácidos grasos, utilizada: como suplemento alimenticio, que de conformidad con lo dispuesto en Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendido | en la partida arancelaria 21.06 de la nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación : - de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la a subpartida arancelaria 2106.90. 79. 00 del arancel de aduanas En mérito de lo. anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación de Clasif ¡cación o

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, resumo | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la my ercancía descrita en la presente resolución en: da - subpartida 2106.90.79.00 del Arancel de Aduanas, como un suplemento alimenticio, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y ss us modifi icaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notifi icar de manera electrónica, el contenido de la presente: l Resolución al señor EDGAR GIOVANNY ACOSTA GIL identificado con Cédula de Ciudadanía No. 71.737.678, en su calidad de Representante Legal de la sociedad ESPECIALIDADES OFTALMOLOGICAS S.A con NIT 800.213.511-9, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: - ventasGMophtha.com.co;- - direccion.administrativaQHophtha.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de . - 2021; artículo 319 de la: resolución 046 : de 2019: modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se: notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: CR 37A CL 2 SUR 104 en Medellín — Antioquia, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad « con lo establecido en los.

artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto adininistrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y! los artículos 74 y siguientes dde la Ley 41 437 de 2011. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600398 de 28 sep. 2023 Hoja No. 4 Continuaciódnel acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 20109, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y

remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN |

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA ss LAN Coordinación de Notificaciones POR UMA COLOMBIA MÁS HNUTTTA E Gun! Central Boantá n 8] 86 certifica que el Acto Administrativa fue publicado.

EN DIARIA Spiciab, == HZ 3604 ¿EARE: 3.

Consultar sobre este documento ...