DIAN - Resolución 654 de 17-05-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 654 de 17-05-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
_ ——DIAN
POR UNA COLOMBIA MÁs HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600054 (17 may. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria : a Petición de Cualquier Interesado - EL (LA) JEFE (A) DEL A COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000216 de 28 de abril de 2022, el (la) Sr. (a) CARLOS ALBERTO QUINTERO SOLIS, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 1144106181, Representante Legal suplente de la sociedad FRESH € NATURAL S.A.S, con NIT900384449, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “PULPA DE - - MANGO REFRIGERADA Y/O CONGELADA VARIAS MARCAS Y PRESENTACIONES” yo comercialmente como "PULPA DE MANGO” | El (da) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha | técnica en un : (1) folio; plano en un mM folio y comprobante consignación en un (1) folio : El (la) solicitante. pagó. quinientos treinta y dos mil pesos mí/cte (S 532,0000 ,00) según Consignación número 1000548253 de 27 de abril de 2022 del Banco de Bogotá.
Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) CARLOS ALBERTO QUINTERO SOLIS, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) administracionOfreshandnatural.com.co - comexGfreshandnatural.com. co; 0 por correo en la dirección carrera 36 12-251 BS, en Yumbo - Valle del Cauca A UNCAMITOS DE DERECHO | | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su | anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisió8n85 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediantela cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 , por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600054 de 17 may. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Parae l caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partidaRegla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas
partidas y Notas, de acuerdo con las Regías siguientes: Partida 20.08 : “Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante 10) alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.” Regla General interpretativa 6. “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Nodte saubpsarti da así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasif icación arancelaria a petición de cualquier interesado. UN : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO o Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000216 ded 28 de abrill de | 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una mezcla homogenizada de base pulpa de mango con trozos del mismo, compuesta por: o . Pulpa de mango, agua, azúcar de caña, almidón de papa, antioxidante (ácido ascórbico, ácido acético), estabilizador (goma de: xantano), regulador de pH (citrato de sodio),
edulcorante (estevia), los anteriores elementos constituyen una mezcla homogenizada a base de pulpa de mango, la cual es sometida a un tratamiento de pasteurización, el cual asegura la conservación del producto, en envases herméticos. - : Uso: producto diseñado para uso industrial o público en general. Apto para elaboración de jugos, refrescos, postres, de forma diluida o directa, se presenta empacado en bolsaslaminada PET/PE, PEBD o PET/FLEXPA (NYLON/PEBD). El producto se obtiene a parti del siguiente proceso: |
1. RECEPCION MATERIA PRIMA: Se recibe la fruta de mango fresca, se inspecciona sus condiciones y características organolépticas, fisicoquímicas, maduración, sanidad, Bridx.
2. SELECCION Y CLASIFICACION: Se evalúa la fruta que presenta daños 0 principio de - deterioro, para separarla de la que cumple cón el estándar de calidad.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600054 de 17 may. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : -3. LAVADO Y DESINFECCIÓN: La fruta: se somete aun proceso € de lavado y desinfección por inmersión. cs, o eto ES
4. ESCALDADO: Tratamiento térmico al que se somete la fruta, para eliminar enzimas quepuede alterar el producto, la fruta se sumerge en agua: a 65 grados: con adición debicarbonato y ácido cítrico para aflojar la cascara '
5. DESPULPADO: se pasa por la despulpadora.
6. PASTEU RIZACION: la pulpa se somete a pasteurización a 70 atados centígrados y se le adiciona un edulcorante no calórico, sin alterar sus condiciones organolépticas. Luego se - adicionan el ácido cítrico y los conservantes sorbato de potasio y Ácido Acético que son : sales estabilizadoras para conservar el producto y no alterar sus condiciones. -7. ENVASADO Y SELLADO: La pulpa se envasa en caliente, extrayendo el aire y luego se : sellan las bolsas de coextrucción especial multicapa de alta barrera, se extrae el oxígeno y. ¿se sella. 8, CHOQUE TÉRMICO: Empacado el broducto sae procede a refieran «e n tina de agua helada para que la temperatura baje rápidamente.
9. ALMACENAMIENTO: En cuarto de refrigeración a temperatura entre 2y4 grados centígrados, De acuerdo con la información que antecede, arancelariamente el producto corresponde « a: una preparación homogenizada de fruta de mango, apta para el consumo humano, que de conformidad con la Regla General Interpretativa 1 de la Nomenclatura Arancelaria clasifica en la partida 20.08, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 clasifica en lasubpartida 2008.99.30.00 del Arancel de Aduanas En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación : Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - o RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la
| subpartida 2008.99.30.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación de mango : - pasteurizada, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado : - texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones. : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera “electrónica, el contenido de la presente. Resolución al. señor (a) CARLOS ALBERTO QUINTERO SOLIS identificado (a) con Cédula de CiudadaníNoa. 1144106181, Representante Legal suplente de la sociedad FRESH 8 : NATURAL S.A.S con NIT 900384449;a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) administracionfOfreshandnatural.com.co - comexGOfreshandnatural.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado - por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado. porel artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se: notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera | subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas -
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Continuación del acto administrativpoor el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cuatquier Interesado Nacionales en la dirección carrera 36 k 12251:B5 en Yumbo - Valle del Cauca de
conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar. al interesado (a) que contra el presente acto «administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cualdeberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo - 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de laa Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 : de la Ley 489 de 1998. : - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones dela Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-05-5 37/06:13:31 A.M. , A ' Pacha Acuse de Reciba ¡Y o A a : De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta fi irma electrónica tiene plena validez y
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria o N Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: MARIA TRÁNSITO HURTADO GARCIA o o Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA a m=] AN Coordi de Not NN o - . . coordinación de No icaciones : : + POR UNA COLOMATA MÁS Ena re - "vel Central Bogotá D, Cc. o