DIAN - Resolución 649 de 12-05-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 649 de 12-05-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600049 (12 may. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria N a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE - LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3, 3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS.
Mediante radicado No. 235410000000007 de 26 de enero de 2022, el Sr. RICARDO ALFREDO PADILLA CERVANTES, identificado con Cédula de Ciudadanía 1047461162, - de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GLOBAL CARGO SAS NIVEL 2, con NIT. -901.335.945-1, apoderado o mandatario de la Sociedad JARDIN EXOTICS S.A.S. con NIT 900.653.229-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición - de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “LINEA DE : - PROCESAMIENTO DE. FRUTA (GULUPAY y comercialmente como “MAQUINA CLASIFICADORA DE FRUTA. mo E El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: resolución de clasificación arancelaria No. 001421 del 26 de febrero de 2020 en tres (3) folios, ficha técnica de la mercancía en un nueve (9) folios, etapas de funcionamiento en tres (3) folios, mandato en :
cuatro (4) folios, plano en un (1) folio, y comprobante del pago en un (1) folio, El solicitanté pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mete. (S 1 1064. 000 00) ss egún : transferencia número 33396193 de 24 de enero de 2022 del Bancolombia 5. A. al Banco de : Bogotá. - Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2022000100165398000008 del 19 de febrero de 2022 este Despacho solicitóa l usuario: explicar el proceso que realizala línea de procesamiento de fruta (gulupa), indicando como interactúan los diferentescomponentes; anexar un diagrama de flujo dei proceso; presentar un cuadro resumen en Excel, que incluya cada uno de los componentes de la mercancía a clasificar, sus hombres, características técnicas relevantes, función y cantidades exactas; indicar cómo se programa, cómo se controla, por último, a que tipo de industria está diseñada la máquina. - - El usuario responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000030 del 23de marzo de 2022, con 18 folios. Renunciando al término restante para dar respuesta al. requerimiento. Según lo señalado en los documentos adjuntos a la solicitud, se indicó que se notifique al -Sr. RICARDO ALFREDO PADILLA CERVANTES, a la dirección electrónica manifestada : RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600049 de 12 may. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado por el interesado operaciones 11(Maduanasglobalcargo;. co opmor correo en la dirección BRR MANGA CL 25 24 A ED TWINS BAY OF 1901, en Cartagena - Bolívar FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto : único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo fienen un valor : indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una maquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos > individualizados (incluso separados o unidos si por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida . correspondiente .a la función quer realice” l
Partida 84.33: “Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o - forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de . huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en > las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : . Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” “Decreto 1165 de 2019 del Gobiemo Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - | Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición d« e cualquier interesado. Lo
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600049 de 12 may. 2022 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000007 de 26 de :
enero de 2022, y E2022000100165398000030 del 23 de marzo de 2022 la mercancía objeto : de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de aparatos y equipos quetrabajen secuencialmente para transportar, limpiar, clasificar y empacar fruta mediante el. - Siguiente proceso: o Una vez desocupadas las canastillas con » fruta, estas avanzan por el elevador donde es seleccionada la fruta apta para procesar y aquella que será descartada por no cumplir con sus características deseadas, llegan al banco de rodillos, donde se realiza el proceso de desinfección u otros similares mientras avanza por los rodillos para llegar a la cinta - transportadora, cuya función es recibir la fruta y llevarla a la calibradora, en esta etapa la : - fruta se clasifica según peso de acuerdo la programación y va repartiéndose en distintas : - salidas para ser empacada la fruta en cajas. | l La programación y control de la línea se hace mediante un software y un PLC. . Aparatos y equipos que intervienen: |
1. Dos (2) cintas transportadoras. 2, Una (1) calibradora | |
3. Un (1) gabinete distribución eléctrica. 4. | Dos (2) tarimas de personal
5. Un (1) cuadro eléctrico
6. Un (1) banco de rodillos Ñ 7... una (1) cinta transportadora
8. Un(1) elevador de rodillos9, Tornillería y piezas Del análisis de la información aportada por el solicitante, se establece que los componentes | numerados del 1 al 9, trabajan conjuntamente para transportar, limpiar, clasificar por peso : y colocar en cajas la fruta (gulupa).
a Considerando que la función netamente definida del conjunto de aparatos y equipos consiste en la clasificación de frutas en este caso gulupas de acuerdo a su peso, queda - comprendido en la partida 84.33 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General -Interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida 8433. 60. 90. 00 del «Arancel de Aduanas, conforme : a la Regla General Interpretativa 6. : En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación N Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, e a
RESU ELVE
| RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600049 de 12 may. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, como las demás máquinas para : clasificación de frutas, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el - Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. | "ARTÍCULO SEGUNDO. "Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor RICARDO ALFREDO PADILLA CERVANTES identificado con Cédulade Ciudadanía No. 1.047.461.162, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE :
ADUANAS GLOBAL CARGO SAS NIVEL 2 con NIT. 901.335.945-1, a la dirección electrónica manifestada por el interesado operaciones11(Gaduanasglobalcargo.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por : el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 l modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se. notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección BRR MANGA CL 25 24 A ED TWINS BAY OF 1901 en Cartagena - Bolívar de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar ali nteresado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - «Jo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de . la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo
-319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo o 148, : de la Ley 489 de 1998. o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección | Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. .
- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
IS Coordinación de Notificacio nes r Pon corona eds HOEe? + . Hivel Central Bogotá DC ÑO - Firmado: o _ De conformidad c€ on la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma « electrónica tiene plena validez y - remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600049 de 12 may. 2022 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación o Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
- FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: DIANA MARCELA GARAVITO AREVALO
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA e o .
JNAN Coordinación de Notificaciones a Pis! Central Bogotá D.C Se certifica que el Acto Admin srativo fue
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