DIAN - Resolución 6520 de 27-11-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6520 de 27-11-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
SAN
PELRESOLUCIÓN NÚMERO
2023003980600520. RT Por la cual <s e expide una Resolución de Clasificación Arancelaria e a Petición de Cualquier Interesado. o LA JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA E SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - Pon En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la: Resolución 070 de ai y teniendo en Cuenta los siguientes Mediante radicado. No. 235410000001175 de 29 de «septiembre de 2023, el Sr. DEIBAR RENE HURTADO HERRERA, identificadcoon cédula de ciudadanía 76.311.561, actuando | en calidad de Representante Legal de la sociedad UNIVERSIDADDEL CAUCA, con NIT - 891.500.319-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición - [| de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente PLANTA DE ALMIDONES (LÍNEA DE TRANSFORMACIÓN. DE YUCA FRESCA INSTALADA, EN | CONTENEDORES) Para el efecto, el interesado adjuntó los siguientes documentos: Ficha técnica” o - Diagrama de flujo e Cuadro de componentes ES El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos m/cte s 1. 188. 000 00) según | o o comprobantes de pago No. 103518433-4 y 1035184345 de 27 de septiembre de 2023 del | Banco de Bogotá.
ol En el formato de la solicitud el interesado solicita see notifique el ácto administrativo al Sr o DEIBAR RENE HURTADO HERRERA, a las direcciones electrónicas: irossro(Bunicatica. edu.co; pytransferenciaQunicauca. edu.co; o por correo en la dirección |
CARRERA 2NUMERO 1425 OFICINA 313 - MUSEO DE HISTORIA NATURAL, en
_ Popayán - Cauca UN FUNDAMENTOS DE DERECHO - . Convenio del Sistema Armonizado de Designación. y Codif icación. de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600520 de 27 nov. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y : otras disposiciones. Adicionalmente, para el caso en estudiose consideran las siguientes: - Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas -y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas - - partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” : :
Nota 4 de la Sección SUN “Cuando: una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos : individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, - cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamentedefinida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el! conjunto se - clasifica en la partida correspondiente a a la función ' que realice.” Texto de la partida 84. 38 “Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, animales o vegetales fijos.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, : mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, _ mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación ' arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y. Aduanas - Nacionales que reglamentan, entre otros, las solicitudes de clasificación arancelaria apetición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada. con el radicado No. 235410000001175 de 29 de septiembre de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos concebidos para obtener almidón de yuca ensambladas : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600520 de 27 nov. 2023 Hoja No; 3 E - Continuación del acto administrativo por el cual se> éxpide una resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado - -en contenedores, con una capacidad de procesamiento de 250 klogramosihore de yuca fresca. cn o Dr, El proceso:de obtende calimiódónn de yuca comienza con la recepción de yuca con. cáscara en una banda transportadora que las transporta al tanque de inmersión para ser lavada, luego la yuca es transportada por una banda transportadora al picador y luego al |. molino de donde sale yuca rallada mezclada con agua. La yuca rallada mezclada con agua sale por el fondo del molino donde nay una bomba que trasiega hasta el tanque pulmón..
Luego. continua el: proceso de ñ Itrado en: ciclones extractores y: tamices que separan-el-. almidón líquido de los restos sólidos de la molienda; las fibras y demás residuos salen por la parte superiorde los extractores y el almidón con agua sale porla parte inferior.
Posteriormente, se realiza un proceso de secado: la lechada de almidón llega a un tanque con agitador que abastece a una batería de hidrociclones que lavan en contracorriente en
sucesivas etapas hasta dejarla pura y luego pasan a otros hidrociclones que tienen como | objetivo concentrar la lechada hasta la densidad requerida por el siguiente paso. Esta lechada que ya tiene la apariencia de lodo espeso es exprimida mediante una. centrifuga, «hasta lograr una humedad del 40% aproximadamente. El almidón desaguado se somete a. “un proceso de secado mediante flujo de aire caliente y transferencia de masa. El aire - húmedo se separa del almidón seco por! medio de ciclones que completan el proceso de o obtención del almidón de yuca.
Los equipos que componen: la línea de producción de almidón ss on los siguientes: 4- , Dos (2) fajas transportadoras de yuca que transportan yuca co on cáscara yt ierra al o picador y al molino. : ¿Un (1) tanque de ¡ inmersión con:y criba que realiza el lavado y pelado de a yuca. «Un (1) picador que pica la yuca en trozos pequeños. E
4. Un (1) molino rallador super Rasp que ralla los trozos de. yuca para separar los. -corpúsculos de almidón de las fibras. co o nm ww
5. Una (1) criba DMS ranura continua que separa la fibra gruesa. a 6... Dos (2) tanques pulmón que reciben la yuca molida con adición de agua.
7. Un (1) tanque pulmón que regula el flujo continuo de lechada de almidón...
8. Un (1) hidrocición lavador que refina el almidón separando los sólidos solubles de la lechada de almidón.
Un (1) hidrociclón extractor que extrae el almidón de la yuca molida separando por | una parte las fibras y por otra el almidón, ambos con adición de agua. :
40. Un (1) hidrociclón concentrador que concentra la lechada de almidón. - . o 11.Un (1) tamiz modelo centrifugo de canasta vertical que exprime el agua de la lechada : Lo de almidón. :42.Un (1) tamiz modelo centrífugo continuo horizontal que separa la fora fina. ee --13.Un (1) tamiz continuo que homogeniza el almidón seco. e + 14.Un (1) ciclón y separador de almidón seco que separa el almidón seco. E 15.Un (1) alimentador y dispensador con sus respectivos ductos de transporte que A o transportan y secan el almidón. -16.Un (1) silo recepción que almacena el almidón. --17.Dos (2) ventiladores extractores que extraen el aire. ES
18. Un (1) quemador: que quema el gas licuado. de petróleo permitiendo. elevar la . temperatura del aire para el secado. | 19.Un (1) container de transporte y funcionamiento de 20 pies que comprende en su interior la línea lavadora picadora y moledora instalada.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600520 de 27 nov. 2023 Hoja No. 4 Continuaciódnel acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 20.Un (1) container de transporte y funcionamiento de 40 pies que incluye la línea de filtrado de almidón de yuca y la línea de secado de almidón de yuca instaladas.
-Con base en lo anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 al 20 corresponden a una combinación de máquinas y aparatos utilizados para la obtención de almidón de yuca, que conforme con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 se clasifica por la subpartida arancelaria 8438.80.90.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación “Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolucióenn la subpartida 8438.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para la fabricación de almidón de yuca, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor DEIBAR RENE HURTADO HERRERA identificado con cédula de ciudadanía No. 76.311.561, Representante Legal de la sociedad UNIVERSIDAD DEL CAUCA con NIT 891.500.319-2, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud iroseroQunicauca.edu.co; pytransferenciaQunicauca.edu.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1185 de 2019 modificado por el artículo
137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal: CARRERA 2 NUMERO 1A25 OFICINA 313MUSEO DE HISTORIA NATURAL en Popayán, Cauca o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidadcon lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. (ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución | en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica
- Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600520 de 27 nov. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No, 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y . remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ
Coordinación de Notificaciones POR URA COLOMBIA MÁS HONESTA Mivel Central Bogotá D.C . ES eP S oOslrt ifica quu e pal aAcrtoa ¿ LoA dmiÍ Pnis a fue publica yl .
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