DIAN - Resolución 6544 de 06-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6544 de 06-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
A j o NJ 2 . RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 (06 DIC. 2023). - Porla cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria. | LA JEFE (A) DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la o Resolución, 070 de 2021 y teniendo en cuenta los. siguientes. HECHOS Mediante radicado No. 235410000001087 de 23 de agosto de 2023, el Sr. PEDRO ALBERTO MANRIQUE LOPEZ, identificado con cédula de ciudadanía 79.135.705, - || actuando en calidad de Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ADUANAMIENTOS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES S.A.S NIVEL 2, con NIT | 830.032.263-9, mandataria de la sociedad KALAPATI SAS con NIT 900.794.248-0, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la. || mercancía denominada técnica y comercialmente UNIDAD FUNCIONAL PARA PROCESO | DE LIOFILIZACIÓN Y POLIMERIZACIÓN DE LA FLOR. . o El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: - = Contrato de Mandato Aduanero. del 28 de julio de 2023 otorgado y por la sociedad : | - Kalapati. SAS. a la Agencia. de Aduanas Aduanamientos. Importaciones y. Exportaciones S.A.S. Nivel 2.
Y fotografíasEl solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos mícte ($ 1. 188. 000 00) según | transferencia del 23 de agosto de 2023 de Bancolombia al Banco de Bogotá. o E Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82023000100165398000486 : del 13 de septiembre de 2023 este despacho solicitó al usuario describir detalladamente el proceso por etapas, indicando la máquina o recurso utilizado, el material a transformar y las características del producto obtenidoen cada etapa, anexar diagrama de flujo, identificar cuál es la función para. la cual está diseñado el conjunto de máquinas, explicar en qué — | consiste el proceso de polimerización de la flor y remitir lista de máquinas y equipos. De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 307 de la Resolución 46 de 2019, con oficios No. 100165398-1709 y 100165398-1710, radicados No. 00012023017144 y 00012023017188 del 6 de octubre de 2023 se solicitó a la Subdirección de Recursos Jurídicos, a la Subdirección de Representación Externa, a las Divisiones de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria y a las Divisiones Jurídicas de las Direcciones
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 de 06 DIC. 2023 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Seccionales de Aduanas y de Impuestos y “Aduanas del país, informar si existe proceso
administrativo o contencioso-administrativo en curso relacionado con la mercancía denominada: “Unidad funcional para procesdoe liofilización y polimerización de la flor”. Con escrito radicado No. E2023000100165398000402 del 09 de octubre de 2023 el interesado responde al requerimiento mencionado en nueve (9) páginas y con escrito radicado No. E2023000100165398000425 del 20 de octubre de 2023, el interesado da alcance a su respuesta en una (1) página.
A. la fecha de la expedición de esta resolución no se recibió información alguna sobre procesos en curso relativos a la mercancia objeto de clasificación.
En el formato de solicitud, el interesado solicita se notifique al Sr. PEDRO ALBERTO MANRIQUE LOPEZ, a las direcciones electrónicas: — sialogistica(Wyahoo.com; operaciones). aduQadimpex. com.co o por correo en la dirección CL 25D 97 57BRR . FONTIBON, en Bogotá, D.C.; no obstante, como la señora Sandra Milena López Forero, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.386.543, es quien ostenta la calidad de Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS ADUANAMIENTOS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES S.A.S NIVEL 2, con NIT 830.032.263-9, es a ella aquien se notificará el presente acto administrativo, en la dirección electrónica señalada en la solicitud: sialogisticaMyahoo.com y a la informada en el RUT: - gerente.administrativoMadimpex.com.co. . - FUNDAMENTOS DE DERECHO - Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su
anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisiónd e la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobóe l Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. | Adicionalmente, para el caso en estudio se considerarán las siguientes: - Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos O de los Subcapitulos solo tienen. un valor : indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí'no son. contrarias a los textos de dichas |. partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”: - Partida 84.19 Ñ “Aparatos, dispositivos o. equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente | (exceptloos hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, A(
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 de 06 DIC. 2023 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución Anticipada de - . Clasificación Arancelaria cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto. los
aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo 0 » de acumulación, excepto los eléctricos” | Nota 4 de la Sección XVI. “Cuando una máquina o una combinación de “máquinas estén constituidas por elementos : - individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas. de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se: clasifica en la partida correspondiente a la función1 quen realice.” Regla General Interpretativa 6 : “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada" legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, ' .mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo. nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y deo Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modif cacionesartículos 298 a 302 y -307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las. resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas : Nacionales que reglamentan, entre otros, las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria. | - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con la solicitud No. 235410000001087 de 23 de agosto
de 2023 y los escritos radicados con No. E2023000100165398000402 del 09 de octubre de 2023 y No. E2023000100165398000425 del 20 de octubre de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de "máquinas diseñado para . procesar rosas con el fin de preservarlas en apariencia y textura fresca, a través de una. serie de reacciones químicas y termodinámicas de forma sistemática. El proceso inicia con rosas que previamente cortadas son incorpofadas en plataformas de soporte que posteriormente serán ensambladas sobre un eje central. Después, se lleva a cabo el proceso de deshidratación: el dispositivo de plataformas es trasladado a un tanque - donde se sumerge hasta que queda completamente cubierto en una solución de etanol no inferior al. 80% por 90 minutos a temperatura ambiente. -. l Una vez las rosas son deshidratadas, continua un y proceso de infiltración. e) polimerización, : «colocando el dispositivo de plataformas dentro de los reactores junto con los colorantes, | polietilenglicol 400 y la solución utilizada en el proceso de deshidratación. El reactor se presuriza y se calienta a una temperatura ene tre los 80” Cy 100% por medio de una caldera.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 de 06 DIC. 2023 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Posteriormente, las rosas se trasladan en las plataformas de soporte a un cuarto de secado
donde la humedad es extraída a través de unas turbinas que ejercen presión negativa. El interesado lista los siguientes equipos que conforman la línea:
1. Ochenta y cuatro (84) plataformas de soporte circular que brindan soporte a las rosaspara facilitar su traslado entre etapas. :
2. Dos (2) tanquesde deshidratación con capacidad de 1860 L
3. Dos (2) reactores: 1 cilíndrico con capacidad de 800 L y 1 cuadrado con capacidad : de 1000L donde se realiza el proceso de infiltración del colorante y polímero de lasrosas.
4. Y (1) caldera que suple la energía para el funcionamiento de los reactores. |
5. Un (1) compresor que mantiene la presión de funcionamiento de la torre de CACIÓN de alcohol.
6. Una (1) torre de purificación de alcoholes con capacidad de recuperación de 50 a70
L/n de alcohol que destila el alcohol (etanol) utilizado en el proceso de infiltraciónpara reutilizario.
7. Tres (3) cuartos de secado donde se lleva a cabo el proceso de secado de las rosas. - 8. Quince (15) isotanques de almacenamiento para soluciones y colorantes utilizados - enelproceso.
9. Tres (3) bombas de vacío (turbina) de 1 HP y 3520 RPM que generan presión negativa (succión) en los cuartos de secado para su deshumidificación. -10.Ciento diecinueve (119) canaletas de infiltración donde se llevan a cabo los procesos de deshidratación e infiltración de las flores diferentes a las rosas. .... 11.Un (1) estante o torre de secado donde se lleva a cabo el proceso de secado de las .
flores diferentes a las rosas. 12.Un (1) tanque de almacenamiento en acero con capacidad de 500 L. donde se . deposita el etanol recuperado. 13.Un (1) liofilizador para simular procesos de deshidratación a escala o a “nivel de prueba. 14.Un (1) espectrofotómetro que comprueba que la flor ha adquirido el color deseado. - 15.Dos (2) reactores de laboratorio con capacidad de 6 muestras para simular los - procesos de infiltración a escala o a nivel de prueba. Ahora bien, respecto a las ciento diecinueve (119) canaletas de infiltración, que según lo informado por el usuario, corresponden a espacios metálicos donde se colocan flores - - (diferentes a rosas) de forma manual con solución de glicerina, etanol, agua y colorante y al estante de secado, que corresponde a un espacio metálico que sirve de soporte para - colgar flores colocadas manualmente para secado a temperatura ambiente, este despacho determina que ho corresponden a máquinas que estén involucradas en el procesamiento - de las rosas para su conservación. Respecto al liofilizador destinado a simular los procesos de deshidratación a escala oa . nivel de prueba, el espectrofotómetro y los dos (2) reactores que simulan los procesos deinfiltración a escala o a nivel de prueba, este despacho determina que tampoco hacen parte - de la combinación de máquinas que realiza conjuntamente la función de procesar rosas para preservarlas, toda vez - que estos aparatos Solo se utilizan para simular procesos a |
- nivel de prueba.
Por lo anterior, este despacho determina que los equipos listados en los numerales 10 al 15 no hacen parte de la combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para - procesar rosas con el fin de preservarlas, y en consecuencia no se incluyen dentro de launidad funcional. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 de 06 DIC. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Con base en lo anterior, este despacho determina que los equipos listados en los numerales -1 al 9 corresponden a un conjunto de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para procesar rosas con el fin de preservarlas, y que arancelariamente corresponde a aparatos para el tratamiento de rosas mediante operaciones que implican un cambiode temperatura, que conforme a lo dispuesto en la Notal 4 de la Sección XVI y en la Regla General interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida 84.19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas. - En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación: Arancelaria (A) de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la: subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas, salvo las excepciones indicadas en las “consideraciones, como una máquina para el tratamiento de rosas mediante operaciones .
que implican un cambiode temperatura,de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de ' la Sección XV! y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora SANDRA MILENA LOPEZ FORERO identificada con cédula deciudadanía No. 52.386.453, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ADUANAMIENTOS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES S.A.S NIVEL. 2 con NIT 830.032.263-9, -a las - - dirección electrónica informada en la solicitud: sialogisticaMyahoo.com y a la dirección electrónica informadaen el RUT: -gerente.administrativoQadimpex.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo : 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137-del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo e de la Resolución 039 de 2021. De no serr posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal: CL 25D 97-57 BRR FONTIBON en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante-aviso en el sifió web de la Dirección de Impuestos : y Aduanas Nacionales de conformidad « con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Ñ Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO; Anformar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de” apelación: ante la: Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá -
- interponerse dentro delos diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 110 de la Resolución 039 del 2021 y los artículos 74: y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de : la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600544 de 06 DIC. 2023 Hoja No. 6 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección . Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta ñ irma electrónica tiene plena. validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
- CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera : Proyecto: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ Square ApRitadoI Nsi Coo br od mi bn a Mc nai nó tn e ald e DoÑ : o ag o 3 JOE e Ba ceriica que el Acto Acminiatvo fue o Ed RAR As e lo. ;