DIAN - Resolución 6399 de 22-09-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6399 de 22-09-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
— — 2 I A POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA: mE al 0 o 6 39 o RESOLUCIÓN NÚMERO - | | asa
. , o Por la cual se expide. una Resolución de Clasificación Arancelaria a M Petición de Cualquier Interesado . LA JEFE E DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA - SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA o | En uso > de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución> 0011 . de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, | O Mediante radicado No. ESGTA202000053 del 13 de febrero de 2020, el señor Santiaoo Arango Arroyave, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.104. 108, representante Ml legal de la Agencia de Aduanas Hubemar SAS Nivel 1, con NIT 890.403. 077-6, presentó - Una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado l para la mercancía denominada técnicamente “1,6hexanodiamina, N,N'”-bis (2,2,6,6- -tetrametil-4 piperidinil), Polímero con. 2,4 G+tricloro-1,3,5-riazina” y comercialmente | "LOWLITEO 94”. o SN o : El interesado adjuntó con la solicitud: copia de Hoja de Datos. de Seguridad y copia del comprobante de pago. o e | El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve má pesos mícte. 6 439,0 00), con recibo
No. 934637874 del Banco de Bogotá. o o Eo. | ¡ Mediante oficio No. 100227342— 0252, tadicado No. 0008202090459 del 27 ded febrero. de 2020, esta Coordinación solicitó al interesado dar respuesta a los siguientes puantos: presentar un diagrama que describa la forma como se obtiene el producto, indicando si es. - por mezcla, el porcentaje de participación de los componentes : y su función, o: si es por. reacciónn química, el rendimiento. y la función de los componentes, entre otros. 1] Con escrito radicado virtual No. 000E2020901507 del 24 de abril de 2020, el interesado solicitó prórroga para. responder al requerimiento, petición. que fue aceptada y atendida Ml con oficio No. 100227342 — 480 del 29 de abril, enviada por correo electrónico el 30 de abril de 2020. Mediante radicado virtual No. 000E2020009953 del 23 de jj unio de 2020, se - recibe respuesta. al requerimiento de información, sin renunciar al término. restante otorgado para dar respuesta. Por medio del formato de solicitud, se indicó que se notifique ¿ a Santiago Aran o Arroyave, o en la Avenida Calle 26 No. 96 J - 66 Of 212 Edifico Optimus en Bogotá, D. Us RESOLUCIÓN NÚMERO 006399 de. 22 SEP 2020 —HojaNo.2 ES Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
Mediante resolución 022 del 18 de marzo del 2020, emanada de la Dirección de: Impuestos y Aduanas Nacionales se determinó suspender los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como medida transitoria por motivos de salubridad pública, entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, inclusive. El 29 de marzo de 2020 la DIAN expide la Resolución 030 con la cual adopta medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y deroga la Resolución 22 del 18 de marzo del 2020. “El artículo 8 de la Resolución 30 de 2020 establece: “SUSPENDER hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social la. totalidad de los términos de las actuaciones administrativas 0. jurisdiccionales en sede administrativa, incluidos los procesos disciplinarios. Durante el término que dure la suspensión y hasta el momento en que se reanuden las' actuaciones no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la - legislación tributaria, aduanera y cambiaria”. Mediante el artículo 1 de la Resolución No. 41 del 5 de mayo de 2020, la DIAN modificó : los parágrafos 2 y 3 del artículo 8 de la Resolución 0030 del 29 de marzo de 2020 y
levantó los términos de suspensión para expedir resoluciones de clasificación arancelaria, unidades funcionales y resoluciones anticipadas. FUNDAMENTOS DE DERECHO Conveniode l Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su: anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediantLeey 8 de 1973. | Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo ' de Cartagena. o Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas - y otras disposiciones. o o “Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen. un valor indicativo, ya quela clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” _ RESOLUCIÓN NóMERO 006399 de 22SEP MM mojano.s Continuación de la resolución por la cual se expide una resoluciónde Clasificación | Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | | Partida 38.12: “Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico.”
Regla General Interpretativa 6: - “La clasificación de mercancíasen las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de - Subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido .. que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta. Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o A OO Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cualse. | dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación - . arancela apretiicaió n de cualquier interesado. O E Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a - petición de cualquier interesado. O CS E - CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSe reanudan los términos de atención de la solicitud de resolución de clasificación- - arancelaria a petición de cualquier interesado con radicado No. ESGTA202000053 del 13 sede f le eb vr ae nr to a rod ne 2 la0 s2 0, m edc io dn af so rm de e sla u sR pe es no sl iu óc ni ón d e 41 e xpde el d ic5 ióde n m dea yo r esd oe l uc2 i0 o20 n, e s me ded ia cn lt ae si fila c acc iua ól narancelaria, y que entróa regierl 6 de mayo de 2020. A A Según la información suministrada con radicados Nos. ESGTA20200005d3e l 13 de
febrero de 2020 y 000E2020009953 del 23 de junio de 2020,l a mercancía objeto de . «solicitud de clasificación arancelaria se describe como Una sustancia sólida,en forma degránulos o polvode color blanco a amarillo claro, inodora e insoluble en agua, presentada - en empaquede 25 kilogramos de peso. - El producto se obtienea partir de reacciones quípmor ietapcas autisliza ndo como materias primaclosrur o - cianúrico, - N1,N$ -bis (2,2,6,6-tetrametil-4piperidinil)-1,6: - hexanodiamina y Terc-octilamina, obteniéndose una serie de oOligómeroquse |. colectivamente constituyen el LOWLITEO94 , cuyo peso molecular promedio es de 2.000 |. - 3.000 g/mol. A o ES - Esta preparación se incorpora en materiales poliméricos como polietileno, polipropileny o _etil vinil acetato (EVA), propoporcionando a estos materiales resistencia contra:el ataque E de los rayos ultravioleta por períodos prolongados de tiempo; el producto protege las piezas plásticas que tienen prolongadas exposicioa nlae slu z solar como las partes exteriores de vehículos, evitando los efectos de la foto oxidación. En la manufactura de la. | pieza, el producto constituye menos del 1 % del conténido de la misma. O _Del análisis de la información, se establece que la mercancía objeto de estudioCorresponde a una preparación que se adiciona a los plásticos para mejorar su resistencia
A la luz solar, que arancelariamente y en aplicación de la Regla General Interpretativa | def RESOLUCIÓN NÚMERO 006399gd 22 SEP 2020 HojaNo.4 Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificacióno Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado la Nomenclatura del Sistema Armonizado está comprendida en la partida arancelaria 38.12 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y dada su función y composición se clasifica en la subpartida 3812.39.90.00 del Arancel de Aduanas, de acuerdo con la Regla General Interpretativa 6. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, -- RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 3812.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación estabilizante compuesta para plásticos, de acuerdo con las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Santiago Arango Arroyave, representante legal de la Agencia de Aduanas Hubemar SAS Nivel 1, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.104.108 en la Avenida Calle 26 No. 96 J — 66 Of 212 Edifico Optimus en Bogotá, D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el
artículo 319 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de. acuerdo a lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por elA (r 10t )í cu dl ío a s 31 s4 i gude i enl ta esr es ao l su uc ió nn o ti0 f0 ic4 a6 c iód ne , 2 d0 e1 9, c onel f oc ru mal i dad de be cr oá n i ln o te er sp to an be lr es ce i dod en et nr o | losd e Arl tos í cud li oe sz 714y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998... o o o o o - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
FÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 7%, VA) 2 2 SEP 2020
Se cett 4 que er áftstión mniarativo fue pubiesa 7 O Pg E A , 'ARÍA TRANSITO-HURTADO GARCIA “Jefe (A)de la Coordinación del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Luis Alberto Camargo e:
- Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata