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DIAN - Resolución 6431 de 16-06-2006

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6431 de 16-06-2006
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2006

RESOLUCIÓN ¿NUMERO 06431 ( Junio 16 de 2006 ) Por la cual se asignan funciones EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales y en especial la conferida por el artículo 35 del Decreto 1265 de 1999, y CONSIDERANDO: Que el artículo 70 de la Ley 794 de 2003 “ Por la cual se modifica el Código de Procedimiento Civil, se regula el proceso ejecutivo y se dictan otras disposiciones” derogó la figura de la notificación por comisionado. Que en desarrollo de las actuaciones tributarias, aduaneras, cambiarias y de carácter administrativo que adelanta la Entidad, se profieren decisiones que deben ser notificadas en forma personal a los interesados o a sus apoderados, cuyo domicilio o lugar de residencia esta ubicado en lugar distinto a la sede del funcionario competente. Que en aras de garantizarles el debido proceso a los contribuyentes y usuarios del servicio y con el fin de cumplir los cometidos constitucionales en que se debe desarrollar la función administrativa, establecidos en el artículo 209 de la Carta Política, se hace necesario asignar la función de notificar estas actuaciones. Que con la Resolución No. 3882 del 24 de abril de 2006 se creo el Grupo Interno de Trabajo Secretaría Técnica al cual, entre otras, se le asignó la función de notificar y comunicar los actos administrativos proferidos por las diferentes dependencias de la Oficina de Investigaciones Disciplinarias. Que de conformidad con el artículo 95 de la Ley 734 de 2002 “Por la cual se expide el código

disciplinario único” , las actuaciones disciplinarias gozan de reserva hasta cuando se formule Pliego de Cargos o Providencia que ordene el archivo definitivo. Que igualmente la Ley 734 de 2002, prevé la figura del comisionado para efectos de notificar en forma personal.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar a la División de Documentación, o a la dependencia que haga sus veces, del Nivel Central y de las Administraciones Especiales, Locales y Delegadas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la función de notificar en forma personal o subsidiaria, si es del caso, a los interesados o sus apoderados las providencias y actos administrativos que se profieran en desarrollo de procesos de su interés, cuyo domicilio, lugar de residencia o dirección procesal se encuentre dentro de su jurisdicción, independientemente del lugar de ubicación del funcionario que profiera el acto o providencia.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar a las Divisiones de Investigaciones Disciplinarias de las Direcciones Regionales, la función de notificar, conforme lo señala la Ley 734 de 2002, las providencias y actos administrativos que se profieran en los procesos disciplinarios de competencia de la respectiva Regional. ARTÍCULO TERCERO.- En el evento que la decisión o providencia proferida en desarrollo del proceso disciplinario deba notificarse personalmente o en forma subsidiaria, si es del caso, al disciplinado o a su apoderado cuyo domicilio o lugar de residencia este ubicado en lugar distinto a la sede del funcionario competente, la Oficina de Investigaciones Disciplinarias y las Divisiones de

Investigaciones Disciplinarias de las Direcciones Regionales, notificarán la decisión a través de despacho comisorio, dirigido al despacho del administrador con jurisdicción en el lugar en que deba surtirse la notificación. Las decisiones que deban notificarse en Bogotá se harán a través de despacho comisorio dirigido al grupo interno de trabajo Secretaría Técnica, o quien haga sus veces, de la Oficina de Investigaciones Disciplinarias. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los artículos 22 y 63 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006 y deroga la Resolución 3604 de 5 de mayo de 2004 y las que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

OSCAR FRANCO CHARRY

Director General

Proyectó: Maritza López Rojas

Martha Patricia Jara O.

Revisó: Luz Myriam Díaz Muñoz

Beatriz Parra Mosquera Jaime Ricardo Saavedra

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