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DIAN - Resolución 6497 de 17-11-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6497 de 17-11-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

e A RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600497 (17 nov. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. o a Petición de Cualquier Interesado ES - LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIADE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la . Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes | HECHOS Mediante radicado No. 235410000001018 de 21 de julio de 2023, la Sra. CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE, identificada con Cédula de Ciudadanía 51.770.861, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1, con NIT 860.536.003-3, mandataria de la Sociedad DISTRIBUIDORA LOS AUTOS DE COLOMBIA SAS con NIT 900.486.347-0, presentó una solicitud de resolución : de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancíadenominada técnica y comercialmente: "VEHICULO COMMANDER MAX XT 1000R BRP

CAN AM”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato en un (0 folio, : comprobante de Consignación en un (1) folio, catálogo en un M folio 9 y ficha técnica en un. (1) folio. La solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos m/cte ( 594. 000 ,00) según Transferencia número 22869683 de 21 de julio de 2023 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000421 del 18 de agosto de 2023 este Despacho solicitó al usuario: aclarar si el número de pasajeros relacionado en la solicitud incluye al conductor, informar si el tipo de motor esa gasolina, diésel 0) gas y especificar si el vehículo. es doble tracción o La usuaria glo réspueste mediante escrito radicado No. E2023000100165398000383 del -29 de septiembre de 2023, con 3 folios y renunció al término restante para dar respuesta, Por medio del formato de la solicitud se indicó que: see notifique ala Sra. CLAUDIA PATRICIA HENAO | BERNATE, a la: dirección electrónica manifestada por la interesada phenaoMabcrepecev.com;. jclavijoQabcrepecev.c:c om; O. por. correo en Ja: dirección Av.

Calle: 24: No. 95-12 Bodega 454 ., en Bogotá, D.C.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600497 de 17 nov. 2023 Hoja No. 2 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado - FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. -

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. Para el caso en estudiose consideran las siguientes Reglas y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas : y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas : partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” - Partida 87.03: “Automóviles de turismo y “demás vehículos automóviles diseñados principalmente para transporte de personas (excepto los de. la partida 87.02), incluidos los de tipo familiar Ñ ( O O “Station wagon”) y los de carreras. Regla General Interpretatva 6: La clasificación de mercancías enn las subpartidas de una mismal a partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - 'subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación ¿aráncelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.

Según! la información suiinistrada' con el radicado No. 2354:10000001018 de 21 1 dejulio de : 2023 y E2023000100165398000383 del 29 de septiembre de 2023 la mercancia objeto de clasificación arancelaria, se describe como un vehículo de uso recreativo, con las siguientes características: : ¿GA 4% E RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600497 de 17 nov. 2023 HojNo.a 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide. una resolución de Clasifi icación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Linea o referencia: COMMANDER MAX. XT 1000, Clase de vehículo: vehículo recreativo - Vehículo doble tracción (4x4) Número de puertas: 4 puertas | - Color: azul Oxford Número de pasajeros: 4 incluido el conductor o “Tipo de dirección: Dirección asistida dinámica (DPS) Tipo de combustible: Gasolina Cilindrada CC: 976 CC : Número de cilindros: 2 Disposición de los cilindros del motor: En V Disposición del motor En V Tipo del motor: Pistón alternativo con encendido por chispa, Potencia del motor en HP 100 HP o Tipo de caja: Sistema de respuesta rápida (ARS) CVT con alto fujo de: aire ventilación y protección electrónica de la correa de transmisión Extra Número de velocidades: 2 adelante, 1 marcha atrás, neutro y parqueo (P. / R/N/H/ Ly

Tipo de tracción: Tracción en modo Turf/2WVD/4WD de bloqueo automático Visco: Lok QE: diferencial delantero Número de Ejes: 2 Peso en seco (Kg) 875. 4 kg Capacidad de carga (Kg): 272.2 kg Peso total con carga Máxima (kg) 1,147.6 8 - Año del modelo: 2023: Distancia entre ejes: 306.3 cm Capacidad de remolque 907.2 kg o - Altura de la carcasa de la diferencial al piso. 33. cm Peso en seco: 875.4kg - Número de ejes: 2

De acuerdo con la información anterior, se tiene que arancelariamente se trata de un vehículo automóvil diseñado para el transporte de personacson motor de émbolo y encendido por chispa de cilindrada 976 cc, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 87.03 de la Nomenclatura del sistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6: se clasifica en la subpartida 8703. 21, 00. 90 del arancel de aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la ¡ete (A) de la Coordinación de Clasificación AÑ Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la - subpartida 8703.21.00.90 del Arancel de Aduanas, como un vehículo automóvil para el transporte de personas con motor de émbolo y encendido por chispa, de cilindrada 976 cc,

en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado textoarancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO. SEGUNDO.. Notificar de manera electrónica, el contenido de la4 : presente Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE identifi cada con Cédula de Ciudadanía No. 51.770.861,en calidad de Representante Legal de la _ sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1 con NIT 860.536.0033, a la dirección electrónica informada en la solicitud: phenaoMabcrepecev.com; jolavijQaborepecev.o com de conformidad «c on lo establecido en el artículo 759 del Decreto RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600497 de 17 nov. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativsoe notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: Av. Calle. 24 No. 9512 Bodega 45. en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web dela Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los

artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. 0% ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo . procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011... Ñ o o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o NN ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por - medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíqueseen la página web de la DIAN... NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-14-17 /12:2615P.M.- o Aprecio Anuse de Recibo 4 o Firmado - 4 “De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL. -— Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria... o Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN — 2d Sl » Coordinación de Notificaciones

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ o PARAR sivel Central Bogotá DC — Se certifica que el Acto Administrativa fue publicado

EN DOARLIO Omna aL. FONS Pdo. o

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