DIAN - Resolución 6484 de 10-11-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6484 de 10-11-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600484 (10 mov. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado . - LAJEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA 0% SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Enu uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicadNoo . 235410000001101 del 30 de agosde t2o023 , el señor FRANKLIN:
NADIR ALFONSO : SANABRIA,: identificado con cédula de ciudadanía No. 9.395.617, Representante Legal. de la sociedad QUIRÚRGICOS TESTILE S.A.S., con: NIT 900.995.161-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición: de cualquier interesado para la mercancía denominada léchica y comercialmente como
"ROPA QUIRÚRGICA DESECHABLE”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica de una bata paciente manga larga puño resortado en un (1) folio, ficha técnica de un batón tipo americano en un (1) folio, ficha técnica de un overol desechable sin capota en un (1) folio, catálogo en un (1) folio, fotocopia de contrato de mandato en un (1) folio y fotocopia de comprobante de pago en un (14) folio. -El solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte ($ 594. 000 ,00) según
transferencia número 47827649 del 24 de agosto de 2023 del Banco Davivienda S. A., al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000528 del 28 de septiembre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: seleccionar un solo artículo - a clasificar, toda vez que inicialmente están solicitando la clasificación de tres artículos; cabe recordar que la clasificación arancelaria se realiza para un solo artículo o producto. De la mercancía seleccionada atender las solicitudes de los numerales siguientes; aportar. la ficha técnica únicamente de la mercancía seleccionada de acuerdo con 'el numeral - anterior; informar el porcentaje en pesod e cada undeo l os componentedsel artículo, el . - tipo de unión (pegado, cosido, etc.), el peso por unidad de área (g/m2); explicar la función o Utilidaqdue presta la mercancía. El usuario responde mediante escrito radicado No. - - E2023000100165398000392 del 03 de octubre de 2023, con tres (3) folios, seleccionando el producto “BATÓN CIRUJANO” | como producto a clasificar y renunciando. ál término restante para responder. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600484 de 10 nov. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación ' - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANKLIN NADIR ALFONSO SANABRIA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: - quirurgicosGOtestile.com.co - gerencia.comercialdtestile.com.co; o por correo en la.
dirección Calle 39 F Sur No. 68 | - 19, en Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973, Decisión 885 de la Comisiónde la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y. Z otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General interpretativa 1: | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen ún valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: CJ Nota 7. 0) de la Sección XE
7. En ésta Sección, se entiende por confeccionados: . ) -P los artículos unidos por costura, pegado u otra forma (excepto las piezas de un mismo textil unidas por sus extremos para formar una pieza de mayor longitud, así como las piezas constituidas por dos o más textiles superpuestos en toda su superficie y unidas de esta o forma, incluso con interposición de materia de relleno); (. y”
: Partida 62. 10:
“Prendas de vestir confeccionadas «c on productos de las partidas 5$ 6. 02, 56. 03, 59, 03, 59, 06 0 59. 07. no E Regla General Interpretativa o: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así.como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se > aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”. o
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600484 de 10 nov. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del.acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoDecreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.
Resolución 046 de 2019 y sus modif icaciones . de la Dirección de. Impuestos y y Aduanas o Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación n arancelaria a petición de cualquier interesado. : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según. la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001101 del 30 de agosto de 2023 y E2023000100165398000392 del 03 de octubre de 2023 la mercancía
objeto de clasificación arancelaria, se describe como una prenda de vestir de una pieza, detela noo tejida, de un solo uso. o La mercancía consiste en una pieza textil que cubre el cuerpo desde el cuello hasta la rodilla aproximadamente, con mangas largas. La prenda está elaborada en tela no tejida SMS de tres capas, dos externas de “Spunbond” y una interna de “Meltblown”, actúa como barrera . microbiana y posee gran resistencia al rasgado, repelente a fluidos, Sangre y otros fíquidos.
Composición: -Batón cirujano mangas largas: 90 % tela sin tejer: SMS Puños (un par): 6,9 % en algodón y/o poliéster Hilaza tinturada: 18% 000. - Hilo: 1, 3 % OS Características: Tipo. de unión: cocido... >> - - Masa por unidad de área: 30 gim2. - Acabado: sin acabado. .
Color: azul y/o blanco. ' e - - — Uso: se utiliza para evitar o reducir la contaminación cruzada porr agentes infecciosos . entre paciente, entornos quirúrgicos y personal de la salud en procedimientos | médicos y quirúrgicos con. manejo dq e fluidos. 2% Es desechable (de un solo uso)... - — Tira del cuello y cintura: cuatro. -— Dimensiones: 1,10 m de largo, 1.4 011, 60 m de contorho y 7 cm de ancho de puño. - - - Presentación comercial: empaque primario en bolsa de polipropileno por 10 unidades :
y luego en cajas de 100 unidades (10 paquetes). Considerando lo anterior, se tiene que el producto corresponde a una prenda de vestir fabricadaen tela no tejida; comprendida arancelariamente en la partida 62.10 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con la Nota 7. f) de la Sección XI, en : aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 del Sistema Armonizado, y se clasifica en la subpartida 6210,10.00.00 del Arancel de Aduanas, conforme á 2 la Regla General Interpretativa 6. AS En meritó de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasif cación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600484 de 10 nov. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución en lasubpartida 6210.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como como una prenda de vestir confeccionada con un producto de la partida 56.03, de acuerdo con la Nota 7. f) de laSección Xi, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANKLIN NADIR ALFONSO SANABRIA identificado con cédula de
ciudadanía No. 9.395.617,en calidad. de Representante ' Legal de la sociedad : - QUIRÚRGICOS TESTILE S.A.S., con NIT 900.995.161-1, a la dirección electrónicainformada en la solicitud: quirurgicosGtestile.com.co - gerencia.comercialtestile.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificadopor el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 . modificado por el articulo: 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Calle 39 F Sur No. 68 I19 en Bogotá D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo :
319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119: de la Ley 409 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez enn firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y "Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica . Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2020-11. 10/02:58:53 P.M. o ES ¡Fecha Acuse de Recito ¿E
Mo Firmado: 4
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600484 de 10 nov. 2023 Hoja No.5. - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene: plena validez" A remplaza en todos sus efectos a ta fi irma manuscrita.
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RAUL VARGAS —
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ
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