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DIAN - Resolución 6501 de 20-11-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6501 de 20-11-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600501 (20 nov. 2023) Por la cual ss e expide una Resolución de Clasifici cación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE( a) D1 ELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | "En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. “HECHOS Mediante radicado No. 235410000001085 de 23 de agosto de 2023, el St. NESTOR “JIMENEZ VERGARA, identificado cón cédula de ciudadanía 79.139. 220, Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS PROFESIONAL S.A.S NIVEL 1 - SIAP, con NIT 830.003.079-6, mandatario de la Sociedad CARTÓN DE COLOMBIA S.A. con NIT 890.300.406-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquiér interesado para la mercancía denominada técnica Y comercialmente como - “PRENSA ZAPATA". l Elinteresado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: copia de mandato en catorce ' (14) folios; formulario de solicitud de clasifi icación arancelaria en tres 5) folios y comprante "de Pago €e n un (1) folio. e El solicitante pagó quinientos noventa: y cuairo mil pesos Mícte. «S 594. 000, 00) según comprobante número 1014724056 de 22 de agosto de 2023 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000513 del 26 de septiembre de 2023, este Despacho solicitó al usuario: remitir ficha técnica de laprensa donde se identifiquen todas las características técnicas de la máquina e indicar si la prensa está dispuesta con los sistemas auxiliares, tales como: centrales hidráulicas de - potencia como de engrase, circuitos de vacío, sistema de depuraciónde la pasta de papel, sistemas de dosificación de productos químicos, etc. En caso afirmativo es necesario _mencionarlos y detallar la función, entre otros. El usuario responde mediante escrito : radicado No. E2023000100165398000424 del 19 de octubre: de 2023, en diez (10) folios, : renunciando al término restante para responder. % : Por medio del formato y la solicitud se indicó que se notif ique a la Sra. BLANCA C( IELITO l CAÑON (CUERVO, a' la dirección electrónica manifestada por elinteresado : ccanonOsiap.com.co -n oti cacionesOsiap.com.co; o por correo en la dirección Calle 259 No, 10024, en Bogotá, D.C. l o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600501 de 20 nov. 2023 Hoja No, 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOSDE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas . partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 84. 39 “Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas O para . la fabricación o acabado de papel o cartón.” Regla General! interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según ta información suministrada con el radicado No. 235410000001085 de 23 de agosto de 2023 y E2023000100165398000424 del 19 de octubre de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria denomina “prensa zapata”, se describe como una máquina de cs RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600501 de 20 nov. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo porel cual se expide una resolución de Clasificación Ñ «Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado l accionamiento hidráulico, utilizada en el prensado del papel enn el proceso de su fabricación, que presenta las siguientes características técnicas: Velocidad de diseño: 600 m/min .

Velocidad de Operación Máxima: 600 m/min. - Grado de papel: fluting y liner. . . Rango de pesos Base (Enrollador): 168-250 alma Máx. Ancho de la hoja en la sección de prensas: 2420 mm.

Carga de operación máxima: 250 kN/m Carga de diseño de las prensas: 1.300 kN/m NIP actual del “K” prensa: 60 kN/m NIP actual de la “l" prensa: 100k N/m..

Tensión del fieltro: 45 kN /m a - Fieltro superior de la prensa de zapata: 2. 570 mm ancho X 17. 010 mml ongitud.

: Fieltro inferior de la prensa de zapata: 2. 570 mm ancho X 23.060 mm longitud... El proceso realizado por la máquina es el siguiente: La hoja. de papel proveniente del área de formación con un contenido de 100 y 300 partes : de agua por una parte de fibra ingresa al rodillo superior de la máquina que se acciona por medio de unos cilindros hidráulicos que lo empujan contra el rodillo inferior de la prensa, la | hoja de papel junto con dos telas llamadas fieltros pasan a través de la zapata que está : presionando el rodillo inferior, cuando el papel pasa por la prensa el agua sale de la hoja y pasa a los fieltros, como resultado a la salida de la prensa se tiene una hoja más seca, con : menor humedad lista para al área del secado. A : Finalmente, el sistema de vacío se > encarga de secar nos fi eltros y el ciclo se repite : La máquina está dispuesta de. una estructura que posiciona la prensa con rodillo de. l acoplamiento, sistema de levantamiento de la intelli NIP, cajas de acondicionamiento y antiglobo, regaderas de alta presión, ensamble de doctor para rodillode acoplamientcoon “saveal”, módulo de zapata con rodillo para prensa, carros o insertos para remoción de - rodillos, rodillos para fieltro y papel, sistema de paso de guía, tensor, guiador, alarma de : recorrido de fieltro y señalaciones de seguridad. - Acorde con lo anterior y en , virtud de lo señalado, se tiene que el equipo o corresponde”. arancelariamente a una máquina para la fabricación del papel, que conforme con la Regla

General. Interpretativa 1 está comprendidoen la partida 84.39 de la Nomenclatura del - Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifi ca por la subpartida 8439. 20. 00. 00 del Arancel de Aduanas. - En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de .Clasificiec ación Arancelaria de la Subdirección Técnica 2 Aduanera, : RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la: mercancía descrita €e n la presente resolución en la subpartida 8439.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para la fabricación del papel, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de del mencionadotexto arancelario, contenidas en el Decreto 1861 de 2021 y sus modifi icaciones. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600501 de 20 nov. 2023 Hoja No, 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora BLANCA CIELITO CAÑON CUERVO identificada con cédula de ciudadanía No. 52.078.195, en calidad de Representante Legal Suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS PROFESIONAL S.A.S NIVEL 1 - SIAP con NIT 830.0030079-6, a la dirección electrónica informada en la solicitud ccanon(Osiap.com.co

  • notificacionesOsiap.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de

2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Calle 25G No.100-24 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de fa Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y-S4W

Coordinación de Notfi cacione: « POR UNA COLOMBIA MAS HONSETA Mivef Central Bogot BDC PRLariN Se certifica que elA cto Administrativo fue pubplioc:ad o Ñ ENDS PACA 10 2023-11-20 02:48:46 P, M, “Fecha Acuse de fecibo, E P TE ¿a 7

EZ SALÍ yA Cquiimado: De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera RESOLUCIÓN NÚMERO 202300398060050 de 20 nov. 2023 Hoja No, 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Proyecto: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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