DIAN - Resolución 6456 de 22-12-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6456 de 22-12-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
NÁ DIAN ———, RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600456 (22 dic. 2022) Por la cual se expide | una Resolución de Clasificación Arancelaria : a Petición de Cualquier Interesado ES EL (a). JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE | LA ¡ SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ent uso de las facultades legales que le conlere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la E Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes “HECHOS Mediante radicado No. 2354100000581 de 21 de octubre de 2022, el (a) Sr. (a) DARIO RUBEN LOPEZ BORJA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 72.213.053, | Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS LOPEZ HERMANOS S.A. - NIVEL UNO (1), con NIT 802.000.764-8, apoderado (a) o mandatario (a) de la Sociedad AGRA FEED SAS con NIT 900:422.814-4, presentó una solicitud de resolución de. clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como "ESTRUCTURA FÁBRICA DE PIENSOS FCPM420” El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud clasificación en dos (2) folios, descripción del proceso en cinco (5) folios, diagramdae flujo en un (1) folio, listado en un archivo (1, copia del mandato en cinco (5) folios y comprobantede pago en un (1) folio. El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mícte ($ 1.064.000,00) según consignación número 1001 55531 -0 del 18 de octubre de 2022 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000576 del 26 de octubre de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): indicar como se instala el producto a clasificar; remitir listado de los componentes que conforman cada etapa, señalando nombre, cantidad exacta, medidas, características técnicas y función; indicar como se presenta comercialmente el producto (estructura completa, montada, sin montar, lista para utilizar, etc.) y sus elementos, e indicare l uso. El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) Nos. E2022000100165398000412 del 12 de noviembre de 2022 en catorce (14) folios y E2022000100165398000414 del 15 de noviembre de 2022, : con catorce (14) folios, renunciando al término restante para d dar respuesta. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) )o > (la) Sr (a) DARIO RUBÉN LOPEZ BORJA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) dario aduanaslopez.net - asesortecnicoMWaduanaslopez. com; o por correo en la dirección : Cr7 A 31 52, en Barranquilla - Atlántico, 2 RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600456 de 22 dic. 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su : anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. . Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, porel cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” ] Nota 4. del Capítulo 94: “En la partida 94.06, ses consideran construcciones prefabricadas tanto las terminadas en : fábrica como las expedidas en forma de elementos presentados juntos para montar en ' destino, tales como locales para vivienda, casetasde obra, oficinas, escuelas, tiendas, hangares, garajes o construcciones similares. l Se consideran construcciones prefabricadas las unidades de construcción modular de acero, que normalmente tienen el tamaño y la forma de un contenedor de envío estándar,
pero están en gran parte o completamente preequípadas. Estas unidades de construcción modular generalmente están diseñadas para ensamblarse juntas con "el fin de constituir construcciones permanentes.” Partida 94. 06: “Construcciones prefabricadas". Regla General interpretativa 6: -La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada | legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notasde subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y suss modificaciones - artículos 303 a 306, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. l RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600456 de 22 dic. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modif icaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas : - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000581 de 21 de octubre de 2022, E2022000100165398000412 del 12 de noviembre de 2022, y
E2022000100165398000414 del 15 de noviembre de 2022, la mercancía objetode clasificación arancelaria, se describe como una estructura diseñada a la medida para albergar máquinas y equipos que tendrán la capacidad de fabricar 10 ton/h de pienso en | pellet para animales. La estructura tiene 18, m de largo, 10 m de ancho y 25 m de alto, tiene un peso aproximado de 102.470 Kg, se presenta desarmada para ser armada en el sitio del montaje y está compuesta por los siguientes elementos:
1. Treinta y cuatro. (34) columnas de acero para ensamblar, material acero al carbón Pintada, de diferentes longitudes y diferentes medidas de perfi L -2. Ciento noventa y nueve (199) vigas de acero ' para instalar; material acero al carbón pintada, de diferentes longitudes y diferentes medidas de perfil, para los pisos 2 al 6. 3 Treinta y cuatro (34) cajas de pernos de alta resistencia; material acero al carbón, de i varias s longitudes para toda la estructura.
4. Cuarenta y un (41) soportes en X entre columnas: material acero al carbón pintado, de W219x8 y de varias longitudes, para | los pisos 1 al 4.
5. Setenta y dos (72) placas de conexión de soportes; material :a cero al carbón pintado, de diferentes longitudes y varias medidas, para la unión de vigas y columnas.
6. Cuarenta y dos (42) platinas de unión; material acero al carbón, de variass longitudes : para la unión entre columnas. -
7. Cinco (5) escaleras verticales metálicas; material acero al carbón pintado, de 3,3 metros
de longitud, para los pisos lal6.
8. Ciento veintiocho (128) bloques de amortiguación: material acero al carbón, medidas 80 : o -x 80 y 20 mm de longitud, para la base de las columnas.
9. Sesenta y cinco (65) placas de acero para el piso; material acero al carbón pintada, medidas 1 52 mx3 mm, de 6 metros de longitud, para los pisos del 2 al 5.
10. Cuarenta: y cinco (45) canales soporte de piso; material acero al carbón. Pintada, o medidas 80 x 40, de 6 metros de longitud, para los pisos del 2 al 5.
11. Cuarenta y nueve (49) ángulos de acero para piso; material acero al. carbón pintada, l - medidas 50x5, de 6 metros de longitud, para los pisos del 2 al 5.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600456 de 22 dic. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciódne Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
12. Treinta y dos (32) tubos redondos para pasamanos; material acero al carbón pintada, de WM25 y 6 metros de longitud, para los pisos del 2 al 5. o
13. Diez (10) escaleras; material acero al carbón pintada, de 0,9 m y varias longitudes, para . los pisos del 2 al 6. 14.Cuarenta y cuatro (44) pasamanos de escaleras; material aa cero al carbón pintada, de | 025 y varias longitudes, para los pisos del 2al6.
15.Diez (10) conectores en codo para escaleras; material acero al carbón pintada, de 425 - y varias longitudes, para los pisos del 2 al 6. l o La estructura debe ser anclada al piso por medio de obra civil y se instala en un. 70 % por medio de tornillos, tuercas y arandelas para el pre armado y un 30 % con soldadura para darle fijación y estabilidad. o l En virtud de lo señalado, se tiene que los elementos señalados en los numerales del 1 al 15, corresponden a una construcción completa, en acero, sin montar, que se va a usar como estructura hecha a la medida para albergar máquinas para fabricar piensoen pelletpara animales, que conforme con las disposiciones de la Nota 4. del Capítulo 94, y de . conformidad con la Regla General interpretativa 1 están comprendidos en la partida 94.06 . de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 9406.90.00.00 del Arancel de Aduanas Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT acercado al! múltiplo de mil más cercano, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS mí/cte. ($532.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor . de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS mí/cte. ($532.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar ta devolución.
En mérito de lo anteriormente expuesto, elo la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la -subpartida 9406.90.00.00 del Arancel de Aduanas, como una construcción prefabricada de acero, en aplicación de la Nota 4. del Capítulo 94 Sección XVI y las Reglas Generales "|. Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) DARIO RUBEN LOPEZ BORJA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 72.213.053, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS -. LOPEZ HERMANOS S.A. NIVEL UNO (1) con NIT 802.000.764-8, a la dirección electrónica “manifestada. por (el .o (la) interesado (a) darioQaduanaslopez.netasesortecnicoQWaduanaslopez.comde conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo Pr
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600456 de 22 dic. 2022 Hoja No.5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación. Arancelaria a Peticiónde Cualquier Interesado : 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de
- 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Cr 7 A 31 52 en Barranquilla - Atlántico, de conformidad cc on lo. establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado - (a) que contra el presente acto - administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cualdeberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad - con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en fi irme, la publicación de la presente resolución Ñ en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo. 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la ey 1437 de 2011 ty el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. ARTÍCU LO QUINTO. Remitir una vez en fi irme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica . ¿Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-1222 /03:09:25 P.M. > a Fecha Acuse de Recib: 5 - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta fiir rma electrónica tiene plena “Validez Y' o remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
- FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Ad uanera Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN - rea Colomer MáNscSiea - CooOrd inacCienótnr ald e BNoogfoitfái caNcOi one: :
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA o 2
ER 000 Se certifica que el bso dee o tus publi ado E ¿En Diane O LIDO, 52.904 229 as. 1./Í o dd