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DIAN - Resolución 6407 de 07-12-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6407 de 07-12-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

27 DIAN —— -. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600407 (07 dic. 2022) “Porla cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE l LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000513 de 19 de septiembre de 2022, el (la) Sr. (a) CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 43726577, Representante Legal de la Sociedad AGENCIA DE ADUANAS MLS.A.S NIVEL 1, con NIT. 900081359-1, apoderado(a) o mandatario (a) del Sr (a) DIEGO RUBEN MONTOYA BEDOYA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 8061066, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “RELLENO DE TORRES DE. ENFRIAMIENTO DE AGUA DE CANALES CRUZADOS” y comercialmente. como "RELLENO DE TORRES DE ENFRIAMIENTO DE AGUA”. ' El (la) interesado (a) adjuntó ala solicitud los siguientes documentos: ubicación del prod ucto en la torre en un (1) folio; hoja de seguridad en cinco (5) folios; fichas técnicas en cinco O

folios; poder en cinco > (5) folios y comprobante de pago en un (1) folioEl (la) solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos “cto. (S 532. 000 00) según Transferencia número 96903 de 16 de septiembre de 2022 del Bancolombia S.A al Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento de información Adicional. - RIA No. 82022000100165398000514 del 26 de septiembre de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): precisar si el material de relleno es 100% PVC, o en caso contrario listar los componentes y el % de participación; aclarar que: son cubos: terminados, aportar imagen del producto antes y después de lensamblado; informar sí el mecanismo de ensamble se presenta con el producto y aportar las fichas técnicas en idioma. español. . Elo (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000385 del 27 de. octubre de 2022, con 7 folios, renunciando al término legal restante para dar respuesta. | Según lo señalado en el formato. de la solicitud, se indicó que seo noti que aa (el O (la) Sr (a) CLAUDIA. PATRICIA VIANA MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada. porel Hi. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600407 de 07 dic. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado interesado (a) cviana(Qmagnum.com.co - eosoriofY3magnum.com.co; o por correo en la

dirección CALLE 16 41 210 OF 104, en Medellín - Antioquia FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. - Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto : único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Parae l caso en estudio se consideran las sig vientes Reglas, Nota y Texto de partida Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor : indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 2 b) de Sección Xx vi - “Salvo lo dispuesto en la Nota 1 de esta Sección y en la Nota 1 de los Capítulos 84 y 85, fas partes de máquinas (excepto las partes de los artículos comprendidos en las partidas - - 84,84, 85.44, 85.45, 85.46 u 85.47) se clasifican de acuerdo con las siguientes reglas: a) e b) cuando sean identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a una determinada máquina o a varias. máquinas de una misma partida (incluso de las partidas

84.79 u 85.43), las partes, excepto las citadas en el párrafo precedente, se clasifican en la partida correspondiente a esta o estas máquinas o, según los casos, en las partidas 84.09, - 84.31, 84.48, 84.66, 84.73, 85.03, 85.22, 85.29 u 85.38; sin embargo, las partes destinadas principalmente tanto a los artículos de la partida 85.17 como a los de las partidas 85.25 a85.28 se clasifican en la partida 85.17, y las demás partes destinadas exclusiva O principalmente a los artículos de la partida 85.24 se clasifican en la partida 85.29”. Partida 84.19: “Aparatos, dispositivos O equipos de laboratorio, aunque se, calienten eléctricamente -: (excepto los hornos y demás: aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor “de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto losaparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de . acumulación, excepto los eléctricos.” | Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, -

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600407 de 07 dic. 2022 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación | Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - mutatis mutandis; por las Reglas anteriores, bien entendido que solo ) pueden compararse —subpartidas del mismo: nivel. A efectos de esta Regla, también: see aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario, Ñ - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modif caciones - artículos 303 a 306 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasif icación OS a petición de cualquier interesado, E Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos 'y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasif icación arancelaria a petición de cualquier interesado. : oa oo E NS: o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información. suministrada con el radicado No. -235410000000513 de 19 de e septiembre de 2022 y E2022000100165398000385 del 27 de octubre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un componente ene PVC para torres de enfriamiento.

El componente: se denomina relleno, es un “medio empaquetado :e n forma cubos «c on un il - laberinto, de material. plástico, fabricado en PVC, exclusivamente | para torres de enfriamiento de agua, la forma terminada es de cubos de 12"x 120x720

Los cubos se apilan al interior de las torres de enfriamiento, ya través de ellos fluyen

libremente el agua y. el aire, dándose el enfriamiento, esto se logra ya que dichos cubos 0 terminados cuentan con unos canales internos generados en la fabricación de las partes del cubo. Los cubos se transportan desensamblados, en dos tipos de piezas que luego se - ensamblan entre sí consecutivamente de forma mecánica. Cada una de las estivas en las que se transportan ambos componentes tiene la cantidad suficiente para. ensamblar 100 : cubos. Las dos piezas tienen una forma corrugada. con un alto de. 11, ,7mm. E o Las piezas que conforman el producto ensamiblad son manufacturas termoformadas de fábrica, con labrados diferentes, medidas externas de 12"x0.46"x72"; cada producto terminado o cubo tiene trece 2 (13) piezas de cada tipo, para un total de 26, y unas dimensiones de 12:x12X72:: AS A De acuerdo con la información anterior, arancelariamente el bien corresponde aun » artículo : | «<de uso:exclusivo de torres de enfriamiento de agua, que según lo establecido la Nota 2 b) de Sección XVI. y la Regle General Interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida: 84.19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, Se, clasif ica .en la subpartida arancelaria 8419. 90. 90 del Arancel de ¡E _ Aduanas. E Ñ En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasifi cación |

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la. mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8419.90,90. 00 del Arancel de Aduanas, como parte de una torre de enfriamiento, SN RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003280600407 de 07 dic. 2022 Hoja No. 4 «Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado de acuerdo con la Nota 2 b) de Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente “Resolución al señor (a) CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No... 43726577, Representante: Legal de la. sociedad AGENCIA. DEADUANAS ML S.A.S NIVEL 1 con NIT .900081359-1, a la dirección electrónica manifestada por (el o. (la) interesado (a)cvianadQmagnum.com.coeosorioOmagnum.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021... De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se

notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CALLE 16 41 210 OF 104 en Medellín - Antioquia de : - conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019... ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad : con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 105 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar tina vez en firme, la publicación de la presente resolución - - enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo -319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección : | Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

PAS " Coordinación de Notificaciones

. PORUNA COLÓMSIA MÁS ANECA Miel Centrat Bogotá DIC EA EAS as SE Y j TE qn eu) o Pas ataca lo Coma 277 De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma mañuscrita.

“FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

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  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600407 de 07 dic. 2022 Hoja No.8

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación -Arancelaría a Petición de Cualquier Interesado Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: MARIA TRÁNSITO HURTADO GARCIA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

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