🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6436 de 16-12-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6436 de 16-12-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN ——— RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600436 (16 dic. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE Ñ LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la | NN Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000000552 de 10 de octubre de 2022, el (la) Sr. (a)- FRANCIA HELENA ESCOBAR HOYOS, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía : 30330419, Representante Legal de la Sociedad PRODUCTOS QUÍMICOS ANDINOS : S.A.S., con NIT 800042175-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación - “arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente “RED CONTRA INCENDIOS” y comercialmente “SISTEMA CONTRA INCENDIOS PARA FABRICA” El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: modelo instalación : red contra incendios en siete (7) folios; solicitud de clasificación en un (1) folio; plano en un (1) folio; listado de piezas en un (1) folio y comprobante de pago en dos (2) folios El (la) solicitante pagó un millón ciento noventa mil pesos mí/cte. ($ 1. 190.000 ,00) según | Consignación número 1031 197926 de 05 de octubre de 2022 del Banco de Bogotá.

Mediante. Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000558 ' del 20 de octubre de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): indicar sí la mercancía a clasificar incluye sensores de detección que funcionen como alarma, en caso afirmativodescribir cómo operan, la cantidad y su distribución, señalar sí el sistema posee un centro : de control a través del cual se regulen parámetros de su operatividad, describirlo e indicar como se interconecta y cuáles son las especificaciones técnicas de la bomba contra incendio. El o. (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. - E2022000100165398000413 del 15 de noviembre de 2022, con 8 folios, renunciando al: termino restante legal para dar respuesta. Este despacho revisó de manera integral la información contenida en los radicados antes : mencionados, e identificó varias mercancías. Por lo tanto, conoficio No. -: -S2022000100165398000636 del 18 de noviembre de 2022, se solicitó a (el) o (la) interesado (a) elegir una mercancía a clasificar con la presente solicitud, para lo cual, contaba con 5 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 314 de la Resolución 046 -. IO | RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600436 de 16 dic. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - de 2019, sin haberse recibido respuesta al respecto, por lo tanto, la Coordinación procederá

de conformidad con lo establecido en la norma. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) FRANCIA HELENA ESCOBAR HOYOS, a la dirección electrónica manifestada por el . interesado (a) gerenciapgacolombia(Wpqa.com.co - comercioexteriorWpga.com.co; o por correo en la dirección AUT MEDELLIN KM UNO PUNTO CINCO COSTADO SUR BG 20 PAR INDUSTRIAL LA FLORIDA, en Manizales - Caldas FUNDAMENTOS DE bi Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Partida - - Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 84.13 : “Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos”

  • Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, + mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria - a petición de cualquier interesado. -

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600436 de 16 dic. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000552 de 10 de octubre de 2022 y E2022000100165398000413 del 15 de noviembre de 2022, y en ausenciade respuesta a la solicitud de selección de mercancía a clasificar oficio No. : S2022000100165398000636 del 18 de noviembre de 2022, el producto que cuenta con la información para ser clasificada es la “BOMBA CONTRA INCENDIO”, descrita como se

indica a continuación. - : Nombre: Bomba contra incendio Tipo: Centrifuga monocelular Diámetro de salida: 8 pulgadas. - La bomba contra incendios se alimenta de diésel, en la salida cuenta con una válvula mariposa de 8 pulgadas acoplada con una brida ranurada UL/FM y empaque en neopreno de la misma dimensión, para garantizar total hermeticidad. o El producto antes descrito corresponde a una bomba centrifuga monocelular, con un : diámetro de salida superior a los 100 mm, que de acuerdo con la Regla General interpretativa 1 de la Nomenclatura Arancelaria clasifica en la partida 84.13, y en aplicación - - de la Reglar General Interpretativa 6 se clasifi ica en la subpartida 841 3. 70.19.00 del Arancel de Aduanas. : Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, : QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS mí/cte. ($532.000), de acuerdo con el : comprobante por valor de un millón ciento noventa mil pesos m/cte. ($1.190.000) aportado para el trámite, queda un saldo a favor de seiscientos cincuenta y ocho mil pesos mí/cte., -($658.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar : la devolución. : En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación :

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la l subpartida 8413.70.19.00 del Arancel de Aduanas, como una bomba. centrifuga : monocelular, en aplicación de las Reglas Generales Interpretátivas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO, Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) FRANCIA HELENA ESCOBAR HOYOS identificado (a) con Cédulade Ciudadanía No. 30330419, Representante Legal de la. sociedad PRODUCTOS : QUIMICOS ANDINOS S.A.S. con NIT 800042175-2, a la dirección electrónica manifestada - por (el) o (la)... interesado -. (a) gerenciapgacolombiaOpga.com.co -: comercioexterior(Opqa.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo : 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser r posible. la notificación. en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600436 de 16 dic. 2022 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección AUT MEDELLIN KM UNO PUNTO CINCO COSTADO SUR BG : 20 PAR INDUSTRIAL LA FLORIDA en Manizales - Caidas de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) gue contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución - enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-12-16 / 11:53:57 A.M...

a ¡Fecha Acuse de Recibo $ De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo > de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDAJefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: MARIA TRÁNSITO HURTADO GARCIA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ td LAN

PROA UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Mie) Centralia

Consultar sobre este documento ...