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DIAN - Resolución 640 de 12-05-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 640 de 12-05-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600048 (12 MAY. 2022) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000159 de 29 de marzo de 2022, el (la) Sr. (a) MARÍACRISTINA OSSA MONTOYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía 52.717.267, Representante Legal de la sociedad MICROBIOLOGÍA Y GENETICA LTDA., con NIT : 830.083.397-5, presentó una solicitud. de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “MEDIO DE

TRANSPORTE VIRAL”.

El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud copia de los siguientés documentos: formulario : de solicitud en dos (2) folios, certificado de análisis en un (1) folio, ficha técnica en dos (2) - folios, documentos con información del producto en diez (10) folios, RUT en siete Mm folios, mandato en ocho (8) folios y consignación en un (1) folio... - El (la) solicitante pagó quinientos cuarenta y seis mil pesos m/cte ($ 546.000 ,00) según

consignación número 20220322111853070000 del 22 de marzo de 2022, del Banco de . Bogotá. . O . O o Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2022000100165398000121 del 21. de abril de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): indicar el porcentaje de participación, señalando. valor y unidad de medida correspondiente a cada componente, | dentro del producto (100%), especificar si el producto durante al transporte de ta muestra -. clínica, conserva o mantiene la población microbiana de forma controlada, aclarar la utilidadde cada componente dentro del uso del producto, entre otros. El o (la) usuario(a) responde mediante escritos radicado(s) No. E2022000100165398000063 del 10 de mayo de 2022, || con tres (3) folios y E2022000100165398000065 del 10 de mayo de 2022, en unn o folio, - renunciando al tiempo restante para dar respuesta. | o A | Con oficios Nos. 1001653980715 y 100165398-0716 del 7 de abril de 2022, con radicados virtuales Nos. 00012022904193 y 00012022904194 del 08 de abril de 2022, este Despacho ' consultó a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y Representación Externa, a lasDivisiones de Fiscalización Aduanera, de Liquidación y Jurídica, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de lasolicitud de clasificación; no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600048 de 12 MAY. 2022 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) - MARÍA CRISTINA OSSA MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (aa ) gerencia) microgenitda.com.co - infoUOmicrogenitda.com.co; o por correo en la dirección CL 55 71 D 07, en Bogotá D.C. o - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. : Para el caso en estudio se consideran las siguiente Regla y Texto de partida: . Regla General Interpretativa to “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de : . Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a LS textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”. A o Partida 38.21. :

“Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos -. los virus y 'organismos similares) o de células vegetales, humanaso animales.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y - -.307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasifi icación ara ncelaria. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas : Nacionalesartículos 304 a 306 y 316, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria, - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000159 de 29 de marzo de 2022, y E2022000100165398000063 del 10 de mayo de 2022, la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un "medio de recolección y transporte de “muestras clínicas para la recuperación de agentes virales, . con las siguientescaracterísticas: Componentes: 98 56% caldo BHI permite la recuperación de microorganismos, 4, 08% albumina bovina 30% cumple la función como estabilizante que protege la partícula viral yRESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600048 de 12 MAY. 2022 Hoja! No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de : Clasificación Arancelaria mantiene la integridad celular, 0,20% amfotericina B B (antibiótico/antifúngico), 0,15%

gentamicina (antibiótico). > o e Características fisicas: tubo o frasco de vidrio, plástico o« crio vial -con 1 líquido de color amarillo de apariencia traslucida. : e Aplicación y USO: se encuentra previsto para el transporte al laboratorio de muestras clínicas . -y conservación de las mismas, en las que se sospecha la presencia de virus, para posteriores técnicas de análisis. : Almacenamient(o9:%C a 25”C) ambiente duración 5 meses, ee a 8”C) refrigeración ' duración 8 1 meses, (500) congelación duración 1 año. o o : | Presentación comercial: vial de 1.5 ml, 1.8 mi, 3 mi, Sm. caja de 50 unidades, 75 unidades Z y 100 unidades, frasco de 100 ml, 500 ml y 11. o Empaque primario: caja de cartón. La muestra para el análisis del virus respiratorio debe ser recolectada dentro de los diez : (10) primeros días del inicio de los síntomas, preferiblemente dentro del cuarto y quinto día, cuando ta carga viral se encuentra aumentada, en donde el medio de cultivo tiene como : función, mantener la viabilidad del virus de tipo respiratorio presente en la muestra, sinalterar el microorganismo, situación que se logra debido a los aditivos antibacterianos yantimicóticos (antibióticos) que evitan el crecimiento de la. multiplicación. microbiana y: micótica, obteniendo exclusivamente la muestra viral. o El medio de transporte mantiene la vida del microorganismo por 72 horas después de tomada a muestra. o

En virtud de lo expuesto, arancelariamente se establece que la mercancía corresponde a: un medio de cultivo preparado para el mantenimiento de microorganismos, que en “aplicación de la Regla Interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 38.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida arancelaria 3821.00.00.00, del Arancel de Aduanas o Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria “tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual vigente acercado al múltiplo demil más cercano, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS mí/cte. ($532.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de catorce : mil pesos, saldo a favor de catorce mil pesos m/cte. ($14.000), que podrá utilizar para NN presentar una nueva solicitud, o.en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe de la Coordinación de Clasif icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la - subpartida 3821.00.00.00 del Arancel de Aduanas, como un medio de cultivo preparado para el mantenimiento de microorganismos, de acuerdo con la Regla General Interpretativa : 1 del mencionado texto arancelario, contenida en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. l

Ñ RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600048 de 12 MAY. 2022 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo poel rcu al se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificard e manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) MARÍA CRISTINA OSSA MONTOYA identificado (a) con cédula deciudadanía No. 52.717.267, Representante Legal de lá sociedad MICROBIOLOGÍA YGENETICA LTDA. con NIT 830.083.397-5, a la dirección electrónica manifestada por (el) o : (la) interesado (a) gerenciaOGmicrogenltda.com.co - infofOmicrogenitda.com.co de . conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por - el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución: 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.. o : De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por.el usuario, o de manera -. subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CL .55 71'D 07, en Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto - - administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidadcon lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficiadle la : presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución : 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección : Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese e« n 1 la página web de la DIAN,

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

(a . a Ñ : ni “ Coordinación de Notificaci ones : POR UHA COLOMBIA MÁS HOYESTA Hiya] Central Bogotá D, 2022-05-12 1 05:17:56 p.m... . Se rie que e Acto Admins ue pjbidado . LN Fecha Acuse de Recibo / $ SIDez, É PELCIAL 50, ds dn ¿P 372.05 EMS. e 14 De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yo remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA «Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria...

Subdirección Técnica Aduanera

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600048 de 12 MAY. 2022 Hoja No.5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria

Proyecto: MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

- Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ ' o

LAN Coordinación de Notificaciones Bue! Cantral Bogotá D.C EMSe c Der Iti Afi Rca >.qu e e El A Scto A A d ) uE canpu blicado

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