DIAN - Resolución 6402 de 28-09-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6402 de 28-09-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
o m RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600402 (28 sep. 2023) ¿Por la cual sé > expido una a Resolución d« e Clasif icación Arancelaria. o a a Petición de Cualquier. interesado NS LA JEFE DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA: l SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : En uso de las facultades legales quel e confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o
HECHOS.
Mediante radicado No. 235410000000935 de 30 de mayo de 2023, el Sr. WILLIAM BACHIR FAYAD DE LAVALLE, identificado con cédula de ciudadanía 1.136.879.769, representante legal de la sociedad NITROCARIBE S.A.S, con NIT 901.594,213.-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria. a petición de cualquier interesado para la - mercancía denominada técnica y comercialmente como “PLANTA DE COMPACTACIÓN”. El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) folios, datos de funcionamiento en un (1) folio, fi cha técnica en seis (6) folios, plano en un (1) folio y comprobante de pago en un (1) folio... El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos m/cte ($ 1.188; 000 00) s€ egún transferencia No. 800197268 de 29 de mayo de 2023 de Bancolombia S.A, al Banco de ' Bogotá y No. 83900569-4 del 30 de mayo de 2023 del Banco de Bogotá.
- Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000313 del 10 de julio de 2023 este Despacho solicitó al usuario: explicar el proceso definido en la. - solicitud, aclarar algunos aspectos técnicos de los materiales y del productó' obtenido, precisar las cantidades de equipos y la manera como se controlan. El usuario responde ' mediante escrito radicado No. E20230001 00165398000322 del 29 de agosto de 2023, con tres 6) folios, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención, Por médio del formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr. WILLIAM BACHIR : FAYAD DE LAVALLE, a la dirección “electrónica manifestada por el interesado comercioexterior. auxQnitrocaribe. com - comercioexteriorOhnitrocaribe.corn; o por correo - en la dirección Zona Franca de Santa Marta 6 78 y 10 PA Km 1 Vía Gaira Sec. La Lucha, - en Santa Marta — Magdalena. uN
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600402 de 23 sep. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, Órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en : otra parte de este Capítulo.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600402 de 28 sep. 2023 Hoja No. 303 . - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modif icaciones de la Dirección de Impuestos y y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria : a petición de cualquier interesado. E oniieiaciónes DEL DESPACHO Según la: información suministrada con el radicado No. 235410000000935 de 30 de mayo | de 2023 y E2023000100165398000322 del 29 de agosto de 2023 la: mercancía objeto de clasificación. arancelaria, se describe como un: conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos, que trabajan conjuntamente para el tratamiento de fertilizantes, mediante el siguiente procedimiento: Los materiales consistentes en + fertilizantes complejos NPK y fertilizantess simples (urea, Kol, DAP, MAP, SAM, entre otros) de aspecto gránulos o polvo, ingresan a las tolvas de recibo y luego, son trasladados en la cinta transportadora al elevador de cangilóones que los . deposita en el granulador de compactación donde por presión se compactan formando . bloques. - A continuación, los bloques pasán por la banda de transporte hacia la triturada de rodillos No. 1 y enseguida, por elevador a la trituradora de rodillos No. 2. En la etapa de trituraciónse define el tamaño que se le dará al producto deseado, ya que es donde “se reduce el - tamaño de los bloques a partículas más pequeñas”; fi nalmente, se procede a clasificar el. producto triturado en las zarandas (trómeles) para que los tamaños se ajusten y cumplan : con los estándares s requeridos. Los equipos y. el proceso que se realiza se opera mediante accionadores locales y tableros. de control. - A continuación, se relacionan los equipos listados en la solicitud:
1. Tres (3) tolvas de mp, con “medidas de largo: 3.000 mm, ancho: 3. '000mm y ¡volumen: 45 : rm, espesor de plancha: 5mm, potencia de “vibrator”: 0,37 kW, equipa parrilla.
2. Tres (3) alimentadores de cinta con pesaje con medidas de ancho de banda: 500 mm, largo de banda: 2.500 mm, potencia del motor: 2.2 kW y capacidad: 5 -10 t'h. Espesor : de plancha: 5 mm, incluye sensores de pesaje y computador industrial. 3, “Seis (6) cintas transportadoras aa:s í: trés (3) cintas con medidas de ancho 500 mm y largo 15 m, con potencia de 3 kW; una (1) cinta con medidas de ancho 500 mm y largo 21 m, con potencia de 5.5 kW, una (1) cinta con medidas de ancho 500 mim y largo 5 m, con potencia de 3 kW, una (1) cinta con medidas de ancho 500 mm y largo 12 mm, con : potencia de 3 kW: todas las. Cintas están equipadas con variador de frecuencia.
4, Cuatro (4) elevadores con altura de elevador: 12m, capacidad: 35 mi/h y volumen de : capacho: 3.75 1, distancia entre capachos: 512 mim, tamaño de materia prima: < 35 men, velocidad: 1 4 mit, potencia de 4 y 5.5 kW, respectivamente.
5. Un a) granulador de compactación c€ on diámetro de rodillo: 650 mm y largo de rodillo:
320 mm, velocidad giratoria: 10 — 25 r/min, grueso máximo de plancha compactada:16 mm, con capacidad: 4.0005.000 kg/h y tamaño de producto final: 2 - 5 mm, potencia de motor principal: 132 kW, potencia del alimentador: 15 kW, potencia del sistema hidráulico: 1 15 KW y potencia del tornillo: 5,5 KW. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600402 de 28 sep. 2023 Hoja No, 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado
6. Dos (2) trituradoras de rodillos así: una (1) unidad para tamaño de materia entrada: 300 — 600 mm y tamaño de salida: 30 - 150 mm, potencia: 18.5 kW2, capacidad: 30 -- 50 th, con peso: 7.000 kg y dimensiones: 4.300 x 1.500 x 1.380 mm; una (1) unidad para tamaño de materia entrada: 45 mm y tamaño de salida:0.5 - 30 mm, con potencia: 15 kW2, capacidad: 10 -- 20 t/h, peso: 4.500 kg y dimensiones: 3.730 x 1.300 x 1.100 mm.
7. Dos (2) zarandas “trómel” con diámetro: 1.500 mm y largo: 6.000 mm, ángulo oblicuo: 22 - 2.5%, velocidad giratoria: 18 r/min, potencia del motor principal7:.5 kW, capacidad: 5 - 10 t/h, con espesor de plancha: 2.5 mm, equipa variador de frecuencia e incluye cubierta de limpiador de cepillo.
8. Un (1) filtro de pulso o colector de polvo con capacidad de aire: 18.000 - 25.000 m3/h, área de filtrado: 120 m?, medida de manga: 130 x 2.500 mm, cantidad de manga: 120 pcs, potencia de extractor: 22 kW, grueso de plancha: 4 mm.
Según lo anterior, los equipos listados en los numerales 1 a 8 trabajan como un conjunto que se utiliza para obtener gránulos de materias fertilizantes compactadas, con tamaños de 30 - 150 mm y 0.5 - 30 mm a la salida de las trituradoras, de acuerdo con ta granulometría definida para obtener los productos deseados. En virtud de lo expuesto, el conjunto de equipos que lleva a cabo el proceso en mención arancelariamente se ubica en el Capítulo 84 del Sistema Armonizado, en donde, al revisar las diferentes partidas arancelarias, se puede observar que la función previamente definida no se encuentra de manera específica en alguna de las industrias allí citadas, Por consiguiente, al conjunto le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, y con fundamento en la
Regla General interpretativa 6 se ubica en la subpartida 8479,82.00.00 del Arancel de Aduanas de Colombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita enl a presente resolución en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas para triturar materias fertilizantes compactadas, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al Sr, WILLIAM BACHIR FAYAD DE LAVALLE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.136.879.769, representante legal de: la sociedad NITROCARIBE S.A.S con NIT 901.594.213-9, a la dirección electrónica manifestada por el interesado -comercioexterior.auxQinitrocaribe.com - comercioexteriorOinitrocaribe.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado pore l artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319. de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. eS RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600402 de 28 sep. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif cación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario en la Zona Franca de Santa Marta 6 7 8 y 10 PA Km 1 Vía Gaira Sec. La Lucha, en Santa Marta — Magdalena, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionalesde conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la. Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
P= Ary 2023-09-28 / 01:53:24 P.M, A De' conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita,
-CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera : | > o Coordinación de Notificaciones
ÓN AS — PONUNA COLOMBIA MAS MONES?A
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA Pacos Hivel Central Bogotá D.C