DIAN - Resolución 6486 de 10-11-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6486 de 10-11-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
DIAN —— - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600486 (1no0v. 202 3) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERAEnu uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 4 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. Ñ HECHOS - - Mediante . radicado No. 235410000001105 de 01 de septiembre de 2023, la Sra. CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE, identificada con Cédula de Ciudadanía 51.770.861, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1, con NIT 860.536.0033, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancia denominada técnica y comercialmente como "QUESO MOZZARELLA RALLADO, PARCIALMENTE DESCREMADO BAJO EN HUMEDAD.” La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha técnica «e n cinco (5 ) folios; composición y presentación en un (1) folio y copia del comprobante de pago en un (1) folio La solicitante pagó quinientos noventa y cinco mil pesos M/cte. ($ 595. 000 100) ses gún transferencia número 44233702 de 03 de agosto de 2023 del Banco de Bogotá. AN Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique. a la Sra. CLAUDIA PATRICIA :
HENAO. BERNATE, a. la dirección - electrónica manifestada por. . la interesada phenaoabcrepecev. com -- iclavijoMabcrepecev. com;0 > por correo en la dirección Av. Calle. 24 No. 95-12 Bodega : 45. , en Bogotá, D.C. o o FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio. del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo,A : aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o o Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600486 de 10 nov. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Peticiónd e Cualquier Interesado Decisión 885 de ta Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto únicode la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otrasdisposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ' ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”
Partida 04.06 “Queso y requesón.”. Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancias en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del .. mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante . el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a: petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus inodificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales A mediante las cuales 'se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria”: a petición de cualquier interesado. : - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO o ] Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001105 de 01 de septiembre de , 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto alimenticio en estado sólido, elaborado a base de leche de vaca, que presenta la siguiente composición: Leche de vaca parcialmente descremada y pasteurizada, cultivos de queso, sal, enzimas, , agentes l antiapelmazantes. El queso tipo mozzarella se recibe en contenedoresa granel, se clasifica y luego se ralla pasando luego por un detector de metales para garantizar su calidad. Finalmente se empaca en una lámina
de barrera LDPE, nailon; antes de sellarse al empaque se le inyecta gas de dióxido de carbono y : nitrógeno para mantener la calidad y prolongar su vida útil - Se presentaen cajas corrugadas x 6 bolsas de 2 libras cada una. Vista las características del producto objeto de estudio se tiene que el mismo corresponde arancelariamente a un queso tipo mozzarella rallado, que de conformidad con lo dispuesto en laRegla General Interpretativa 1 se clasifica en la partida 04.06 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en concordancia coh la Regla General interpretativa 6 se clasif ica en la subpartida 0406. 20.00.00 del Arancel de Aduanas de Colombia. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600486 de 10 nov. 2023 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un - - valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, quinientos noventa y cuatro mil pesos M/cte. ($594.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite quedaun saldo a favor de mil pesos Mícte. ($1.000), respecto del cual puede solicitar devolución, conforme lo señalado en el articulo 729 del Decreto 1165 de 2019. ' En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria .
de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida | 0406.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como un queso rallado, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas. en el Decreto 1881 de : 2021 y sus modificaciones. | ARTÍCU Lo SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE identificada con cédula de ciudadania No. . 51.770.861,en calidad de Representante Legal de la sociedad - AGENCIA DE ADUANAS ABC - REPECEV S.A.S. NIVEL. 1 con NIT 860,536.003-3, a la dirección electrónica informada en la. solicitud phenac(Mabcrepecev.com - jclavijofdabcrepecev.com de conformidad con lo establecido : en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 31 9 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021, De no ser posible la notifi icación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, Av. Calle. 24 No 95-12 Bodega 45. en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos . y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto .
- 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada qq ue contra el presente acto administrativo procede : recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro delos diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el articulo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el: Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el articulo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copdel ipreasen te acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese enl a página web de la DIAN.
- NOTIFÍQUESE, doBtiduede Y CÚMPLASE h DA IN o 20233-10 /03:42:01 P. M. a os e Fecha Acuse de Recibo ZO
E RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600486 de 10 nov. 2023 Hoja No. 4 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De conformidacodn la resolución No. 000019 del 28 de marzo.de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
-— CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
-: Proyecto: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL
-; Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA
Coordinación de Nobficaciones r POR UNA COLOMBIA MAS MONTOI A Mil Contra! Bogotá DC Se certifica que el Acto Administrativo fue publicado