DIAN - Resolución 6543 de 06-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6543 de 06-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
IAN at - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600543- (06 dic. 2023) Por la cual se expide una Resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado o LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante tadicado No. 235410000001 127 de 12 de septiembre de 2023, e Sr. RAFAEL ANTONIO PIÑEROS MUETE, identificado con cédula de ciudadanía 1.069.712. 004, | “actuando en calidad de Representante Legal de la sociedad COMTUCAR SAS, con NIT 900.613.333-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente: LÍNEA DE PRODUCCIÓN BOLSAS EN TELA. o Para: el efecto, el interesado adjuntó ficha técnica de la línea de producción de las bolsas - en tela. o : El solicitante pagó un millón c« iento ochenta y ocho milpp esos m/cte ($ 1.188. 000. ,00) según Transferencia número 48289771 de 12 de septiembre de 2023 del Banco Davivienda al - Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de información Adicional - RIA No. 82023000100165398000504 del 20 de septiembre de 2023, este despacho solicitó al usuario describir detalladamente el.
proceso por etapas, identificar la función para la cual está diseñado el conjunto, de máquinas e y remitir listado de máquinas y equipos que conforma el conjunto. . A través de oficio No. 1001653981977 del 14 de noviembre de 2023 se recuerda al interesado sobre el vencimiento próximo del término para dar respuesta al requerimiento mencionado. o o Con radicado No. E2023000100165398000460 del 15 de noviembre de 2023, elinteresado A remite . respuesta al. Requerimiento de. Información — Adicional RIA. No. - -S2023000100165398000504 en tres (3) archivos con cuarenta y nueve (49) páginas en total. En el formato de solicitud se indicó que el acto administrativo senolia al Sr. RAFAELANTONIO PIÑEROS MUETE, a las direcciones electrónicas: rafael070985M hotmail.com; RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600543 de 06 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado contabilidad comtucar.com.co; O por correo en la dirección CR 53 F 5 C 43, en Bogotá - D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas ' y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” o Nota 4 de la Sección xvi “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados O unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto seclasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Texto de la partida 84.79 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propía, no expresados ni comprendidos en . otra parte de este Capítulo” “Regla General Interpretativa 6 O “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” | Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307,
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. 17% RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600543 de 06 dic. 2023 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Direcciónde Impuestos y Aduanas | “¡Nacionales que reglamentan, entre otros, las solicitudes de clasif ¡cación arancelaria a petición de cualquier interesado, - o o | oNsIERAcIONES DEl DESPACHO Ségún la información suministrada con la solicitud radicada con el No. 235410000001127 de 12 de septiembre de 2023, y con radicado No. E2023000100165398000460 del 15 de noviembre de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas que permite hacer el proceso de fabricación de bolsas publicitarias a partir de tela no tejida. El proceso dé fabricación comienza en una máquina cortadora y rebobinadora de tela que realiza el proceso de corte del rollo de tela no tejida (Notex, Kambrel o TNT) para llegar al - ancho que se necesita. Luego pasa a una máquina que corta los rollos de tela en cuerpos ala medida para que sean Unidos. Posteriormente, en una “máquina de ultrasonido mecánica, los cuerpos se unen “mediante un sellado por ultrasonido; luego en otra máquina de ultrasonido mecánica se arman y cortan las asas de las bolsas para posteriormente sellar las manijas en otra máquina de
ultrasonido mecánica. Para la fabricación de algunos modelos de bolsas, intervienen en el proceso de elaboración, máquinas de coser yL una remalladora mecánica que realizan la confección de la bolsa con hilo. Ely proceso de fabricación de las bolsas también se puede adelantar ee n una máquina de . ultrasonido automática compuesta por módulos que hace el proceso de doblado, armado, sellado y corte. Esta máquina se alimenta del rollo de tela al ancho requerido que cortó la máquina. cortadora y rebobinadora de tela. Finalmente, en otra. máquina de ultrasonido automática se realiza el proceso de armado y pegado de las asas al cuerpo de la bolsa. A continuación, el listado de máquinas que conforman la línea, según lo. señalado en la solicitud: Una (1) máquina cortadora y rebobinadora de tela. = - Una (1) máquina corte de tela. n Cinco (5) máquinas de coser rectas mecánicas o a - Dos (2) máquinas de coser rectas electrónicas s Una (1) máquina remalladora mecánica - a o Tres (3) máquinas de ultrasonido recto mecánicas. NUna (1) máquina de ultrasonido para armar y cortar asas mecánica. Una (1) máquina de ultrasonido recto para sellar manijas mecánica. n Una (1) máquina de ultrasonido automática para fabricar bolsas... o s10. Una (1) máquina de ultrasonido para armar y pegar asas automática.
11. Cincuenta (50) marcos en aluminio para serigrafía.
12.Una (1) máquina insoladora o reveladora de negativos. -43.Un (1) mezclador de tinta. .
14. Un (1) sistema de impresión con brazos. - 15.Un (1) hor/ nbaond a de secado... 16.Dos (2) secadoras Vastex / Air Flash
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600543 de 06 dic. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Ahora bien, según la información suministrada por el solicitante, los marcos de aluminio para serigrafía, la máquina insoladora o reveladora de negativos, el mezclador de tinta, el sistema de impresión con brazos, el horno de secado y las secadoras realizan el proceso de impresión en serigrafía de las bolsas, que se constituye en una función diferente a la . determinada para la unidad funcional objeto de esta a resolución. Teniendo en cuenta lo anterior, y considerando que el proceso de fabricación de las bolsas de tela no tejida termina con el pegado de las asas, este despacho determina que los. equipos listados en los numerales 11 al 16 no hacen parte de la combinación de máquinas “que realiza conjuntamente la función definida de fabricar bolsas de tela sin tejer y en consecuencia no hacen parte de la unidad funcional objeto de la presente resolución. - Con base en lo anteriormente expuesto, se concluye que los equipos listados en los - numerales 1 al 10 corresponden a una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente con función propia que fabrican bolsas de tela sin tejer, que conforme a lo
dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.79 del Sistema Armonizado y conforme a lo señalado en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8479. 89. 90.00 0 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, salvo las excepciones indicadas en lasconsideraciones, como máquinas con función propia que fabrican bolsas de tela sin tejer, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de tas - Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor RAFAEL ANTONIO PIÑEROS MUETE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.069.712.004, Representante Legal de la sociedad COMTUCAR SAS con NIT 900.613.333-3, a: la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: rafael070985G hotmail.com; contabilidadOcomtucar. com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo
137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 201 9 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica,e l presente acto administrativo senotificará por correoa la dirección procesal: CR 53 F 5 C 43 en Bogotá D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 201 9 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARA RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600543 de 08 dic 2023 Hoja No.5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo... 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones. de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica .. Aduanera paral o de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - De conformidad con 'laresolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y. remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . -CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Adu uanera :