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DIAN - Resolución 6401 de 06-12-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6401 de 06-12-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

AR -.. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600401. | (06 dic. 2022) _ Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA | SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes : _ HECHOS Mediante radicado No. 235410000000484 del 02 de septiembre de 2022, el señor Arnovis Arguello Amado, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.540.242, Representante Legal de la sociedad NUTRATECH S.A.S., con NIT 901.137.564-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la : mercancía denominada técnica y comercialmente como "TRAVEL DRINK, : El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica del producto en un (1) folio, diagrama -de flujo. en cinco (5) folios y comprobante de pago mediante transferencia. en un (1) folío. E El “solicitante pagó “quinientos treinta. y dos mil. pesos mícte ($ 532. 000 ,00) según transferencia número 1 del 01 de septiembre dd e 2022 de Bancolombia S. A., al Banco de Bogotá. E Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000529

del 05 de octubre de 2022 este Despacho solicitó al usuario: es necesario que se considere la pertinencia de levantar la condición de información reservada, toda vez que, para proferir el acto administrativo se requiere contar con los elementos necesarios para clasificar la mercancía en el Arancel de Aduanas. Aclarar a qué se refiere con “potenciar la energía, - rehidratar y recuperar carbohidratos y electrolitos agotados durante los diversos manejos; señalar qué es “diversos manejos” y por qué se debe “Suministrar mínimo 24 horas antes del manejo de los animales”; indicar en qué especies de animales se utiliza; explicar sí la preparación, aporta elementos nutritivos que favorecen la energía, la construcción (formación de tejidos) o el funcionamiento (asimilación de carbohidratos, proteínas o - minerales); relacionar la composición poli-cuantitativa totaliza al. 100%, (incluir todos los : componentes mencionados en el diagrama de flujo), e indicar para todos los componentes, E su característica más relevante en lo referente al. aporte que hacen en el proceso de - obtención del producto deseado; preciar el tipo de excipientes utilizados y decir el papel - que desempeñan en la preparación; decir, sí luego de su disolución en agua, se suministra |. directamente al animal o sí hace parte como ingrediente de otro tipo de preparación, deser Mi RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600401 de 06 dic. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado así, indicar el tipo de preparación al que se añade; esclarecer sí la proporción (ración) de

suministro es diaria y sí es la misma cantidad relacionada en la solitud, para las diferentes : especies de animales a los cuales se suministra; mencionar qué elemento físico se utiliza en el tanque de mezcla para realizar dicho proceso; remitir una imagen con la presentación comercial. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2022000100165398000390del 01 de noviembre de 2022, con 9 folios. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al señor Arnovis Arguello Amado, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: - administrativoQOnutratech.com.co - gerenciafHnutratech.com.co; o por correo en la dirección Carrera 8 No. 20 N -— 148, Centro Industrial Ruta 169, Bodega 13, en Bucaramanga — Santander. : FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual see adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. o Para el caso en estudio se consideralnas siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: _Regla General interpretativa 1 0 o | | | “Los títulosde las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor

indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: O) Partida 23.09: “Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales.” Regla General interpretativa 6: o | o “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse —subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta pega también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasifi cación arancelaria a petición de cualquier interesado, | RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600401 de 06 dic. 2022 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación :: Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas | Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier Interesado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000484 del 02 de |

septiembre de 2022 y E2022000100165398000390 del 01 de noviembre de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una preparación alimenticia o utilizada en animales especialmente aves, >, POrCÍnOS y bovinos. En un tanque se adicionan las materias. primas conforme a la formulación requerida y se. realiza el proceso de mezclado mediante agitación manual, no se utilizan equipos o _máquinas especiales debido a la fácil solubilidad del producto. Luego se deposita el - producto en bolsas de polietileno de alta densidad o en timbos con tapa de 50 Kg, los cuales se sellan provisionalmente y se rotulan con nombre de producto en proceso. El producto es recomendado especialmente cuando existen diversos manejos de los animales como recepción, grading, despiques,. vacunaciones y traslados, procesos que les genera estrés, deshidratación, descompensación. y pérdida de peso. El producto: se suministra directamente ' en el agua de bebida, no se mezcla con otras: sustancias q alimenticias, la ración es diaria y es la misma dosis para todas: las especies, sus componentes brindan energía, electrolitos y relaja las especies. El [producto ee stá compuesto : de la siguiente forma: : 4 Azucares: 40, o % en peso; sonn fuente de carbohidratos. 2 Bicarbonato de sodio: 24, 7% en peso; corrige la acidosis metabólica y alcalinizante - urinario.

3. Cloruros: 30,0 % en peso; el cloruro de Magnesio es un termorregulador (regula la - temperatura. corporal); el cloruro de sodio evita la pérdida desmesurada de sales y

> líquidos. vitales; el cloruro de potasio. es esencial para el equilibrio. electrolítico y la + producción de energía celular...

4. Niacina: 0,6 % en peso, facilita el proceso de producción de energía actuando en el metabolismo de los carbohidratos. - Piridoxina: 0,2 % en peso; es precursor de serotonina (combate el estrés yla depresión). —Triptófano: 3,8 % en peso; es precursor de la melatonina (antidepresivo, relajante, : ansiolítico y tranquilizante)..

7. Excipientes: - 0,7. % en. peso; se trata de. pirosil. que. es. un anti aglomerante, anticompactante; también contiene benzoato de sodio y sorbato de potasio que son preservantes. E

.aD 17: - De acuerdo con la añterior información, se establece que la mercancia arancelariamenite consiste en una preparación para la alimentación de animales, sin mezclar, que de acuerdo - con la Nota 1 del Capítulo 23 y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, está comprendida en la partida 23.09 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla pd Interpret tiva: $, se clasifica en la subpartida 2309. 90. 90. 00 del - Ajancel. de: Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe a) de la Coordinación de Clasificación 4 Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

  • | RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600401 < de 06 dic. 2022 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESU ELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución: en la subpartida 2309.90.90.00 del del Arancel de Aduanas, como una preparación para la alimentación de animales,si n mezclar, de acuerdcoon la Nota 1 del Capítulo 23 y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 ys sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. “Notificar. de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor Arnovis Arguello Amado identificado con cédula de ciudadanía No. 13.540.242, Representante Legal de la sociedad NUTRATECH S.A.S., con NIT 901.137.564, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: administrativo Qnutratech. com.co - gerenciaQnutratech. com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto. 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. : De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se ¿notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 8 No. 20 N — 148, Centro Industrial Ruta 169, Bodega13 en Bucaramanga — Santander de conformidad con lo establecido en los artículos 763 yo 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contra el presente acto:o administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de : la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en , firme, la publicación de la presente fri esolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo : 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la2 Ley 1437 de 2011 y el Articulo 119 : de la Ley 489 de 1998. : ARTÍCU LO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. -

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ALAN Coordinación de Notificaciones -2022-p as M. . UNA COLOMBIA MÁS HONTITA Mie] Central Bogotá DC certífica que el Ay

Ep. AA STO ES - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600401 de 066 dic. 2022 Hoja No. .5

«Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif¡ cación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez. y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

- FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA.

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria - -Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RAUL VARGAS Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ POR UNA CO Leti arte cesta de Notficaciones

o Coba Bogotá Dc

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