DIAN - Resolución 6511 de 22-11-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6511 de 22-11-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600511 (22 nov. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: a Petición de Cualquier Interesado - LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA o -- SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA “En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 dela Resolución 070 de de y teniendo en cuenta los siguientes Mediante radicado No. 235410000001089 de 24 de agosto de 2023, el Sr. LEONARDOFABIO LAVERDE RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.433.015, representante legal de la sociedad SUMIVITALES S.A.S., con NIT 900.177. 752-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado ¡B para la mercancía denominada técnica y comercialmente "PERFADEX PLUS” El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos. (2) folios, ficha tecnica en seis (6) folios, mandato aduanero en cuatro (4) folios. y comprobante de pago en un (1) folio. A | El solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos. m/cte ÑE 594. 000 ,00) según consignación No. 969641293 del 24 de agosto de 2023 del Banco de Bogotá. E - Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000518
del 26 de septiembre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: aclarar algunos aspectos técnicos del producto. en cuanto a su utilización, efecto sobre los órganos humanos : extraídos, función y porcentaje de participación de los componentes, vida útil y sí es estéril, presentación comercial, nombre químico especifico del “Dextran 40” y allegar la información : técnica en idioma español y una copia del registro sanitario invima vigente. El usuario ¿A responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000404 del 10 de octubre de E 2023, con nueve (9) folios, renunciando al término restante del requerimiento. OS Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr LEONARDO FABIO : LAVERDE . RESTREPO, ¿a la: dirección electrónica manifestada por el interesado leonardolaverdeOsumivitales.com - infof)sumivitales.com; o por correo en la dirección Carrera 43 A $4 61 Sur. - 152, en Sabaneta — Antioquía. l o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600511 de 22 nov. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. | Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General interpretativa 1: - “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Texto de Partida 38.24: “Preparaciones aglutinantes para moldes o > núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación
arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 23541 0000001089 de 24 de agosto - de 2023 y E2023000100165398000404 del 10 de octubre de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una preparación líquida estéril e incolora acondicionada en bolsa plástica por 1.000 ml con aditamentos para conexión, que se RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600511 de 22 nov. 2023 Hoja No. 3 | a Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o émplea para salvaguardar los órganos humanos que se van a trasplantar la cual, presenta Z las siguientes características: o 0% Preparación a base de “Dextran 40" que y actúa como ) protector d€ el endotelio del órgano 3% extraído previniendo cualquier lesión por. isquemiareperfusión y daños derivados de la preservación, cloruro de calcio que es el coadyuvante en la protección de las células endoteliales y epiteliales y en la disfunción endotelial, trometamina para ajuste del pH en la solución, glucosa monohidrato junto con cloruro de sodio y agua para inyección, los cuales,
funcionan como veniculo y los electrolitos son el sulfato de > magnesio y cloruro de potasio. Para suy utilización, es necesario mantener la preparación auna temperatura optima entre Ñ 2 y 25 grados centígrados, facilitando así la conservación de órganos como los pulmones -- hasta por 12 horas y está indicada “para el enrojecimiento, frío almacenamiento estático ytransporte de pulmones aislados después de la extracción del donante e« n preparación para un eventual trasplante en un receptor. Según la información aportada. la mercancía > Consiste en una , preparación compuesta por la mezcla de varias sustancias químicas en disolución, que se utiliza para mantener la - viabilidad del pulmón desde su extracción hasta el trasplante, ayudando a prevenir el edema celular y optimizando la función del órgano una vez establecida la perfusión. ] Considerando que, la mercancía: objeto de estudio no se utiliza: con fiin ness terapéuticos | o - profilácticos en humanos, ya que, “es una solución de preservación extracelular a base de A DEXTRAN y electrolitos, baja en potasio indicada para el lavado, almacenamiento en frio, - transporte y perfusión de pulmones aislados después de removerlos de un donante y en preparación para un eventual trasplante a un. receptor”, queda excluida de la partida A o arancelaria 30, 03,+ Sugerida por el usuario con la Solicitud.” o Por lo tanto, lanm ercancía se encuentra comprendida en la partida 3: 8, 24 de la Nomenclatura o del Sistema Armonizado, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1 y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la E
subpartida -3 824, 99. 99. 00 del Arancel de Aduanas. l Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, els servicio de clasificación arancelaria. : - tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir, QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL. PESOS mí/cte. ($594.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de CIENTO DOCE MIL - OCHOCIENTOS SESENTA PESOS, ($112.860), que podrá utilizar para presentar una: hueva solicitud, O en su y defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe. (a) de la Coordinación de Clasificación | Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, A SS RESUELVE o ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita «e n la presente: tesolución en la. : —subpartida 3824.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación química a base de “Dextran 40” para lavado, conservación en frio y perfusión de pulmones humanos, objeto -. de extracción y trasplante, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del - “mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600511 de 22 nov. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
- ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al Sr, LEONARDO FABIO LAVERDE RESTREPO identificado con cédula de
- ciudadanía No. 8.433.015, en calidad de representante legal de la sociedad SUMIVITALESS.A.S.. conNIT 900.177.752-5, a la dirección electrónica informada en la solicitud leonardolaverdeOsumivitales. com - infoOsumivitales.com de conformidad con lo - establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. | De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se
notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la Carrera 43 AF 61 sur - 152 en Sabaneta - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio - web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D LAN Coordinación de Notificaciones ¿ POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Mivel Céntral Bogotá DO 2023-34-22 /03:26:07 P.M. ,,, Se certifica que el Acto Adminiatalivo Msi ado o Fecha Acuse de Recibo! ¿EN ARS CAL ql Po E De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL: - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
- Subdirección Técnica Aduanera
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600511 de 22 nov. 2023 Hoja No.5.
Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación ' Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoProyecto: RICARDO HERRERA DAZA