🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6539 de 01-12-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6539 de 01-12-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600539 (01 dic. 2023) o Por la cual see expide una Resolución de Clasifi cación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las fácuitades legales que le confiere el humeral 3. 3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. - 235410000001206 de 13 de octubre de 2023, el Sr. SANTIAGO RENGIFO MORENO, identificado con cédula de ciudadanía 91.110. 596, actuando en : calidad de Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ALADUANA S.A.S.

NIVEL 1, con NIT 830.010.905-4, mandataria de la sociedad CRISTAR TABLETOP S.A.S. con NIT 901.495.452-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE COPAS DE VIDRIO PARA VINO. _ Para el efecto el interesado adjuntó los siguientes documentos: - Formato de solicitud en dos 2) páginas o o o - Mandato aduanero otorgado por la sociedad CRISTAR TABLETOP SAS. a la - AGENCIA DE ADUANAS ALADUANA S. A. S. NIVEL 1 el 22 de junio de 2022 en siete. (7) páginas. - UN -- Escrito de solicitud en seis (6) páginas. :

== Diagrama de flujo de linea de producción en ocho (6) páginas. e - - Cuadro de componentes en una (1) hoja de Excel. - . Ficha técnica en trece (13) páginas. - | Ñ El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos mícte ($ 1.188.000 00) ss egún transferencia número 8996551508 de 12 de octubre de 2023 del Banco de Bogotá. Mediante requetimiento ordinario de información adicional 8202300010165398000663 del 22 de noviembre de 2023 se solicita al interesado aclarar si el horno de recocido hace parte o no de la unidad funcional. Con radicado No. E2023000100165398000474 del 22 de noviembré de 2023 el interesado : da respuesta al requerimiento mencionado, confirmando que el horno de recocido si hace parte de la solicitud de clasificación arancelaria No. 235410000001206 del 13 de octubre RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600539 de 01 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - de 2023 y renuncia al término restante para dar respuesta a lo solicitado. El usuario | confirmó en reunión virtual del 24 de noviembre de 2023 que el equipo mencionado es parte integral de la unidad funcional a clasificar en el acto. En el formato se solicita que se notifique el presente acto administrativo al Sr. SANTIAGO RENGIFO MORENO; sin embargo, teniendo en cuenta que una vez consultado el RUT de la AGENCIA DE ADUANAS ALADUANA S.A.S. NIVEL 1 se estableció que el

Representante Lega! de la mencionada empresa es el Sr. RAÚL GARCÍA ARIAS, esaéla quien se notificará esta Resolución, a la dirección electrónica informada en la solicitud: hbonillaGorbosquality.com y a la dirección informada en el RUT tributarioGaladuana.com,

O por: correo en la dirección CRA 103 No. 25B - 86 PISO 3, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su . anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 546 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas Yo otras disposiciones. Para el caso en cis consideran las siguientes Reglas, Nota y Textode Partida: | “Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un , valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a 2 los textos de dichas -. partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,

cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida; comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Texto de la partida 84.75 “Máquinas para montar lámparas, tubos O válvulas eléctricos 1« 0) electrónicos 10) lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas: para fabricar o trabajar. en caliente el vidrio O sus manufacturas” | Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en % las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas ¡Subpartidas y de las Notas de subpartida así como, RESOLUCIÓN NÚMERO 20230039806005de3 901 dic. 2023 HojNoa. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Peticiónd e Cualquier Interesado -mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse .| subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. » Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacaóa y sus modificaciones - artículos 303 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modif icaciones de la Dirección de Impuestos. y: Aduanas

Nacionales, que reglamentan, entre otros, las solicitudes de clasificación arancelaria apetición de cualquier interesado. | CONSRERACIONES DEL DESPACHO" ' e Según la “información suministrada en la solicitud radicada con No. 235410000001206 « de : 13 de octubre de 2023 y radicado No. E20230001 00165398000474 del 22 de noviembre de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y mecanismos que permiten la fabricación de copas de vidrio para su comercialización al por mayor o al port menor, mediante el siguiente proceso: El proceso de fabricación de copas de vidrio inicia cuando las gotas de vidrio (vidrio líquido a una temperatura entre 1100%C y 1150C) ingresan a la máquina formadora “Hartford 28” dondese forma, mediante un proceso de prensado y soplado, el primer cuerpo conocido - - como un palezón. Este primer cuerpo es tomado por un mecanismo de transferencia (descargador) y llevado poru una banda transportadora a la máquina Prensa Antas MI. La máquina prensa “Antas Mp recibe además del palezón, gotas de vidrio, las cuales se someten a un proceso de prensado donde se da forma al pie de la copa (con base gruesa) : y la pega al cuerpo. Esta obra formada por el cuerpo y por el pie de la copa es descargada por un servo descargador lineal y trasladada a la máquina Formadora de Pies a través de : un mecanismo rotativo de pinzas. La máquina formadora de pies realiza el proceso de adecuación de la base de la obra por : medio de calor y calibradores en grafito que permite aplanar y adelgazar ss u base.

En seguida. mediante un mecanismo de transferencia rotativo con pinzas, la obra pasa a la ] - máquina requemadora “Eldred”, donde se realiza el proceso de corte del sobrante de vidrio de la parte superior y el pulido del borde final de la obra. : Una vez la.obra está formada y terminada se lleva a un horno de tratamiento de recocido de operación continua donde se realiza un proceso de calentamiento utilizando gas natural. En este horno se alivian las tensiones internas en el vidrio generadas por el proceso ( de : conformación de la copa de vidrio adquiriendo una resistencia óptima para su USO ñ nal. La Ímeá de producción de copas de vidrio comprende lo siguiente:

1. Una (1) máquina Hartford 28 (formadora de cuerpo) de 12 secciones con un () descargador Hartford 28 con pinzas rotativo, unaa m banda transportadora y un (1) ? ¿cargador lineal prensa Antas IMI. o da

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600539 de 01 dic. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

2. Una (1) máquina prensa Antas ¡MI con un.(1) servo descargador lineal y un (1) cargador de pinzas rotativo a formadora de pies. o

3. Una (1) máquina formadora de pies con un a) descargador de pinzas rotativo formadora de pies y un (1) cargador de pinzas rotativo para la requemadora Eldred. :

4. Una (1) Máquina” requemadora ELDRED (cortadora de borde) con un: (1)

descargador de pinzas rotativo Requemadora Eldred, una (1) banda transportadora 2, una (1) rueda de transferencia, una (1) banda transportadora 3 y un (1) empujador Ñ de obras a homo de recocido.

5. Un (1) horno de recocido Con base en lo anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 al 5 : corresponden a una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente enla fabricación de copas a partir de vidrio en estado líquido (caliente), que de conformidadcon lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI, y la Regla General Interpretativa 1, seencuentra comprendida en la partida 84.75 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, yo en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8475. 29.00.00 del Arancel de Aduanas.

En mérito de lo anteriormente expuesto; la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación - Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la - "subpartida 8475.29.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para fabricar, en caliente, copas de vidrio, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente

  • Resolución al señor RAÚL GARCÍA ARIAS, - identifcionc acdédoul a de ciudadanía No. - - 14.988.737, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS -_ALADUANA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 830.010.905-4, a la dirección electrónica informada “en la solicitud: hbonillaGorbosquality.com y el correo electrónico registrado en el RUT: - tributarioMaladuana.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución D46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

Der no ser posible la notificación €e n forma electrónica, el presente acto administrativo s« e - notificará por correo a la dirección informada por el usuario en la solicitud: CRA'103 No -25B - 86 PISO 3 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web - de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá 0020 o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600539 de 01 dic, 2023 Hoja No. 5 E Continuación del acto > administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación |

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cc on: lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y! los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución p en el Diario Oficial, de conformidad cone l artículo 305 del Decreto 1165 de 2019,e l artículo - 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, - ARTÍCULO QUINTO. Remitiurna vez en firme, copia del presente acto administrativo, por . medio de la. Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección. - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección y Técnica . Aduanera 2 para lo de: su competencia y publiquese e« n na página: web: de la DIAN. > - | NOTIFÍQUESE, PUBLÍGUESE Y CÓMPLASE o . 202312. 01 /03:31:24 P, M o Ñ Fecha Acusede Rec] bajyé De conformidad con la resólución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta ña rma: electrónica tiene plena validez yo remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

SANDRA STELLA H+ UERFANO BERNAL :

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO Revisó: RICARDO HERRERA DAZA AN -Cosráinación de SN ot AS se rd Pret Be 05 ENE mm

El o HELA AE taz

Consultar sobre este documento ...